Ecuador considera Paraísos Fiscales a varios países de la UE y estados de USA

noviembre 2, 2012 · Imprimir este artículo

Ecuador considera Paraísos Fiscales a varios países de la UE y estados de USA

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ecuatoriano, en una reciente circular enviada el 3o de julio pasado, recuerda a los contribuyentes que se considerará territorio de baja tributación a cualquier país que cuente con un tipo impositivo inferior al 60% del vigente en el Ecuador. Para erradicar cualquier duda al respecto, se mencionan diferentes países europeos que tendrían la consideración de paraísos fiscales según este criterio, incluso cuando no se encuentran explícitamente incluidos en las listas existentes.

La circular menciona a Bulgaria (10% de impuesto de sociedades), Macedonia (10%), Montenegro (9%) y Serbia (10%).  Se incluye además Estonia que si bien tiene un impuesto del 21%, este es sólo aplicable sobre beneficios distribuidos, por lo que el SRI considera que también debe considerarse como un territorio de baja tributación.

Por otro lado, el fisco ecuatoriano también considerará paraísos fiscales a los Estados norteamericanos de Delaware, Wyoming, Nevada y Florida, pero sólo en el caso de rentas obtenidas a través de una LLC, cuando esta tributa en régimen de transparencia fiscal. Es decir, que los impuestos no se pagan a nivel corporativo, sino por sus miembros o propietarios.

La consideración como paraíso fiscal tiene diversas consecuencias, como por ejemplo la imposibilidad de obtener contratos del Gobierno o la dificultad por parte de las empresas ecuatorianas para el descuento de facturas recibidas de dichos territorios.

Si bien la medida del Gobierno Ecuatoriano puede tener en principio un fin justificado que es evitar la evasión fiscal, consideramos que claramente excede este objetivo y atenta contra la libre competencia en materia de impuestos.  La consideración de muchos países europeos como paraísos fiscales solamente por disponer de un sistema fiscal más competitivo, no está ni mucho menos justificado, ya que todos los territorios mencionados colaboran activamente en el intercambio de información fiscal (siempre que existan acuerdos en esta materia) y mantienen registros públicos sobre accionistas y directores. Tampoco cuentan con ningún régimen discriminatorio offshore o especial para no residentes, que provea amparo a la ocultación o al fraude, ni está permitido el uso de estructuras fiduciarias. Estos países no tienen por tanto absolutamente nada que ver con los paraísos fiscales clásicos, donde existen leyes especiales y toda suerte de mecanismos que posibilitan la ocultación de rentas. En el de los países europeos mencionados, se trata simplemente de estados que fomentan la inversión a través de tipos impositivos atractivos y que en parte han organizado su recaudación por otras vías de financiación, como por ejemplo el impuesto sobre el valor añadido (IVA).

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En un mundo globalizado, donde con toda naturalidad aceptamos como algo inevitable la libre competencia industrial y económica, seria paradójico tratar de impedir que exista también una cierta competencia fiscal. Esta además puede ser positiva al obligar a los estados a ser más eficientes en la gestión de sus recursos, siempre y cuando, se jueguen con unas reglas comunes, que impidan la ocultación.  Curiosamente el asunto de jugar con las mismas reglas no parece estar tan claro en otros sectores de la economía, donde difieren mucho las condiciones que los diferentes países aplican en cuanto a derechos humanos o laborales. Parece que la competencia, por injusta que pueda ser, es aceptada en todos los sectores, menos en el fiscal.

Es de destacar que otros países tienen cláusulas parecidas en sus legislaciones, pero generalmente limitan la aplicación de las mismas a los casos en los que no se pueda demostrar un establecimiento verdadero establecimiento permanente en el país de registro, algo que por otra parte parece mucho más razonable que considerar paraíso fiscal a cualquier país que tenga una fiscalidad más ventajosa.

Fuente: Paraísos Fiscales Info, agosto 2012.

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