Fallo contra el Cepo cambiario

septiembre 16, 2015 · Imprimir este artículo

Córdoba: un juez federal ordena pagar en euros una pensión a un menor

Un fallo en Córdoba rechaza la aplicación de las restricciones cambiarias en este caso; ordena al Banco Central arbitrar los medios para que el cobro sea en euros y no en pesos.

Por Gabriela Origlia.

CÓRDOBA – El juez Federal 2 de esta ciudad, Alejandro Sánchez Freytes, admitió un amparo contra el Banco Central a favor de una viuda que reclama que su hijo menor de edad pueda cobrar en euros una pensión concedida por el Estado alemán.

El Juez calificó de «inaplicables» en este caso las restricciones impuestas por de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Central para la compra de moneda extranjera. A su entender, la familia debe cobrar directamente en euros la pensión. El fallo establece que el Central debe «procurar los medios necesarios» para que sea así.

cepo cambiarioLa mujer que pidió el amparo contó que el papá de su hijo era ciudadano alemán; falleció en junio de 2007 y, después de una serie de gestiones, Alemania le concedió una pensión con carácter retroactivo que se liquidará mensualmente, siempre en euros, hasta que sea mayor de edad.

El 31 de julio de 2013 el Gobierno alemán libró dos cheques que llegaron a su poder, ambos en dólares y donde se consigna expresamente el detalle y el nombre de su hijo. Son a la orden, con su nombre, porque el chico es menor de edad. Suman U$45.792 (retroactivo) y U$S 89,52 (haber mensual).

«la tasa de cambio oficial restringe de modo arbitrario los derechos del beneficiario»

Reclama poder cobrar en euros porque, además de que el trámite es «engorroso», se le liquidan a la tasa de cambio oficial, lo que «lesiona, altera y restringe de modo arbitrario, ilegal e ilegítimo» los derechos del beneficiario.

Para el abogado del Central, la mujer incurría en un error porque lo que «siempre» percibieron los pensionistas de países europeos no son euros que le eran girados desde origen, sino pesos, sólo que la legislación vigente -hasta antes de las restricciones cambiarias- les permitía comprar el equivalente en moneda extranjera en un mercado único de cambios.

Así, a su entender, sólo se modificó la normativa que permitía cambiar los pesos por euros. El juez Sánchez Freytes rechazó esa defensa y se basó en normas del BCRA y en un fallo de Cámara en un caso similar de un italiano. Afirmó que los pensionados extranjeros constituyen un caso especial y aceptó el amparo.

Fuente: lanacion.com.ar, 16/09/15.

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