Argentina: Proyecto de reforma de la Ley de Seguros
noviembre 16, 2011 · Imprimir este artículo
Los Diputados avanzan en la reforma de la Ley de Seguros
Proponen la modificación de varios artículos para eliminar “normas injustas y autoritarias”
La Comisión de Economía y Desarrollo Regional de la Cámara baja consideró favorablemente el proyecto de la diputada kirchnerista Nancy González, quien propone eliminar normas injustas y autoritarias. El proyecto de ley presentado en julio por esta diputada obtuvo dictamen favorable por unanimidad en la Comisión de Economía y Desarrollo Regional de la Cámara baja.
En concreto, y entre varios cambios, se propone modificar el artículo primero de la ley, agregando la pauta general de interpretación a favor del consumidor en caso de duda aplicable a todo el contrato de seguro, tal y como informa el diario ‘on-line’ Parlamentario.
La modificación del artículo quinto, por su parte, incorpora el deber de información que el asegurador tiene frente al asegurado, dado que con la redacción vigente el asegurado debe adivinar o suponer qué datos necesita el primero para valorar el riesgo, y en caso de omitir algún dato sufre nada menos que la sanción de la nulidad del contrato.
Por otra parte, el artículo once propuesto agrega el plazo de cinco días para que el asegurador entregue el texto firmado de la póliza al tomador. La redacción actual no prevé un plazo y en la práctica las aseguradoras se toman entre 30 y 60 días para concretar esta entrega, quedando el asegurado, durante ese período, ignorante del detalle de las cláusulas del contrato.
«Inconstitucionalidad alarmante”
Según señala la diputada, «actualmente el asegurado pierde el derecho a ser indemnizado cuando el asegurado incumple el plazo de aviso de siniestro a la aseguradora. La inconstitucionalidad es alarmante. La sanción al no-aviso por parte del asegurado no puede ser de ninguna manera la pérdida del derecho a ser indemnizado».
González agrega que «además se propone que la tardanza en la denuncia nunca será oponible a terceros damnificados, quienes serán indemnizados si correspondiere».
Se propone también reducir a 10 días, el plazo que el artículo 49 contempla para el pago de la indemnización al asegurado. El mencionado plazo es hoy de 15 días, lo que atenta contra el equilibrio contractual ya que el consumidor tiene el deber de pagar la prima exactamente el día de su vencimiento para no quedar sin cobertura.
Por último, el artículo 58 se refiere a la prescripción de las acciones fundadas en el contrato de seguro. Actualmente, se establece el plazo de un año, pero teniendo en cuenta lo dispuesto en la ley de defensa del consumidor. «Esto debe ser modificado, estableciéndose el plazo de tres años para el inicio de acciones por parte del asegurado y sí mantener el de un año para la compañía aseguradora», establece.
Se espera que el proyecto sea tratado por la Comisión de Legislación General a principios del próximo año, con lo que estaría en condiciones de llegar al recinto.
Fuente: BDS AL / FIDES, 16/11/11.
Esperemos que la reforma sea para mejorar y no terminen empeorando aún más la ley vigente.
Las leyes de Seguros en Argentina tienen en algunos casos contenidos aberrantes e inconstitucionales, como la prohibición de asegurar la vida de los menores de 14 años o las limitaciones a asegurarse en el exterior (lo cual genera un mercado cautivo que perjudica a los asegurados y hace prácticamente inútil al seguro de vida en Argentina -los contratos de largo plazo dificilmente se cumplan, con un Estado que a la larga estafa a sus propios ciudadanos-).
Cuándo terminaremos con tanta hipocresía y derogaremos la ilegítima Ley 12.988, que todos saben que no se cumple y todos saben que es inconstitucional.
Alfonso Victoria