La ANSeS debe reintegrar aportes voluntarios a un jubilado

diciembre 30, 2014 · Imprimir este artículo

Ordenan a la ANSeS que devuelva aportes voluntarios a un jubilado

Acordada de la Corte Suprema. Es porque la ANSeS le impidió acceder a esos fondos tras la estatización de la AFJP. Ahora, el organismo oficial debe restituirle el dinero. Hay cien jubilados más que hicieron el reclamo y podrían beneficiarse con el fallo.

Jubilados. El titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti, durante un encuentro del tribunal, que ayer benefició a un jubilado que había demandado a la ANSeS.

Jubilados. El titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti, durante un encuentro del tribunal, que ayer benefició a un jubilado que había demandado a la ANSeS.

Con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, la Corte ordenó a la ANSeS que le devuelva a una persona jubilada en 2007 los aportes voluntarios que había efectuado a la AFJP a la cual se encontraba afiliado. El caso, presentado por Mario Villareal, es uno de los cerca de cien planteos similares que están a estudio del máximo tribunal.

En la resolución, los jueces afirmaron que la ley 26425 y la resolución 290/09 de ANSeS daban al aportante la posibilidad de elegir entre transferir esos fondos a la ANSeS para mejorar su jubilación, o enviarlos a una Administradora de Fondos y Aportes Voluntarios y Depósitos Convenidos (AFAVyDC) para que se encargue de administrarlos. Sin embargo, ANSeS no habilitó esta opción porque nunca publicó el listado de las administradoras autorizadas y tampoco mejoró el monto de la jubilación del actor al considerar sus aportes voluntarios.

Ante este incumplimiento, el jubilado se vio impedido de acceder a los fondos que había aportado voluntariamente, que excedían el aporte obligatorio.

La Corte Suprema subrayó que este incumplimiento lleva más de 6 años, desde la promulgación de la ley en el 2008, lo cual constituye un tiempo irrazonable. Ante eata violación continuada del derecho de propiedad del jubilado, el Tribunal resolvió que correspondía la devolución de los fondos oportunamente depositados como única manera de enmendar la situación de omisión normativa por parte de Anses.

Lectura recomendada:  La Estafa a los Jubilados Argentinos

La jueza Elena Highton de Nolasco firmó en disidencia y remitió parcialmente al dictamen de la Procuradora General de la Nación, que sostiene que el régimen de la ley 26.425 no vulneró el derecho de propiedad del jubilado. Entiende que los aportes voluntarios no eran depósitos sobre los que recayera un derecho, sino que sólo generaban una expectativa a una mejora en su haber previsional.

Fuente: La Nación, 30/12/14.

.

Comentarios

Algo para decir?

Usted debe estar logueado para escribir un comentario.