México: Nuevas normas Anti-Lavado en los Seguros

mayo 28, 2012 · Imprimir este artículo

Las aseguradoras mexicanas tendrán que cumplir nuevas normas de prevención sobre el blanqueo de capitales

 

Las aseguradoras tendrán que cumplir nuevas normas de prevención sobre el lavado de dinero En principio, según recoge ‘El Universal’, los agentes tendrán la obligación de observar las políticas de identificación del cliente que determinen las compañías. Estas medidas permitirán atender una recomendación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que sugieren que los agentes de seguros asuman esta obligación vía contractual. Asimismo, las compañías también deberán integrar un expediente de identificación de los datos y documentos de los clientes, que se agruparán dentro de los grupos asegurados, beneficiarios, proveedores de recursos y propietarios reales. También se deberá identificar a los apoderados.

Por su parte, la Secretaría de Hacienda puntualizó que las normas buscan tener una regulación actualizada y que estén acorde a un mejor control y transparencia financiera, además de que se logre estandarizar con la experiencia internacional. Como parte de los ajustes, se establecerá un registro de clientes que realicen operaciones en efectivo para identificarlos, así como contar con mayores elementos para emitir los reportes que correspondan.

La AMIS aplaude la medida pero recuerda que “supondrá costos de cumplimientos”

Sobre esta disposición, la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) dijo estaba de acuerdo con las medidas, ya que por primera vez estas normas establecen una diferenciación con el régimen homologado que se observa en el sistema financiero y se atienden las particularidades del sector.

Sin embargo, la adopción de las reglas también implica un cambio en todos los mecanismos y procesos de las instituciones, que si bien posibilita mejores prácticas, también implica costos de cumplimiento. Además, se deben incluir nuevos campos y figuras de identificación en todos los procesos, lo que impactarán en las áreas de ventas, emisión, siniestros, auditoría, recursos humanos y prevención de lavado.

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También se tendrán que hacer cambios a los sistemas operativos con los que se genera el envío de reportes a la autoridad, así como a los sistemas de monitoreo de operaciones de bajo riesgo para detectar en qué casos se rebasan los límites. Por último, otra de las medidas destaca que se deberá hacer un análisis inicial y semestral de perfiles de clientes, así como la instrumentación de nuevos esquemas de capacitación.

Las nuevas reglas entrarán en vigor 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Fuente: BDS/AL, 28/05/12.

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