La gestión K y el período de sospecha

diciembre 8, 2015 · Imprimir este artículo

La gestión kirchnerista y el período de sospecha

Actos administrativos tan escandalosos como injustificados, o que responden a una causa írrita, deberían ser considerados inválidos.


írrito, írrita: (Del lat. irrĭtus, no válido). adj. Der. p. us. Inválido, nulo, sin fuerza ni obligación.


El fin del ciclo kirchnerista ha dado cuenta de un gran número de actos administrativos tan irresponsables como irregulares y escandalosos, propios de gobernantes que manejan los recursos públicos como si fuesen de su propiedad. Se trata de acciones gubernamentales que no sólo merecen la condena ciudadana, sino que también deberían ser declaradas inválidas.

CFK ladrona 01Todos los comerciantes, contadores, abogados y banqueros, sin ir más lejos, saben que ante la inminencia de un concurso o quiebra, a partir del momento llamado de «cesación de pagos» en que se dejan de cumplir obligaciones se ingresa retroactivamente en un específico espacio temporal que se conoce como «período de sospecha».

Durante ese período se presume que el deudor puede llegar a haber realizado actos de desapoderamiento de su patrimonio o de agravamiento de su pasivo. Esto puede ser a título gratuito, oneroso o fraudulento, pero lo que deben tener en común esos actos es que se disminuyan los activos, y por lo tanto se incremente el pasivo en perjuicio de la masa de acreedores.

Las leyes prevén esa actitud potencial de deudores irresponsables. Establecen en virtud de ello presunciones que conducen a la nulidad de esos actos, haciéndolos inoponibles a los acreedores legítimos.

Nuestro sistema legal no contempla específicamente, aunque podría considerarse genéricamente comprendida, la conducta administrativa que despliega el Estado Nacional a través del gobierno saliente. Lo hace a pocos días de transmitir el mando a su reemplazante en el caso, ocasional vencedor de la contienda electoral, cuando firma compromisos de pago a futuro, se obliga de distintas formas, ejecuta partidas con destinos inciertos, aumenta salarios y gastos en forma excesiva y claramente extemporánea, designa miles de empleados y funcionarios en todos los niveles, y aumenta de tal modo el ya incontrolable gasto público que él mismo generó.

Lo peor, tanto como grave responsabilidad moral y también de otros órdenes, es que haga eso a sabiendas de que no será su administración, sino el gobierno siguiente, el que tendrá que hacer frente a esos compromisos de última hora.

Tal tipo de maniobras, rayanas en una conducta dolosa que eventualmente la Justicia deberá calificar, no está dirigido a administrar un erario que se abandona en días, sino a agravar el estado de las finanzas públicas que se entregan y a perjudicar políticamente al ocasional sucesor en la nueva administración. Se trata de comportamientos que merecen el mayor de nuestros rechazos.

Un acto administrativo que carece de causa o que tiene una causa írrita no merece el nombre de tal y debería considerarse inválido. Y si bien el principal perjudicado es el contribuyente, sostén material de Estado por vía de las cargas impositivas, no parece que el beneficiario del nombramiento, del aumento o del supuesto gasto o prebenda pueda sentirse legítimamente perjudicado por lo que obviamente no pudo ignorar que era un acto abusivo y contrario al interés general de un gobierno que lo arrasa todo en su despedida incivilizada.

Ejecutar de forma injustificada lo que no se hizo en tiempo apropiado, generar una deuda que no será atendida por la propia administración, ampararse con cinismo en el principio de la continuidad jurídica del Estado, vender desde el Banco Central dólares a futuro a una cotización muy inferior a la que espera el mercado, y tantos otros pesados gravámenes alegremente trasladados al gobierno que asumirá en las próximas horas no merecen el nombre de actos válidos. Deberían estar alcanzados por sanciones similares a las previstas en el derecho privado para el llamado «período de sospecha» respecto de los actos realizados con posterioridad al estado de cesación de pagos.

Hasta el vano intento de días atrás, que por fortuna no encontró buen eco en el Senado, de postular dos candidatos para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha formado parte de este conjunto de decisiones de última hora del gobierno que se apresta a dejar el poder. No entraremos a analizar los nombres de esos candidatos, incluso por respeto a ellos mismos, pero nadie puede ignorar que el principio de legitimidad de los actos de gobierno se sostiene, por un lado, del brazo de la legalidad. Desde luego que esto se cumplió en ése como en otros casos, como que corresponde al Poder Ejecutivo proponer al Senado candidatos al alto tribunal. ¿Pero qué coherencia tuvo esa propuesta con el otro sustento básico de la legitimidad que es el de la razonabilidad que debe presidir los actos de la administración, como ha exigido la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su doctrina firme y reiterada y con el que se completa el círculo virtuoso de un Estado de Derecho?

Irrazonable desde todo punto de vista, ése ha sido el eje de este final de época política que esperemos quede clausurada para siempre. Sólo así el país entrará de una vez por todas en los carriles de la Constitución en su letra y espíritu a través, antes que nada, del ejemplo de los propios gobernantes.

Fuente: La Nación, 08/12/15. Editorial.


 

Ver: Cosa juzgada írrita

cfk-con-pala-de-dolares-marcha-18-a-2013

 

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