Ecuador: La guerra contra el efectivo

diciembre 5, 2017

La guerra contra el efectivo

Gabriela Calderón de Burgos analiza la «Ley de Reactivación Económica» en Ecuador que penalizaría vía impuestos a quienes realicen retiros en efectivo por encima de $4.000 en un mes.

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De manera acertada se eliminó una de las peores provisiones contenidas en el proyecto original de la mal llamada «Ley de Reactivación Económica”: la creación de un impuesto para quienes realicen retiros en efectivo por encima de $ 4.000 en un mes. Los partidarios de esta propuesta nos dicen que esto ayudaría, entre otros objetivos, a combatir la corrupción y a bancarizar a los más pobres.

Hace un par de semanas en la Conferencia Monetaria Anual del Instituto CatoLawrence White –académico de dicho instituto y profesor de Economía de George Mason University– realizó una presentación acerca de lo que él denomina “La guerra contra el efectivo (cash)”, que es importante para entender por qué no convienen algunas propuestas destinadas a castigar o desalentar el uso de efectivo.

White dice que “el razonamiento económico estándar nos dice que mejorar las vidas de las personas significa agregar opciones atractivas, no remover lo que la gente actualmente considera como sus opciones más ventajosas. Quitarles a las personas sus mejores opciones (incluyendo las opciones de medio de pago) rara vez es una forma de enriquecerlas o mejorar su situación desde su perspectiva”.

El economista alemán Norbert Haring dice que la Better Than Cash Alliance y otros organismos que promueven políticas coercitivas para supuestamente lograr la “inclusión financiera” de hecho acaban “respaldando la exclusión financiera de los pobres al prevenir que utilicen su método preferido y muchas veces único de pago”. Esto sucedió hace un año en la India, donde se retiraron repentinamente de circulación dos billetes que constituían el 86% del stock de billetes en circulación. Esto derivó en grandes problemas para la mitad de los indios que no están bancarizados y suelen recibir su sueldo en efectivo y los agricultores no fueron capaces de vender sus productos. “Una política aparentemente diseñada con la intención de infligir pérdidas sobre los evasores de impuestos y criminales impuso un severo daño colateral a usuarios honestos de la moneda”, explicó White.

Desde hace algunos años, el Banco Central del Ecuador emprendió una costosa campaña para alentarnos a utilizar el dinero electrónico. Los argumentos varían según la coyuntura del momento, pero generalmente las autoridades del Gobierno anterior y de este se refieren de forma negativa a la prevalencia del uso del efectivo en una economía. Pero ¿realmente es eso algo negativo?

El problema con esta guerra, indica White, es que al igual que con otras guerras, como aquella contra las drogas, se socavan libertades civiles tradicionales –en este caso la privacidad financiera– y se criminalizan, espían y procesan actividades privadas sin víctimas.

White señala que esta guerra se fundamenta en una culpabilidad por asociación: los criminales usan efectivo para mantenerse fuera del radar, entonces cualquiera que usa efectivo podría ser un criminal. Aunque es cierto que los criminales se valen de transacciones en efectivo para delinquir, también es cierto que muchos ciudadanos respetuosos de la ley lo utilizan para actividades perfectamente legales.

La prosperidad y el progreso se trata acerca de ampliar las opciones, no de limitarlas. Nada impide que los medios de pagos virtuales coexistan con el efectivo. Si los usuarios encuentran que los primeros les resultan más convenientes, estos crecerán sin necesidad de una intervención estatal.

—Este artículo fue originalmente publicado en El Universo (Ecuador) el 1 de diciembre de 2017.

—Gabriela Calderón de Burgos es editora de ElCato.org, investigadora del Cato Institute y columnista de El Universo (Ecuador).

Fuente: elcato.org, 01/12/17.

¡ATENCIÓN! – Nota de EconomiaPersonal:

El uso coercitivo de una moneda digital implica el enorme riesgo de que el Estado transforme el sistema tributario en violatorio de los derechos individuales, al exigir al contribuyente que le proporcione información privadísima para fiscalizarlo.

Más información:

La India sufre por las restricciones al uso de efectivo

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Ecuador considera Paraísos Fiscales a varios países de la UE y estados de USA

noviembre 2, 2012

Ecuador considera Paraísos Fiscales a varios países de la UE y estados de USA

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ecuatoriano, en una reciente circular enviada el 3o de julio pasado, recuerda a los contribuyentes que se considerará territorio de baja tributación a cualquier país que cuente con un tipo impositivo inferior al 60% del vigente en el Ecuador. Para erradicar cualquier duda al respecto, se mencionan diferentes países europeos que tendrían la consideración de paraísos fiscales según este criterio, incluso cuando no se encuentran explícitamente incluidos en las listas existentes.

La circular menciona a Bulgaria (10% de impuesto de sociedades), Macedonia (10%), Montenegro (9%) y Serbia (10%).  Se incluye además Estonia que si bien tiene un impuesto del 21%, este es sólo aplicable sobre beneficios distribuidos, por lo que el SRI considera que también debe considerarse como un territorio de baja tributación.

Por otro lado, el fisco ecuatoriano también considerará paraísos fiscales a los Estados norteamericanos de Delaware, Wyoming, Nevada y Florida, pero sólo en el caso de rentas obtenidas a través de una LLC, cuando esta tributa en régimen de transparencia fiscal. Es decir, que los impuestos no se pagan a nivel corporativo, sino por sus miembros o propietarios.

La consideración como paraíso fiscal tiene diversas consecuencias, como por ejemplo la imposibilidad de obtener contratos del Gobierno o la dificultad por parte de las empresas ecuatorianas para el descuento de facturas recibidas de dichos territorios.

Si bien la medida del Gobierno Ecuatoriano puede tener en principio un fin justificado que es evitar la evasión fiscal, consideramos que claramente excede este objetivo y atenta contra la libre competencia en materia de impuestos.  La consideración de muchos países europeos como paraísos fiscales solamente por disponer de un sistema fiscal más competitivo, no está ni mucho menos justificado, ya que todos los territorios mencionados colaboran activamente en el intercambio de información fiscal (siempre que existan acuerdos en esta materia) y mantienen registros públicos sobre accionistas y directores. Tampoco cuentan con ningún régimen discriminatorio offshore o especial para no residentes, que provea amparo a la ocultación o al fraude, ni está permitido el uso de estructuras fiduciarias. Estos países no tienen por tanto absolutamente nada que ver con los paraísos fiscales clásicos, donde existen leyes especiales y toda suerte de mecanismos que posibilitan la ocultación de rentas. En el de los países europeos mencionados, se trata simplemente de estados que fomentan la inversión a través de tipos impositivos atractivos y que en parte han organizado su recaudación por otras vías de financiación, como por ejemplo el impuesto sobre el valor añadido (IVA).

En un mundo globalizado, donde con toda naturalidad aceptamos como algo inevitable la libre competencia industrial y económica, seria paradójico tratar de impedir que exista también una cierta competencia fiscal. Esta además puede ser positiva al obligar a los estados a ser más eficientes en la gestión de sus recursos, siempre y cuando, se jueguen con unas reglas comunes, que impidan la ocultación.  Curiosamente el asunto de jugar con las mismas reglas no parece estar tan claro en otros sectores de la economía, donde difieren mucho las condiciones que los diferentes países aplican en cuanto a derechos humanos o laborales. Parece que la competencia, por injusta que pueda ser, es aceptada en todos los sectores, menos en el fiscal.

Es de destacar que otros países tienen cláusulas parecidas en sus legislaciones, pero generalmente limitan la aplicación de las mismas a los casos en los que no se pueda demostrar un establecimiento verdadero establecimiento permanente en el país de registro, algo que por otra parte parece mucho más razonable que considerar paraíso fiscal a cualquier país que tenga una fiscalidad más ventajosa.

Fuente: Paraísos Fiscales Info, agosto 2012.