Masivo ciberataque a Equifax, la firma dueña de Veraz S.A.
septiembre 12, 2017
Equifax: masivo ciberataque a la firma dueña de Veraz S.A.
Por

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El 07/09/17, Equifax, empresa dedicada al análisis de riesgo crediticio, anunció que fue víctima de un ciberataque masivo, dejando expuestos los datos de 143 millones de usuarios. Desde que se conoció el incidente, las acciones de la compañía se desplomaron y en solo dos días perdieron más de un 20% de su valor.

El ataque ha sido uno de los más graves de la historia en Estados Unidos, afectando potencialmente datos de casi la mitad de la población de este país.
Los hackers han tenido acceso a nombres, direcciones, números de tarjetas de crédito, datos de seguridad social y licencias de manejo, de acuerdo a informaciones de la propia compañía.
Como consecuencia del incidente, se ha habilitado una web especialmente para que los consumidores puedan saber si sus datos fueron objeto del ataque.
Los ciberataques ocurrieron entre mayo y julio pero Equifax decidió hacerlo público recién ahora, circunstancia por la que fue fuertemente criticada. Además, se conoció que varios directivos de la firma -entre ellos su CFO- vendieron acciones que tenían en su poder por un valor de USD 2 millones, luego de que Equifax tomara conocimiento internamente del siniestro.
La firma es dueña en la Argentina de Veraz S.A., por lo que es importante aclarar que de momento, solo habrían sido expuestos datos de usuarios de Estados Unidos, Reino Unido y Canadá, por lo que en principio el incidente no tendría ninguna consecuencia respecto de su filial argentina.
Por lo pronto, lo que parece un hecho es que la ciberseguridad es una problemática que cada vez cobra más importancia, y una industria que promete crecer fuertemente en los próximos años.
Fuente: cartafinanciera.com, 12/09/17.
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Denuncian a Sbatella por sobreprecios en la UIF
diciembre 1, 2016
Denuncian a Sbatella por obras con sobreprecios de 2.600% en la UIF
Corrupción en la era K. Se pagaron 27 millones de pesos para refaccionar cuatro oficinas alquiladas por el organismo para sólo cinco meses de uso.
Por Lucio Fernández Moores.

El ex titular de la UIF José Sbatella, en una audiencia en la que se discutió su continuidad en el organismo, en febrero de 2014.
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La Oficina Anticorrupción (OA) denunció ayer en los tribunales federales de Retiro al ex titular de la Unidad de Información Financiera (UIF) José Sbatella por presunto delito en la contratación de una obra en las oficinas donde funciona el organismo con presuntos sobreprecios de hasta 2.600%.
Así lo informó el organismo conducido por Laura Alonso, a partir de una denuncia interna realizada el mes pasado por las nuevas autoridades que asumieron en reemplazo de Sbatella en la UIF con el cambio de gobierno de diciembre pasado.
La denuncia penal quedó radicada por sorteo en el juzgado a cargo de Daniel Rafecas, uno de los jueces objetados por el Gobierno y bajo la lupa del Consejo de la Magistratura a partir de su actuación en la denuncia que formulara el fiscal Alberto Nisman cuatro días antes de aparecer muerto con un balazo en la cabeza.
La OA, a partir de la información recolectada por las máximas autoridades de la UIF, Mariano Federici y María Eugenia Talerico, pidió investigar a Sbatella por la presunta comisión de los delitos de defraudación por administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública.
De acuerdo con la denuncia, Sbatella contrató a la empresa Bebanato S.A. a través de la licitación 2 de 2014 a cambio de 27 millones de pesos para «la adecuación física, sanitaria, termomecánica, instalación de red eléctrica, red de datos, voz y seguridad» en los pisos 8 y 9 alquilados para el funcionamiento de la UIF.
Las obras -inconclusas, según la denuncia- debían estar terminadas el 6 de mayo de este año pero el contrato de alquiler vencia en setiembre de este mismo año, es decir que se las hizo para sólo cinco meses de uso.
El contrato por el alquiler de cuatro unidades funcionales del edificio ubicado en Cerrito al 200, en pleno centro porteño, era a cambio de 120 mil pesos mensuales y no preveía el reintegro de dinero por las mejoras realizadas con los fondos públicos,
De acuerdo con lo informado por la OA, «los precios contratados fueron injustificadamente superiores a los de mercado, llegándose al 2.671,22% de sobreprecio». En la investigación interna dentro de las órbitas de la UIF y la OA también trabajó la Sindicatura General de la Nación.
La denuncia también alcanza a un convenio realizado en ese marco con la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) para auditar las obras de refacción en el edificio pero ésta «no estimó el costo de las contrataciones pese a haber cobrado por el trabajo», según informó la OA.
De acuerdo con la UIF y la OA, la UNLP «no detalló las horas destinadas al trabajo en su cotización y, pese a ello, percibió honorarios por un supuesto asesoramiento para el cumplimiento de las tareas y en el informe que presentaran, dicho asesoramiento no se incluyó».
Sbatella está procesado en otra causa por abuso de autoridad y violación de secretos y ayer la Cámara Federal penal porteña rechazó un recurso de su defensa y confirmó que debe ir a juicio oral y público (ver aparte).
El ex funcionario también es investigado por el presunto ocultamiento de reportes de operaciones sospechosas bancarias de acusados en la llamada «ruta del dinero K» y además afronta una denuncia por ususrpación del cargo luego del cambio de gobierno.
Fuente: Clarín, 01/12/16.
Notas anteriores:
José Sbatella, ex titular de la UIF, denunciado por proteger a Lázaro Báez
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José Sbatella, ex titular de la UIF, denunciado por proteger a Lázaro Báez
marzo 22, 2016
El fiscal Pollicita denunció al ex titular de la UIF por proteger a Lázaro Báez
Acusa a José Sbatella de demorar la judicialización de Reportes de Operaciones Sospechosas del empresario kirchnerista.

El fiscal federal Gerardo Pollicita presentó hoy una denuncia contra el ex titular de la Unidad de Información Financiera (UIF) José Sbatella por haber demorado la judicialización de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) del empresario Lázaro Báez, según confirmaron fuentes judiciales a LA NACION.
Pollicita advirtió que, como agravante, durante «todo ese período no se habría llevado a cabo ningún tipo de estudio de los mismos», es decir que no sólo los ROS no fueron judicializados, sino que tampoco tuvieron una investigación administrativa en la UIF.
El dictamen rescata, no obstante, la conducta diligente de la Procelac: «En un plazo menor a un mes desde que recibió la documentación proveniente de la UIF, remitió los expedientes al juzgado que intervenía en el asunto, lo que desvirtúa la hipótesis delictiva planteada» contra la fiscalía especializada.
La Cámara Federal deberá ahora designar a un juzgado de instrucción para que entienda en la denuncia.
El paso de Sbatella por la UIF
A lo largo de su gestión al frente de la UIF, Sbatella acumuló denuncias penales por la presunta utilización de la UIF como herramienta de protección política en beneficio de Báez, Amado Boudou y Sergio Schoklender, entre otros. Asumió en 2010 y estuvo a cargo del organismo hasta el 11 de diciembre pasado, tras la asunción de Mauricio Macri.
El ex funcionario renunció a través de una carta en la que agradeció el apoyo de la ex presidenta Cristina Kirchner y criticó con dureza al Gobierno entrante, al que acusó de «desconocer las leyes» que regulan el funcionamiento de la UIF y fijan su mandato por cuatro años, al que había llegado en 2010 y cuyo mandato renovó a principios de 2014. Macri había pedido su renuncia antes de asumir.
Fuente: lanacion.com.ar, 22/03/16.
Denuncian a José Sbatella, titular de la UIF, por encubrir el Lavado de Dinero
mayo 3, 2014
Denuncian que el titular de la UIF encubrió un presunto caso de Lavado.
Por Lucio Fernández Moore.
El titular de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbatella, fue denunciado ante la Justicia por dos diputados y un senador por los presuntos delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento de un presunto caso de lavado de dinero por parte de un hijo de un supuesto narcotraficante colombiano detenido en la Argentina y extraditado a los Estados Unidos.
La denuncia, ingresada el miércoles pasado en los tribunales federales de Comodoro Py, fue realizada por el senador y titular del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical (UCR) Ernesto Sanz, junto con los diputados de UNEN Martín Lousteau y Fernando Sánchez.
El sorteo determinó que intervenga el juzgado a cargo de Julián Ercolini, quien deberá darle curso del asunto a la Fiscalía.
Los legisladores denunciaron que Sbatella encubrió una operación de “blanqueo de capitales” realizada en 2009 por poco más de un millón de dólares por parte de Mauricio Alvarez Sarría, hijo, según denunciaron, del colombiano Ignacio Alvarez Meyendorff, extraditado el año pasado a los Estados Unidos bajo cargos de narcotráfico. Ambos –recordaron los legisladores– también son investigados en la Argentina por presunto narcotráfico por el juez federal Carlos Ferreiro Pella, de Lomas de Zamora.
De acuerdo con los denunciantes, Sbatella habría “cajoneado” la información sobre el “blanqueo” de divisas hecho por Alvarez Sarría durante dos años y recién se la envió a Ferreiro Pella por un pedido puntual del magistrado en 2012. Las primeras informaciones sobre las sospechosas operaciones de su padre se habían originado en 2006 a través de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) emitido por el ex Banco Río. Fue por unos depósitos realizados en menos de dos semanas por casi medio millón de pesos que llamaron la atención de la entidad.
La denuncia del senador Sanz y los diputados Lousteau y Sánchez también incluye la presunta “inactividad” de Sbatella sobre otro supuesto narcotraficante colombiano detenido, Henry de Jesús López Londoño, alias “Mi Sangre”. “La UIF sólo prestó colaboración en el caso casi un año después de la detención de ‘Mi Sangre’”, dijeron los legisladores en su denuncia. La causa contra “Mi Sangre” tramita en el juzgado federal penal 2 porteño, a cargo de Sebastián Ramos.
Además, los legisladores denunciaron supuestos beneficios en la cárcel de Ezeiza a favor de “Mi Sangre”, Alvarez Meyendorff y Roberto Segovia, detenido en la causa por tráfico de efedrina. Según los denunciantes, los presuntos narcotraficantes habrían solventado diversos gastos admitidos por el Servicio Penitenciario Federal (SPF) como costosos “delivery” de comida o televisores instalados en el pabellón VIP.
Otro caso agregado a la denuncia es el del presunto narco Luis Medina, asesinado junto a su novia el 29 de diciembre del año pasado en la zona sur de Rosario. Medina era investigado por su presunta vinculación con el ataque a balazos contra la casa del gobernador santafesino, Antonio Bonfatti, y los denunciantes le achacan a Sbatella no haberlo denunciado pese a sus antecedentes delictivos.
La denuncia también menciona los informes desfavorables hacia la UIF emitidos en por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) entre 2010 y 2014 y en los que se destacan sus “incompletos” informes, sus “severas deficiencias” en los “análisis de los Reportes de Operaciones Sospechosas” y en “la puesta en funcionamiento de una UIF despolitizada”, según consta en la presentación realizada en los tribunales federales de Comodoro Py.
“Una de las críticas fundadas que caracterizan la gestión del licenciado Sbatella al frente de la UIF es que sus escasísimas denuncias penales contienen graves falencias técnicas, por lo que, en su gran mayoría, concluyen en una ‘declaración de incompetencia’ y/o en un irremediable ‘archivo’ de las actuaciones”, añadieron los legisladores en su denuncia.
Fuente: Clarín, 03/05/14.
La UIF y los Productores de Seguros
marzo 7, 2014
Apreciaciones sobre la Resolución 3/2014 de la UIF
Por Daniel Gerardo Perrotta
Recientemente, la UIF emitió la Resolución 3/2014, a través de la cual introduce modificaciones al régimen vigente en materia de prevención de lavado.
1) El plazo de Reporte de las Operaciones Sospechosas (ROS)
En primer lugar, en su artículo 1°, la UIF modifica los plazos definidos para realizar el reporte de operación sospechosa, estableciendo que “… sin perjuicio del plazo máximo de 150 días corridos para reportar hechos u operaciones sospechosos de lavado de activos, previsto en el artículo 21 bis de la Ley 25.246 y modificatorias, los Sujetos Obligados deberán reportar a esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA todo hecho u operación sospechosos de lavado de activos dentro de los TREINTA (30) días corridos, contados desde que los hubieren calificado como tales”.
Asimismo, y en un reciente comunicado, la UIF aclara que “A partir de ahora, los sujetos obligados tendrán, a partir de la calificación de una operación como sospechosa, un plazo de 30 días corridos para emitir el ROS, teniendo como plazo máximo establecido para la realización del reporte 150 días”.
Esto implica que a partir del momento en el cual el Oficial de Cumplimiento, defina una operación como “sospechosa”, cuenta con un plazo perentorio de 30 días para remitir el reporte, considerando siempre el plazo máximo de 150 días.
Por ejemplo, si una operación es calificada por el Oficial luego de transcurridos 30 días desde su realización, el día 60 se cumple el plazo perentorio para su reporte a la UIF.
Podemos colegir entonces, que a partir de esta Resolución, la UIF impone una doble restricción. Una de carácter general, el ROS debe ser reportado siempre dentro de los 150 días de realizada la operación, pero como máximo a los 30 días de haber sido calificada como sospechosa.
2) Operaciones con otros sujetos obligados
Mediante la Resolución de marras, la UIF establece que “Al operar con otros Sujetos Obligados -de conformidad con las resoluciones emitidas por esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA para cada uno de ellos, mediante las cuales se reglamentan las obligaciones de las personas físicas y jurídicas enumerados en el artículo 20 de la Ley N°25.246 y sus modificatorias-, deberán solicitarles una declaración jurada sobre el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, junto con la correspondiente constancia de inscripción ante esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA. En el caso que no se acrediten tales extremos deberán aplicarse medidas de debida diligencia reforzadas”.
Esta obligación sólo es aplicable a los siguientes Sujetos Obligados: Bancos y Casas de Cambio, Cooperativas y Mutuales, Agentes y Sociedades de Bolsa, Transportadoras de caudales, Fideicomisos, Registros de Embarcaciones, de Aeronaves, Automotor y de Propiedad Inmueble, Compra-venta de Automóviles, Yates y Aviones, Inmobiliarias y Escribanos.
No se encuentra incluidos en el alcance de esta exigencia, entre otros, el Sector Asegurador. Atento a no hallar ninguna explicación lógica a esta circunstancia, entendemos que puede tratarse de una omisión involuntaria por parte de la autoridad de contralor. No obstante esto, y de acuerdo a la Resolución de marras, el alcance de las exigencias se restringe a los mencionados Sujetos Obligados.
La entrada en vigencia es el 1º de febrero del corriente año. Es importante considerar esta fecha, atento a la obligación de mantener actualizados los legajos de los Clientes.
3) Nuevo régimen informativo
Por último y consecuentemente con lo indicado en el punto anterior, la UIF impone un nuevo régimen informativo, cuyo alcance se limita a aquellos Sujetos Obligados mencionados en el punto 2 del presente informe, es decir a aquellos que deban requerir la información de Registro y DDJJ.
Este nuevo régimen denominado “Reporte de Registración y Cumplimiento por parte de los Sujetos Obligados”, establece la obligación de informar a la UIF, aquellos sujetos que no den cumplimiento a las solicitudes exigidas es decir Registro y DD.JJ.
Este régimen entra en vigencia a partir del mes de marzo, siendo el primer vencimiento el día 15 de abril de 2014.
Fuente: El Seguro en acción, 06/03/14.
Válido para Argentina.
Argentina: Nepotismo en la UIF
septiembre 1, 2012
Echan a expertos antilavado y asumen militantes y familiares
Por Hugo Alconada Mon
De a uno o de a dos por vez, el presidente de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbattella, desplazó a los técnicos especializados en investigaciones antilavado. Sólo queda un puñado testimonial. Y al resto lo reemplazó con militantes y familiares sin experiencia alguna, según reconstruyó La Nacion sobre la base de testimonios de cuatro fuentes al tanto de lo ocurrido, documentos públicos y privados, y un relevamiento del Boletín Oficial.
La politización de la UIF, que se agudizó desde el arribo de Sbattella, en marzo de 2010, incluyó casos singulares, como el nombramiento de un militante al que debieron pedirle la renuncia tras aparecer por televisión en los disturbios causados por los barrabravas de River cuando el club quedó a un paso de descender, en junio de 2011. Sin embargo, lo reincorporaron cuando se diluyó el riesgo de un escándalo público.
«Hay una dinámica permanente de politizar el discurso, las acciones y al personal de la UIF», lamentó una de las fuentes que aceptó dialogar con LA NACION bajo estricta reserva de su nombre durante los últimos tres meses. ¿El motivo? Luego de que este diario reveló el 20 de agosto la protección brindada al vicepresidente Amado Boudou y al empresario patagónico Lázaro Báez , entre otros, Sbattella y sus colaboradores amenazaron: «Por cada nueva nota [que se publique] echaremos a dos empleados».
Hoy, con más de 250 personas que trabajan en la UIF, menos de media docena son analistas profesionales, con experiencia en investigaciones sobre lavado. El resto aprende sobre la marcha -por «ósmosis», como lo definió uno de los informantes- o con cursos que reciben cuando ya están dentro de la unidad. Más aún, esa capacitación sólo se imparte para «los nuestros».
Sin embargo, mientras por un lado se discrimina a parte del personal técnico por razones políticas, por el otro se designan nuevos empleados también por razones políticas o de parentesco con el propio Sbattella y sus principales colaboradores.
Sbattella designó a la sobrina de su mujer como secretaria, al marido de otra sobrina como director del área de Seguridad y Sistemas Informáticos de la UIF, a una tercera sobrina como encargada de la página web de la UIF y hasta a un sobrino en la Secretaría General Ejecutiva. (LA NACION se reserva sus nombres por las características de seguridad inherentes a la unidad antilavado.)
Sbattella también trajo a varios de sus ex colaboradores en el Instituto de Estudios Fiscales y Económicos (IEFE) de La Plata. Entre otros, a dos vocales (uno de los cuales ya renunció), a un analista y al encargado de Presupuesto y Pagos de la UIF, cargo que ocupa gracias a que obtuvo una designación excepcional por carecer de título profesional habilitante. Todos ellos, además, carecen de experiencia real en temas antilavado, según verificó LA NACION.
La misma práctica se repite en el área más sensible de la UIF, la Dirección de Análisis. Su director es Pablo Chena -que también viene del IEFE-; la segunda a cargo es su hermana, y el tercero en la línea jerárquica es su cuñado, que además se encarga de llevar adelante algunas de las «causas políticas» más sensibles.
A ellos se suman cuatro casos notables. Son analistas de la categoría «C» en el escalafón de la administración pública nacional. Tres carecen de títulos profesionales. Una trabajaba en una panadería y junto con otro de los cuatro también maneja «legajos con tinte político», como los caracterizó otro informante. Y la cuarta, amiga a su vez de Sbattella, es ingeniera, pero en pesca, por lo que también recibió una autorización excepcional en el decreto de designación del Ministerio de Justicia «por no reunir los requisitos mínimos de acceso» para un puesto de esa categoría.
De secretaria a coordinadora
Los vínculos con la esposa de Sbattella, vocal en el Tribunal Fiscal de Apelación de la provincia de Buenos Aires, también pesan dentro de la UIF. De allí llegaron la directora del área de Asuntos Jurídicos, Mariana Quevedo, quien sólo va por las tardes y aún concurre también al tribunal, más una vocal del Consejo Asesor de la Unidad, y un empleado de la Secretaría General Ejecutiva por el que se pidió que lo categorizaran con la letra «A», la más alta del escalafón y aun cuando hay un solo profesional, en Análisis, con ese nivel. Al final lo encuadraron en el nivel «B», cuando otros demoraron ocho o más años para conseguir esa categoría.
Una discrecionalidad semejante quedó expuesta al designar a cargo de las tareas de Coordinación Nacional -es decir, la interacción estratégica con todas las áreas del Estado abocadas a la lucha contra el lavado- a una ex secretaria privada de Sbattella, en tanto que al frente del área de Supervisión de Obligados -qué sectores y profesionales deben reportar operaciones sospechosas- se ubicó a un empleado de la AFIP que es el marido de esa ex secretaria.
Sin embargo, el caso paradigmático acaso sea el de Carlos Federico Millet, señalado dentro de la UIF como uno de los que ingresaron con un bombo a las instalaciones junto a su entonces jefe directo, el secretario general ejecutivo, Federico de Negri, para convocar a sus colegas de toda la unidad a participar en un acto político de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner con su entonces aliado, Hugo Moyano.
Fanático de River Plate, Millet debió renunciar a su designación -también era excepcional por incumplir los requisitos legales- el 23 de junio de 2011. Es decir, lo echaron el día después de que un grupo de violentos ingresara a la cancha durante el partido que su equipo perdió contra Belgrano, en Córdoba, y quedó a un paso del descenso, que se concretó días después.
Millet apareció en unas imágenes de los desmanes, por lo que las autoridades lo desplazaron, temerosas de que se detectara que trabajaba en la UIF, un organismo que depende del ministro de Justicia, Julio Alak, aunque Sbattella suele decir que tiene diálogo directo -por momentos incluso diario- con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
En el caso de Millet, sin embargo, la UIF volvió sobre sus pasos a medida que el potencial escándalo quedaba atrás. Por ese motivo recontrataron al militante del Ateneo Conciencia Nacional, que fundó Sbattella a principios de los 90. Hoy trabaja en el área de presupuesto.
LA NACION intentó consultar a Sbattella por estas designaciones, y a Millet desde el jueves, pero no respondieron las llamadas y mensajes.
Ya investigado por el juez federal Daniel Rafecas por el uso político de la UIF, tras una investigación preliminar del fiscal Carlos Stornelli, uno de los colaboradores de Sbattella ironizó en público sobre las consecuencias de su actuación. Según dos testigos, bromeó: «Si seguimos así, vamos presos».
Los cambios más resonantes en la UIF
Sbattella reemplazó a técnicos por gente propia.
CASO 1
Los sobrinos
Un sobrino de Sbattella, tres sobrinas por parte de su mujer y también el marido de una de ellas trabajan hoy en distintos cargos dentro de la UIF.
CASO 2
Los platenses
Sbattella también convocó a cinco ex colaboradores del instituto IEFE de La Plata; ninguno con experiencia en temas antilavado.
CASO 3
Los analistas
El director de Análisis convocó a su hermana como número dos del área a su cargo y al marido de ella como su tercero.
CASO 4
Un hincha fanático
Veinticuatro horas después de los incidentes en Belgrano-River, la UIF echó a Carlos Millet (foto); cuando se diluyó el escándalo, volvió a contratarlo.
CASO 5
La ingeniera
Una de las nuevas analistas es amiga de Sbattella e ingeniera, pero en Pesca, por lo que debió recibir una autorización excepcional para entrar a la UIF.
CASO 6
Los fiscales
Tres colaboradores de Sbattella llegaron del Tribunal Fiscal bonaerense, donde trabaja su mujer; una de ellas todavía concurre al tribunal.
Del editor: por qué importa.
La UIF desnuda la cara oscura de la militancia: convertir la impericia en ley. Un gobierno que vigila al turista que compra un puñado de dólares vacía de expertos la unidad que investiga los grandes delitos económicos.
Fuente: La Nación, 01/09/12.
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Sbattella admitió que familiares suyos trabajan en la UIF
Sbattella, el jueves, al llegar a las oficinas de la UIF. Foto: LA NACION / Enrique García MedinaLuego de que LA NACIÓN revelara que el presidente de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbattella, desplazó a técnicos especializados en investigaciones antilavado y los reemplazó con militantes y familiares sin experiencia, él mismo contestó. Dijo que quienes trabajan en el organismo son idóneos y que el hecho de que sean familiares «no invalida su capacidad técnica y profesional para el cargo».
Sbattella admitió que su secretaria es familiar de su mujer. «Lo que es real, yo tengo en todos los organismos que he pasado, una secretaria que me ha acompañado siempre. Esa es una de las secretarias. El resto son personas de origen profesional, con capacidad técnica para estar en esos lugares. Y tienen las mismas características que cualquier personal», sostuvo.
«Mi secretaria no es mi sobrina. Es un familiar de mi actual esposa; soy divorciado. Lo lógico es un familiar, una persona de confianza. Las otras personas son por idoneidad profesional en los temas que le ha tocado trabajar y no tiene que ver su relación familiar con los lugares en que están», explicó, en diálogo con radio Mitre.
El titular de la UIF, que es la unidad que debe investigar los grandes delitos económicos, dijo que «las otras personas» [mencionadas en la nota de LA NACIÓN] tienen «idoneidad profesional» y que son «profesionales con capacidad técnica para estar en esos lugares».
«No tienen relación familiar, puede ser relaciones familiares de índole política, pero eso no invalida su capacidad técnica y profesional para el cargo. No entran colgados, de no saber nada; hay especialistas en el tema (SIC)», agregó.
«La mayoría de los que nombra [el artículo] como personas nombradas como favores son personas que tienen una historia y un currículum que amerita el lugar adonde están; esto está fuera de discusión», insistió.
Qué pasó
LA NACIÓN reveló hoy que Sbattella desplazó a técnicos especializados en investigaciones antilavado y que los reemplazó con militantes y familiares sin experiencia. Hoy, más de 250 personas trabajan en la UIF y menos de media docena son analistas profesionales con experiencia en investigaciones sobre lavado.
Los cambios más resonantes en la UIF
CASO 1
Los sobrinos
Un sobrino de Sbattella, tres sobrinas por parte de su mujer y también el marido de una de ellas trabajan hoy en distintos cargos dentro de la UIF.
CASO 2
Los platenses
Sbattella también convocó a cinco ex colaboradores del instituto IEFE de La Plata; ninguno con experiencia en temas antilavado.
CASO 3
Los analistas
El director de Análisis convocó a su hermana como número dos del área a su cargo y al marido de ella como su tercero.
CASO 4
Un hincha fanático
Veinticuatro horas después de los incidentes en Belgrano-River, la UIF echó a Carlos Millet; cuando se diluyó el escándalo, volvió a contratarlo.
CASO 5
La ingeniera
Una de las nuevas analistas es amiga de Sbattella e ingeniera, pero en Pesca, por lo que debió recibir una autorización excepcional para entrar a la UIF.
CASO 6
Los fiscales
Tres colaboradores de Sbattella llegaron del Tribunal Fiscal bonaerense, donde trabaja su mujer; una de ellas todavía concurre al tribunal.
Fuente: La Nación, 01/09/12.
Argentina: Corrupción en el Gobierno K – La UIF como arma política
mayo 15, 2011

Jóvenes K utilizan la oficina antilavado contra adversarios
Cada vez más acciones de la UIF dependen de la relación de personas y empresas con el Gobierno
Por Hugo Alconada Mon
Las órdenes son explícitas, directas. «Hay que hacer mierda a tal empresario.» O también la opuesta: «Con tal otro no jodamos». Esas frases se tornaron recurrentes durante los últimos meses, en los que la Unidad de Información Financiera (UIF) se convirtió en una creciente herramienta política, con un peso notable de jóvenes militantes de Libres del Sur, La Cámpora y otras agrupaciones, indicaron cinco fuentes que trabajaron o aún trabajan dentro de la unidad antilavado local a La Nacion.
La incorporación de esos funcionarios, agentes y empleados a la unidad que tiene acceso a la información bancaria, financiera y bursátil más sensible de todo el país se definió por afinidad ideológica con el Gobierno y las dos máximas autoridades de la UIF –José Sbattella y Gabriel Cuomo-, más que por sus conocimientos técnicos en la detección de operatorias de lavado o financiamiento del terrorismo. Las últimas incorporaciones también incluyeron a algunos familiares de funcionarios o sin que mediara una especialización técnica -hasta superar la docena-, aunque la inexperiencia de algunos empleados dentro de la UIF resulte ya algo recurrente. Como reveló La Nacion a fines de 2009, la anterior presidenta de la Unidad, Rosa Falduto, llegó a nombrar a la empleada de la peluquería a la que asistía y a un profesor de gimnasia amigo de sus hijos. Pero la nueva gestión, que prometió terminar con esos nombramientos, los continuó. Nombró a una joven estudiante de Derecho que trabajaba en una panadería y con nula experiencia antilavado.
Afines al movimiento Libres del Sur, La Cámpora o la Juventud Peronista, algunos de esos nuevos funcionarios y agentes de la UIF protagonizaron varios cortocircuitos con el personal más experimentado, que arribó al organismo durante las gestiones de Falduto o incluso de Alicia López.
Uno de los episodios folklóricos registrados durante los últimos meses ocurrió cuando una de los recién llegados comenzó a recomendar la lectura de Las venas abiertas de América Latina, del escritor uruguayo Eduardo Galeano, a sus colegas técnicos más antiguos, frente a por lo menos otros cuatro empleados de la UIF. Esa invitación no pasa de resultar una simple anécdota. Pero, sin embargo, se combinó sí con otras sugerencias más incómodas. Entre otras, para que los técnicos veteranos asistieran a mítines políticos, indicaron dos fuentes a este diario.
La politización de la UIF acumula antecedentes. Entre otros, la filtración de datos de inteligencia financiera secreta en perjuicio del candidato opositor Francisco de Narváez a mediados de 2009, lo que provocó que la unidad antilavado estadounidense (FinCen) cortara el intercambio, y la creación de un grupo de trabajo para avanzar contra Clarín, como reveló La Nacion durante 2010. Ahora, el proceso se extendió al personal.
Acciones sesgadas
«Los «nuevos» están politizados a full «, indicó uno de los informantes. «No tienen capacitación técnica, ni experiencia, y eso los lleva a tomar decisiones temerarias», abundó. Entre otras, el envío a la Justicia penal de algunos reportes al sólo efecto de generar «ruido» mediático -y fueron desestimados sin más en los tribunales-, la aplicación de algunas multas luego recurridas o la decisión de llevar adelante las primeras inspecciones, cuya legalidad cuestionaron incluso algunos abogados dentro del propio organismo. Así ocurrió días antes de golpearles la puerta a las joyerías y firmas de remesas.
Los perfiles en Twitter, Facebook y en otros foros de Internet similares de algunos agentes de la UIF muestran otros rasgos comunes de la nueva camada. Desde críticas al vicepresidente Julio Cobos -«andate traidor»- hasta vínculos con páginas de Barrios de Pie, Proyecto Sur, el Ateneo Conciencia Nacional o El Eternauta -en su versión kirchnerista-, una visión que, según sus críticos dentro de la propia UIF, los lleva a tomar decisiones -como la difusión de la aplicación de multas multimillonarias a algunos bancos, como la primera, contra el Banco Galicia, que aún no estaba firme- y postergar otras investigaciones.
Dentro de la Unidad, coincidieron tres fuentes, ahora es común escuchar comentarios como «siempre estos mismos empresarios» o «a éstos hay que hacerlos mierda». Eso se plasma, luego, en la revisión de las actividades bancarias, financieras e incluso tributarias de los señalados. Ese fue el caso de dos altos ejecutivos del Grupo Clarín, José Aranda y Lucas Pagliaro.
Entre esos jóvenes con perfil más militante, figuran algunos agentes: Maximiliano Braunschweig, Adrián Rodríguez, Daniela Heredia, Martín Olari Ugrotte; también, el secretario general ejecutivo, Federico Denegri, y la directora del área de Asuntos Jurídicos, Mariana Quevedo.
Consultados por La Nacion allegados a Sbattella desmintieron que La Cámpora haya hecho pie firme en la UIF, más allá del eventual arribo de algún simpatizante. Pero sí confirmaron la militancia de otros en Libres del Sur, aunque relativizaron su importancia en la toma de decisiones. El referente de esa corriente, Humberto Tumini, aclaró que Sbattella se distanció de la agrupación antes de llegar a la UIF y que militantes podrían trabajar allí «como todavía trabajan en Desarrollo Social o Economía». Pero aclaró «que no hay un sólo miembro de Libres del Sur con responsabilidades políticas en este Gobierno».
El arribo de ese personal se combinó, en tanto, con la salida de técnicos más antiguos. Y, también, con presiones para que no trasciendan las estadías de placer de altos funcionarios de la UIF en Aruba, Washington y París, entre otros destinos durante 2010, más allá de lo que requerido por el trabajo profesional y a costa del Estado nacional.
Fuente: La Nación, 15/05/11.

Máximo Kirchner, hijo de Cristina y Néstor Kirchner.
Argentina: Denunciaron al titular de la UIF por ocultar los giros K al exterior
abril 18, 2011
AML
Anti-Money Laundering
Prevención del Lavado de Dinero
Argentina
Denunciaron al titular de la UIF por ocultar los giros K al exterior
Un abogado le pidió a la Justicia que investigue los informes de países europeos contra José Sbatella. Las sospechas de lavado de dinero y los ex funcionarios en la mira.
El titular de la Unidad de Investigación Financiera (UIF), el kirchnerista José Sbatella, y su segundo, Gabriel Cuomo, fueron denunciados penalmente en la Justicia por el supuesto delito de «violación de los deberes de funcionario público», se informó hoy en los tribunales.
La denuncia mencionó «el informe brindado al Congreso de los Estados Unidos por la secretaria de Estado Hillary Clinton», quien habría dicho allí que la UIF «no cumpliría con las funciones (…) ni habría informado adecuadamente los requerimientos de Suiza, Luxemburgo y Lichtenstein».
Los pedidos de esos países de Europa a la UIF referían, según la presentación judicial, a los «giros de dinero al exterior de la presidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner y del fallecido ex presidente Néstor Kirchner«, afirmó el abogado denunciante, Jorge Luis Vitale.
Esta no es la primera sospecha por lavado de dinero contra los Kirchner. En 2007, la Coalición Cívica denunció a Cristina y a Néstor ante el juez federal Julián Ercoloni por los supuestos «negociados» con el empresario Lázaro Báez.
Ante esta nueva denuncia, fuentes del organismo antilavado se defendieron: «Los funcionarios de la UIF ejercen sus funciones observando plenamente las obligaciones que les imponen las leyes».
El abogado Vitali reclamó en su presentación ante la jueza federal María Servini de Cubría que instruya medidas de prueba para «investigar si dichos países» europeos «y sus respectivas embajadas u otras instituciones solicitaron informes a la UIF y de ser cierto, cuál ha sido el resultado de dichos informes».
Asimismo, pidió comprobar si desde la UIF «se ha requerido esos mismos informes de los funcionarios más salientes del Gobierno Nacional», entre los que mencionó a «Ricardo Jaime, Héctor Capaccioli y los seis secretarios privados de la señora Presidente: Isidro Bounine, Julián Alvarez, Héctor Muñoz Alvarez, Fabián Gutiérrez y Julio Daniel Alvarez y Rudy Fernando Ulloa Igor (ex chofer de Néstor Kirchner)».
El abogado Vitali refirió además al «cable 1257 filtrado por Wikileaks fechado en Buenos Aires el 1 de diciembre de 2009 y firmado por la embajadora Vilma Martínez», que «incluye serias acusaciones a que una unidad antilavado clave de Argentina protegió a la pareja presidencial de ser investigada en el área de dinero sucio».
Y recordó que Hillary Clinton, al comparecer ante los parlamentarios estadounidenses, llamó la atención respecto a que «las autoridades» de Argentina «se encontrarían involucradas en hechos de corrupción«.
Fuente: Perfil.com – DyN.

Néstor Kirchner y Cristina Kirchner – José Sbatella
Argentina: Nuevas Normas Anti-Lavado (Resolución 19/2011 – UIF)
enero 21, 2011
Argentina: La Unidad de Información Financiera publicó en el Boletín Oficial la Resolución 19/2011.
La norma está dirigida a la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) como sujeto obligado, pero impacta en aseguradoras, productores-asesores de seguros, organizadores, peritos y liquidadores. También alcanza a clientes de éstos.
La SSN deberá recabar información sobre los antecedentes personales y laborales de los empleados de los sujetos regulados por la Ley 20.091 y sus modificatorias (los arriba mencionados).
Se suma, a los controles que ya existían, un importante Monitoreo de ‘Personas Políticamente Expuestas’ y se pone especial énfasis en determinar quién o quiénes son los verdaderos propietarios o beneficiarios del cliente.
La SSN deberá designar un oficial de cumplimiento. Ya estaría lista la Gerencia en cuestión y podría entrar en funciones en el próximo mes de febrero.
Se eleva de 5 a 10 años el plazo por el cual se debe conservar la documentación respaldatoria de los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS).
La SSN deberá cumplir con un reporte sistemático a la UIF. Será mensual y aún falta determinar a partir de cuándo y qué información se deberá suministrar.
Se fija en 30 días el plazo para reportar operaciones sospechosas de lavado de activos y en 48 horas para aquellas operaciones sospechosas de financiamiento al terrorismo
A partir del 01/04/2011 los ROS se efectuarán de manera electrónica.
La SSN deberá elaborar un plan anual de fiscalizaciones y presentarlo a la UIF. Trimestralmente, deberá rendir cuentas del resultado de tales auditorías.
Fuente: SSN. Buenos Aires, 20/01/11.
Más información en: Servicios / Servicios Bancarios
Abuso infantil, ciberdelito y monetización del delito sexual a través de redes digitales
octubre 23, 2025
Por Gustavo Ibáñez Padilla.
Estudio de Caso: Abuso infantil, ciberdelito y monetización del delito sexual a través de redes digitales
Basado en la cobertura periodística del diario Clarín, ediciones digital (22/10/2025) y papel (23/10/2025), Argentina
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Índice de contenidos
- Introducción
- Contexto fáctico del caso
- Marco jurídico aplicable (Argentina y estándares internacionales)
- Calificación jurídica preliminar y análisis de los delitos imputables
- Elementos criminológicos y perfil de las imputadas
- Proceso de denuncia, investigación criminal y prueba digital
- Perspectiva de género y sesgos institucionales
- Intervención interdisciplinaria y cooperación institucional
- Desafíos en la persecución penal y en la obtención de condenas efectivas
- Recomendaciones prácticas
- Conclusión
- Referencias normativas y bibliográficas
- Cuestionario de discusión
- Lista de control operativa para casos de explotación sexual infantil digital
- Nota original en el diario Clarín, 23/10/25
- Nota de protección de identidad
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1. Introducción
Este Estudio de Caso analiza con rigor jurídico, criminológico y operativo un episodio reciente ocurrido en la provincia de Misiones (Argentina), en el que la madre y la abuela de una niña de tres años fueron detenidas por presunto abuso sexual y por la comercialización de imágenes y videos de dicho abuso a través de aplicaciones de mensajería y una billetera virtual. El presente documento se propone generar un material de utilidad didáctica para la formación de operadores policiales, peritos y operadores judiciales, ampliable a otras jurisdicciones dado el carácter transnacional de la pornografía infantil y los delitos conexos. La base factual del caso se encuentra en la cobertura periodística de Clarín (digital, 22/10/2025; papel, 23/10/2025).
2. Contexto fáctico del caso (síntesis)
Según la noticia, la investigación se inició a partir de una denuncia presentada por la ex pareja de la sospechosa principal, quien había advertido previamente —sin éxito probatorio— malos tratos hacia la niña. En abril de 2025 el denunciante, técnico informático de profesión, aportó indicios técnicos que motivaron la intervención judicial: habría detectado fotografías y videos en los que la madre manoseaba a la menor, material que era ofrecido y vendido por WhatsApp y Telegram; los pagos habrían sido recibidos en una billetera virtual por montos cercanos a $1.500 por transacción. Tras allanamientos se secuestraron prendas que aparecen en los videos y tres teléfonos celulares destinados a pericia. Fueron detenidas la madre (23 años) y la abuela (42 años); otras menores que convivían en el domicilio fueron retiradas por personal especializado y puestas a resguardo familiar. ([Clarín][1])
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3. Marco jurídico aplicable (Argentina y estándares internacionales)
3.1 Normativa penal argentina relevante
─Pornografía infantil y comercio del material (art. 128 del Código Penal): El artículo 128 sanciona la producción, comercialización y distribución de representaciones de menores en actividades sexuales explícitas y eleva las escalas penales cuando la víctima es menor de trece años. En sus distintas reformas, el tipo penal contempla tanto la producción como la difusión y la tenencia con fines de distribución. ([Argentina][2])
─Delitos informáticos y ciberdelincuencia (Ley 26.388): La normativa que incorpora ciertas figuras relativas a delitos informáticos al Código Penal (y normas conexas) es pertinente para enmarcar la utilización de medios digitales como canales de comisión y ocultamiento. ([Argentina][3])
─Protección integral de niñas, niños y adolescentes (Ley 26.061): Establece principios y garantías de protección que informan las medidas de protección inmediata y reparación, así como la obligación estatal de priorizar el interés superior del niño. ([Argentina][4])
─Trata de personas (Ley 26.842): Tipifica y reglamenta la trata y la explotación sexual, con instrumentos procesales especializados para víctimas de trata y explotación. Cabe analizar si las conductas investigadas encuadran o no en presupuestos de trata (véase sección 5.3). ([Infoleg][5])
3.2 Instrumentos y estándares internacionales
─Convención sobre los Derechos del Niño y su Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, prostitución infantil y pornografía infantil, que obligan a los Estados a prevenir, perseguir y sancionar estas conductas, y a proteger a las víctimas.
─Cooperación internacional y buenas prácticas: Organismos como INTERPOL, UNICEF, OEA/IIN y redes globales (ICMEC, Global Initiative) articulan herramientas, protocolos de cooperación y asistencia técnica para la investigación y persecución de la explotación sexual infantil en entornos digitales. En particular, la cooperación entre INTERPOL y UNICEF para fortalecer unidades especializadas es una referencia operativa valiosa. ([Interpol][6])
4. Calificación jurídica preliminar y análisis de los delitos imputables
4.1 Abuso sexual contra una menor
Los hechos descriptos —manoseo de la menor de 3 años por la madre— constituyen, a prima facie, un abuso sexual sobre niña menor de 13 años. El Código Penal argentino tipifica el abuso sexual agravado cuando la víctima es menor de trece años o cuando media violencia, amenaza, o aprovechamiento de relación de dependencia/autoridad; las penas pueden variar sustancialmente en función de estas circunstancias y de la gravedad del sometimiento. En este caso la íntima relación de parentesco y la edad de la víctima son factores determinantes para una calificación agravada. ([Revista Pensamiento Penal][7])
4.2 Producción, distribución y comercialización de material sexual infantil
La comercialización de fotos y videos de abusos, por su propia naturaleza, encuadra en las conductas del art. 128 CPA (producción y comercio de representaciones sexuales de menores) y en delitos conexos para la difusión por medios electrónicos. Cuando existe venta con contraprestación económica (aunque sea por montos pequeños), la conducta evidencia finalidad lucrativa y una cadena de consumidores que obliga a investigar tanto a quienes producen como a quienes compran y facilitan la difusión. ([Argentina][2])
4.3 Ciberdelito
El uso de aplicaciones de mensajería (WhatsApp, Telegram) y de billeteras virtuales para recibir pagos implica la confluencia entre delitos sexuales y delitos informáticos: la interfaz tecnológica facilita distribución, anonimato parcial y trazabilidad financiera problematizada por servicios con medidas de KYC (Know Your Customer – Conozca a su cliente) insuficientes. La Ley 26.388, y las normas de investigación digital, son herramientas clave para la recolección forense de evidencia electrónica. ([Argentina][3])
4.4 ¿Trata de personas?
Para que configure trata (Ley 26.842 y estándares internacionales) debe acreditarse la captación, traslado o recepción de una persona con fines de explotación sexual, o cualquier forma de explotación. En el caso descrito, la relación familiar (madre/abuela), la producción y comercialización del material y la posible obtención de lucro podrían operar como formas de explotación; sin embargo, la tipificación como trata requiere probar elementos específicos (especialmente el elemento de “transporte” o “captación” con fines de explotación o la grave situación de explotación). En muchos sistemas, la producción y venta de pornografía infantil puede coexistir con la figura de explotación/venta de niños si hay transferencia, coerción o propósito de comercio. Se recomienda una investigación dirigida a identificar si existe una estructura de captación o redes de compradores que operen sistemáticamente, lo que habilitaría una calificación por trata o participación en redes de explotación. ([Infoleg][5])
5. Elementos criminológicos y perfil de las imputadas
5.1 Perfil criminal y contexto sociopsicológico
Los hechos muestran una dinámica intrafamiliar en la que la madre (23 años) y la abuela (42 años) ocupan roles centrales. Los reportes periodísticos señalan antecedentes de consumo de sustancias prohibidas y denuncias previas por malos tratos que no prosperaron; esos antecedentes deben analizarse con cautela: no determinan por sí solos culpabilidad, pero sí son indicativos para la valoración del riesgo y la necesidad de medidas de protección. Las circunstancias apuntan a una desinstitucionalización del cuidado y a la mercantilización del abuso, conducta que en la literatura criminológica suele vincularse a: 1) normalización y desensibilización; 2) economías de subsistencia que llevan a la explotación; 3) fenómenos de coparticipación familiar. La identificación de patrones (repetición de material, clientes recurrentes, uso de canales específicos) ayudará a construir un perfil operativo de la red.
5.2 Malos tratos, consumo de drogas y capacidad parental
El consumo de sustancias prohibidas frente a menores y los malos tratos conforman factores de riesgo objetivo que deben ser incorporados por peritos y servicios de protección en la evaluación de idoneidad parental. Cuando el Estado o la Fiscalía evalúa medidas cautelares (retención de la tenencia de menores, medidas de protección), esos informes socioambientales son evidencia esencial. ([Clarín][1])
6. Proceso de denuncia, investigación criminal y prueba digital
6.1 Travesía de la denuncia
El expediente se inició con una denuncia en sede de Violencia Familiar; la relevancia aquí es doble: primero, muchas investigaciones de abuso infantil se inician por denuncias en causas conexas (separaciones, violencia doméstica); segundo, el primer intento de denuncia del padre había sido desestimado por falta de prueba, lo que revela problemas en la primera fase de recolección y en el sesgo interpretativo (ver sección 7). La recomposición ocurrió cuando el denunciante aportó evidencia técnica que habilitó la intervención de la Fiscalía de Ciberdelitos y la Secretaría de Apoyo en Investigaciones Complejas. ([Clarín][1])
6.2 Pericia forense digital y traza financiera
Los teléfonos secuestrados son clave: una pericia forense puede recuperar metadatos, cadenas de mensajes, archivos borrados y contactos; la correlación entre timestamp de archivos, objetos del domicilio (muebles, prendas) y las transferencias a la billetera virtual constituye prueba convergente. Además, el análisis financiero sobre flujos a billeteras virtuales (identificación de cuentas, exchanges o puntos de cash-out) es determinante para seguir el dinero y localizar a compradores o facilitadores. En este punto la cooperación interinstitucional (policía, fiscalía, peritos financieros, proveedores de servicios) es esencial. ([Argentina][3])
6.3 Cadena de custodia, pruebas periciales y prueba testimonial de la víctima
La preservación de evidencia física y digital, la cadena de custodia y la técnica probatoria en relación con víctimas vulnerables requieren protocolos especiales: entrevistas asistidas por peritos, medidas para evitar revictimización, y evaluación psicológica de la niña y del entorno. La participación de peritos psicólogos es relevante tanto para valorar la credibilidad como para determinar estado de desarrollo y secuelas. La capacidad de la madre para “no advertir” el crimen, evaluada por peritos, puede ser utilizada tanto por la defensa como por la fiscalía —por ello es crítica una pericia exhaustiva. ([Clarín][1])
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7. Perspectiva de género y sesgos institucionales
El caso sugiere que la denuncia previa del padre tuvo escaso efecto en comparación con la defensa que en su momento recibió la madre (informe socioambiental favorable). Esto plantea una reflexión crítica sobre sesgos de género y estereotipos en la valoración de denuncias familiares: a veces la sospecha se minimiza cuando la presunta responsable es mujer, por lo que es imprescindible protocolos de valoración de riesgo que sean objetivos y que no dependan de prejuicios. Al mismo tiempo, se deben evitar estigmatizaciones automáticas; la investigación debe ser técnica, basada en evidencia. Este equilibrio es un desafío formativo para oficiales y operadores. ([Clarín][1])
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8. Intervención interdisciplinaria y cooperación institucional
La intervención combinó fuerzas y áreas: Fiscalía de Cibercrimen, Secretaría de Apoyo en Investigaciones Complejas, Dirección de Investigaciones y Comisaría de la Mujer, además de peritos y psicólogos. Este enfoque multidisciplinario —que incluye medidas de contención inmediata para la menor al momento del allanamiento— es una práctica esencial para delitos complejos que combinan violencia sexual y tecnología. A escala regional y global, la cooperación con organismos internacionales (IIN/OEA, INTERPOL, UNICEF) y con plataformas privadas (proveedores de mensajería, servicios de billetera) es crucial para identificar compradores y desarticular circuitos de demanda. ([Interpol][6])
9. Desafíos en la persecución penal y en la obtención de condenas efectivas
1. Prueba digital frágil o dispersa: archivos encriptados, uso de cuentas temporarias, borrado y canales cifrados dificultan la obtención de pruebas directas.
2. Trazabilidad financiera limitada: las billeteras virtuales y servicios P2P pueden ofrecer capas de anonimato; se requieren órdenes judiciales y cooperación internacional para seguir fondos.
3. Victimización secundaria y prueba testimonial de menores: la obtención de declaraciones fiables exige técnicas especializadas y la protección del interés superior del niño.
4. Configuración normativa compleja: la distinción entre tenencia, producción y distribución puede afectar la imputación del consumidor versus el productor; la calificación por trata requiere elementos probatorios añadidos.
5. Demanda transnacional: los compradores pueden residir en jurisdicciones distintas, lo que obliga a la activación de canales de cooperación internacional. Estos desafíos exigen capacitación tecnológica y protocolos específicos para fuerzas locales. ([Argentina][2])
10. Recomendaciones prácticas (operativas, investigativas y preventivas)
10.1 Operativas e investigativas
─Implementar protocolos rápidos de pericia forense para preservar evidencia digital (imágenes, chats, metadatos) y traza financiera.
─Priorizar órdenes de investigación sobre proveedores de servicios (WhatsApp/Meta, Telegram) y sobre plataformas de pago o exchanges donde se detecten flujos.
─Crear equipos multidisciplinarios permanentes (policía judicial, peritos informáticos, fiscales especializados, psicólogos) para respuesta integrada.
─Formular estrategias para identificar redes de demanda y compradores, no solo a productores domésticos.
─Capacitar al primer respondiente en detección temprana y en protocolos de entrevista asistida para evitar pérdida de pruebas.
10.2 Preventivas y de política pública
─Desarrollar campañas de prevención y educación sobre riesgos del uso de dispositivos por partes de cuidadores y sobre señales de alarma.
─Promover regulación que fortalezca la trazabilidad financiera contra el uso fraudulento de billeteras virtuales para delitos sexuales.
─Favorecer la cooperación internacional (INTERPOL, OEA/IIN, UNICEF) y la adopción de protocolos regionales que faciliten la obtención de evidencia extraterritorial. ([Interpol][6])
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11. Conclusión
El caso analizado es paradigmático de la confluencia entre violencia sexual intrafamiliar y criminalidad digital: un abuso cometido en el ámbito doméstico que se transforma en objeto de comercio a través de redes y medios tecnológicos. La intencionalidad delictiva (producción y venta de material) y la monetización mediante billeteras virtuales muestran cómo la demanda de pornografía infantil encuentra vías tecnológicas que muchas veces exceden la capacidad de respuesta de operadores locales sin herramientas forenses y cooperación internacional. Para combatir eficazmente estas conductas es imprescindible una respuesta integral: combinación de investigación tecnológica, medidas de protección inmediata a la víctima, pericia psicológica adecuada, y políticas públicas que reduzcan la vulnerabilidad. La persecución de estos delitos exige, además, un cambio cultural institucional que supere sesgos y permita que denuncias tempranas sean investigadas con rigor técnico.
12. Referencias normativas y bibliográficas (selección)
* Clarín (22/10/2025; ed. digital) — “La mamá y la abuela de una nena de 3 años, presas por abusarla y vender las fotos a $1.500 por una billetera virtual.” ([Clarín][1])
* Código Penal de la Nación Argentina — Art. 128 y disposiciones sobre delitos contra la integridad sexual (modificaciones y texto vigente). ([Argentina][2])
* Ley 26.388 (Delitos informáticos) — Marco de delitos informáticos y su incidencia en la investigación forense digital. ([Argentina][3])
* Ley 26.061 — Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes. ([Argentina][4])
* Ley 26.842 — Trata de personas; definiciones y herramientas procesales. ([Infoleg][5])
* INTERPOL & UNICEF — Acuerdos y cooperaciones para la lucha contra la explotación sexual infantil en línea (cooperación técnica y fortalecimiento de unidades especializadas). ([Interpol][6])
* IIN — OEA — Informes y programas regionales de prevención y erradicación de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en las Américas. ([annaobserva.org][8])
* Convención sobre los Derechos del Niño y Protocolo Facultativo (ONU / UNICEF). ([UNICEF][9])
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Notas
[1]: https://www.clarin.com/policiales/mama-abuela-nena-3-anos-presas-abusarla-vender-fotos-1500-billetera-virtual_0_NvHqc1DZ5t.html?utm_source=chatgpt.com «La mamá y la abuela de una nena de 3 años, presas por …»
[2]: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/309201/texto?utm_source=chatgpt.com «Artículo 128 del Código Penal»
[3]: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26388-141790/texto?utm_source=chatgpt.com «Ley 26.388»
[4]: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ley_de_proteccion_integral_0.pdf?utm_source=chatgpt.com «LEY 26061 Menores Ley de Protección Integral de los …»
[5]: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/205000-209999/206554/norma.htm?utm_source=chatgpt.com «Ley 26.842 – Jus.gob.ar – Infoleg»
[6]: https://www.interpol.int/en/News-and-Events/News/2023/INTERPOL-and-UNICEF-sign-cooperation-agreement-to-address-child-sexual-exploitation-and-abuse?utm_source=chatgpt.com «INTERPOL and UNICEF sign cooperation agreement to …»
[7]: https://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/comentadas46617.pdf?utm_source=chatgpt.com «Abuso sexual (art. 119 1º párr. ley 23.352), …»
[8]: https://www.annaobserva.org/es/abordaje-de-la-explotacion-sexual-de-ninas-ninos-y-adolescentes-en-los-estados-de-la-region-informe-al-secretario-general-de-la-oea-2024/?utm_source=chatgpt.com «Abordaje de la explotación sexual de niñas, niños y …»
[9]: https://www.unicef.org/es/convencion-derechos-nino/texto-convencion?utm_source=chatgpt.com «Texto de la Convención sobre los Derechos del Niño»
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13. Cuestionario de discusión (uso en aula o seminario)
El objetivo de esta sección es estimular el análisis crítico, la reflexión ética y la aplicación práctica.
13.1 Preguntas de debate
1. ¿Qué factores contribuyeron a que la primera denuncia del padre no prosperara? ¿Cómo podría haberse evitado ese error institucional?
2. ¿Por qué es importante considerar la figura del “ciberdelito” y no limitar la investigación al abuso sexual infantil?
3. ¿Cuáles son las dificultades técnicas más frecuentes en la obtención de prueba digital en casos de pornografía infantil?
4. ¿Cómo deben actuar los equipos interdisciplinarios al momento del allanamiento cuando hay menores en el domicilio?
5. ¿Qué papel cumplen las billeteras virtuales y los pagos digitales en la expansión del mercado ilegal de material sexual infantil?
6. ¿Qué rol tienen las fuerzas policiales locales frente a un delito de alcance transnacional?
7. ¿Qué sesgos institucionales se evidencian en la valoración de denuncias entre progenitores y cómo prevenirlos?
8. ¿Podría configurarse el delito de trata de personas en este caso? Fundamente jurídicamente.
9. ¿Por qué la cooperación internacional (OEA, INTERPOL, UNICEF) es esencial para investigar estos delitos?
10. ¿Qué medidas preventivas podrían implementarse a nivel comunitario, educativo y tecnológico?
13.2 Ejercicios prácticos para grupo o aula simulada
(Juegos de roles)
Simulación 1: Un oficial de policía recibe una denuncia anónima con un enlace a un grupo de Telegram con material sospechoso. Diseñar los pasos correctos para preservar la evidencia digital sin violar la cadena de custodia.
Simulación 2: Durante un allanamiento, un oficial encuentra tres celulares apagados. Indicar los pasos técnicos y legales para su secuestro y preservación.
Simulación 3: Un fiscal solicita identificar las transacciones de una billetera virtual sospechosa. ¿Qué organismos deben intervenir y cómo se tramita la información?
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14. Lista de control operativa para casos de explotación sexual infantil digital
A. Primera respuesta policial
[ ] Asegurar integridad física y emocional de los menores presentes.
[ ] Evitar el contacto entre víctima y victimarios durante el procedimiento.
[ ] Convocar de inmediato a personal especializado (psicología, niñez, cibercrimen).
[ ] Notificar al fiscal competente y solicitar orden judicial para registro digital.
[ ] Documentar fotográficamente la escena sin alterar los dispositivos electrónicos.
B. Preservación de evidencia digital
[ ] No encender ni manipular dispositivos sin perito informático presente.
[ ] Etiquetar y numerar cada dispositivo; mantener registro de cadena de custodia.
[ ] Clonar discos o memorias bajo supervisión judicial.
[ ] Registrar cuentas de mensajería, redes sociales y direcciones de billeteras virtuales.
[ ] Solicitar a proveedores de servicios la preservación inmediata de datos.
C. Entrevista y contención de la víctima
[ ] Evitar interrogatorios repetitivos; derivar a entrevista única asistida.
[ ] Garantizar acompañamiento de psicólogo forense especializado.
[ ] Implementar medidas de protección inmediata según Ley 26.061.
D. Coordinación interinstitucional
[ ] Informar al área de Ciberdelitos y Trata de Personas de la fuerza.
[ ] Articular con organismos de protección de niñez y fiscalías especializadas.
[ ] Si se detecta intercambio internacional de material, activar canal INTERPOL.
[ ] Coordinar con UIF o ARCA si existen transferencias sospechosas.
E. Seguimiento judicial y apoyo pericial
[ ] Aportar informes técnicos y psicosociales en tiempo útil.
[ ] Solicitar pericias integradas (psicológica, informática, financiera).
[ ] Mantener actualización continua sobre jurisprudencia y protocolos internacionales.
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15. Nota original en el diario Clarín, 23/10/25
La mamá y la abuela de una nena de 3 años, presas por abusarla y vender las fotos a $ 1.500 por una billetera virtual
Las mujeres tienen 23 y 42 años. Creen que la mamá manoseaba a su hija y la abuela tomaba las imágenes con un celular.
El papá de la víctima ya había denunciado a su ex pareja por malos tratos, pero el caso no prosperó.
Por Ernesto Azarkevich. Corresponsal de Clarín en Misiones.
Una joven y su madre fueron detenidas en Posadas por comercializar videos de abusos sexuales de una nena de 3 años, hija y nieta de ambas, respectivamente.
Las imágenes eran enviadas vía WhatsApp y Telegram y los pedófilos realizaban los pagos a través de una billetera virtual, según los primeros datos que obtuvo la Justicia de Misiones.
La investigación penal se inició en abril pasado cuando se presentó una ex pareja de la principal acusada ante un Juzgado de Violencia Familiar, esta vez con una grave acusación.
El joven ya había impulsado hace dos años una denuncia por supuestos malos tratos que la madre tenía para con su hijita, algo que nunca pudo probarse.
El juez Alfredo Olmo Herrera dio intervención al Juzgado de Instrucción 7, a cargo de Miguel Monte, quien impulsó una investigación con la participación de agentes de la Secretaría de Apoyo en Investigaciones Complejas (SAIC), Comisaría de la Mujer y la Dirección de Investigaciones de la Policía de Misiones.
Además, se sumó a las tareas el fiscal de Ciberdelitos, Juan Pablo Espeche.
Hacia fines de 2023 el joven se había presentado ante Olmo Herrera para denunciar que la joven no cuidaba como debía a su hija y que era habitual que consumiera drogas delante de la nena.
Un equipo interdisciplinario realizó un informe socioambiental que resultó favorable a la madre y todo quedó reducido a acusaciones cruzadas en el marco de una separación en malos términos.
En abril pasado el joven volvió al juzgado con una acusación mucho más grave. Aseguró que, por su profesión de técnico informático, había constatado que su ex novia realizaba fotos y videos en los que aparece abusando sexualmente de su pequeña hija. Y que esas imágenes eran comercializadas, utilizando una billetera virtual para recibir las transferencias de los “clientes”.
El juez Olmo Herrera insistió ante la Fiscalía de Cibercrimen que se pusiera el foco en los celulares que utilizaban las dos mujeres, ya que serían la clave para establecer si efectivamente estaban generando material de abuso sexual infantil.
La situación judicial se complicó para las dos cuando los investigadores accedieron a un video donde aparece la nena siendo manoseada en sus partes íntimas por su propia madre dentro de la vivienda. Todo hace suponer que la abuela de la beba era que tomaba las imágenes con el celular.
El allanamiento y las detenciones
El viernes pasado juez Mattos ordenó a la Policía realizar un allanamiento con la participación de un equipo interdisciplinario de la fuerza, para poder contener a la nena al momento de realizar la irrupción en la casa.
Para ese entonces, los investigadores ya estaban al tanto que la madre de la nena comercializaba a través de WhatsApp y Telegram las imágenes de los abusos sexuales de su propia hija. Y que los pagos los recibía en una billetera virtual, donde luego se constatarían muchas transferencias por montos que rondaban los 1.500 pesos.
En ese lugar fueron detenidas la mamá de la víctima, de 23 años, y la abuela, de 42. Sus identidades no se difunden para preservar a la víctima.
Se secuestraron una remera con cuello verde flúor, un jumper rojo, una remera roja, un suéter de hilo rojo, un monito color rojo con flores, otra remera pero con estampas de flores y una campera fucsia. Todas las prendas corresponden a la beba y serían con los que aparece en los videos que su madre comercializaba entre los pedófilos.
Además, se constató que las imágenes habían sido generadas en esa casa, ya que coincidían los muebles y otros objetos.
El procedimiento derivó en el secuestro de tres teléfonos, uno de los cuales estaba sin batería. Esos aparatos quedaron en poder de la Fiscalía de Ciberdelitos para ser peritados.
Los investigadores buscarán en esos dispositivos más material de abuso sexual infantil (MASI) y también establecer la identidad de las personas que adquirían las fotos y videos.
En el lugar también vivían otras dos nenas, que fueron retiradas por una psicóloga de la Policía y luego entregadas a un familiar para su guarda mientras se tramita la causa. En las últimas horas, la Justicia dispuso que las tres menores queden al cuidado de un familiar.
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16. Nota de protección de identidad
Los nombres y datos identificatorios de las víctimas han sido omitidos por razones de protección conforme a la legislación nacional y estándares internacionales sobre víctimas menores.
Trabajo elaborado por Gustavo Ibáñez Padilla
Para la búsqueda de información y estructuración de este trabajo se contó con la colaboración de la IA generativa ChatGPT. Las citas y referencias han sido verificadas especialmente por el autor.
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Esta publicación está elaborada principalmente para ser usada con fines didácticos y de entrenamiento de Fuerzas de Seguridad en el ámbito de la República Argentina.
Se permite su uso libre citando la fuente:
Ibáñez Padilla, Gustavo. «Abuso infantil, ciberdelito y monetización del delito sexual a través de redes digitales.» Buenos Aires, 23/10/25.
Fuente: Ediciones EP, 23/10/25.
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