Cómo pagar menos Impuesto a las Ganancias

noviembre 30, 2014

Consejos para aliviar el peso del impuesto a las ganancias y recuperar pagos a cuenta

Por Silvia Stang.

impuestos-02Cerca del final de un año en el que la presión impositiva por Ganancias es récord para los asalariados, autónomos y jubilados alcanzados, llega la hora de repasar qué cosas deben tenerse en cuenta para aliviar la carga por la vía de las deducciones admitidas, y también de poner al día la información sobre los pagos a cuenta que pueden recuperarse.

Hacer una deducción significa descontar un gasto, dentro de los límites admitidos por la normativa, del monto de ingresos sobre el cual se calcula el impuesto, lo cual disminuirá la carga. El efecto es, por tanto, diferente al de conseguir el reintegro del dinero retenido como pago a cuenta. Ambos conceptos se informan en el formulario 572, que cada año más personas deben completar en forma electrónica, tras ingresar con clave fiscal en www.afip.gob.ar y clickear en la opción «Siradig».

Para informar deducciones y pagos a cuenta correspondientes a 2014, hay tiempo hasta el 31 de enero de 2015. Pero hay cuestiones a tener en cuenta antes de fin de año.

PAGOS A CUENTA

Uno de esos temas es que si en diciembre se compra un paquete turístico para un destino en el exterior, que sea facturado ese mes, «habrá una percepción de 35% que podrá computarse para el pago de Ganancias de 2014», según explica el contador Guillermo Pérez, del estudio GNP. En cambio, agrega, «si la adquisición se hace en enero o febrero, recién podrá computarse para el impuesto de 2015». La diferencia en lograr la devolución será de un año entero. La compensación en estos casos se hace siempre con la liquidación anual del impuesto, y así, el dinero vuelve al bolsillo de los trabajadores en febrero del año siguiente al que se hizo el pago al fisco (sin importar en qué mes eso haya ocurrido y sin que el monto tenga actualización alguna). La excepción es el caso de un trabajador que en algún momento cualquiera del año deja su puesto, y entonces, la compensación se hará con su liquidación final.

basta de impuestos 01Las percepciones por compras en el exterior con tarjeta de crédito podrán computarse como pagos a cuenta -según aclara la AFIP en su página web- «en el período en que se abone el correspondiente resumen». «Si el gasto fue hecho el 20 de diciembre y la tarjeta vence el 7 de enero y se abona justo en esa última fecha, el recargo recién podrá computarse como pago a cuenta para el impuesto de 2015», dice Pérez. Sin embargo, agrega, si el contribuyente paga hasta el 31 de diciembre, entonces podrá reclamar la devolución para cuando se haga la liquidación de 2014.

Cuando se compra algo en cuotas (como un paquete turístico), «la percepción total de 35% por la operación se efectiviza en la primera de ellas», dice Andrés Djmal, del estudio Lisicki, Litvin & Asociados. Por lo tanto, si se está en condiciones, conviene decidir un consumo ahora antes que en enero. Y procurar que ese primer vencimiento ocurra en 2014.

Además de esas percepciones, puede pedirse la devolución de las aplicadas por compras de moneda extranjera, para viajar o para ahorrar.

Todos estos pagos a cuenta ya están informados a la AFIP, y cada contribuyente puede consultar los datos en la página del organismo, en la opción «Mis retenciones». Allí aparecen también los descuentos salariales. En la información desplegada hay datos que deberán consignarse en el formulario 572 (algunos, incluso ya aparecen ahí), pero igualmente se debe disponer del extracto bancario, resumen de tarjeta de crédito o facturas de agencias de turismo en los que consten las percepciones.

En un resumen bancario puede haber otro dato importante: el de los cargos por el impuesto a los créditos y débitos bancarios, que parcialmente son pagos a cuenta. Es posible compensar el 34% del monto abonado por la tasa de 6 por mil, y el 17% en el caso de lo tributado por la imposición de 12 por mil.

DECLARACIÓN EN LA WEB

Siempre que se declaren las percepciones por compras en el exterior o compra de divisas, deberá completarse el formulario 572 en su versión electrónica. Esa exigencia rige también para quienes tienen una remuneración bruta anual de $ 250.000. Además, cada empresa puede disponer que sus empleados hagan su declaración por esta vía y no en papel.

Las deducciones y percepciones pueden notificarse en cualquier momento, más allá de cuándo el empleador las tomará en cuenta para calcular el impuesto (si las considerará mes a mes o sólo en la liquidación anual).

DEDUCCIONES

¿Qué puede deducirse?

Familia. Cónyuge; hijos menores de 24 años o incapacitados para el trabajo; nietos, bisnietos, hermanos, yerno y nuera menores de 24 años o incapacitados; padre, madre, abuelos, bisabuelos, suegros. Deben residir en el país y no contar con ingresos netos mayores a $ 18.662 anuales (si quien deduce tuvo ingresos mensuales de entre $ 15.000 y $ 25.000 de enero a agosto de 2013) o de $ 15.551 (ingresos mayores a $ 25.000).

Servicio doméstico. «La resolución 3693 de la AFIP estableció que se podrán deducir los aportes y contribuciones obligatorios por cada trabajador, entre los que se encuentra la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo», especifica Djmal. También se deduce el salario, y sobre el total se aplica un tope, de $ 18.662 o de $ 15.552, según lo descripto en el párrafo anterior. Según información de la AFIP, la persona deberá consignar el total abonado en el año y luego el empleador aplicará la limitación correspondiente.

Gastos médicos. Se deducen las cuotas de planes de salud del contribuyente y sus familiares a su cargo. Se declara el total, pero la deducción será por el monto de la factura hasta un límite equivalente a 5% de la ganancia neta acumulada al mes correspondiente (lo calcula el empleador). También se deducen gastos por prestaciones médicas, facturados y no reintegrados por la prepaga u obra social (si hubo reintegro parcial, se deduce lo no recuperado); se considera el 40% del gasto. En el caso de medicamentos, sólo se incluyen los que fueron consumidos y pagados por la persona durante una internación.

Seguro de vida y gastos de sepelio. Sólo se admite una deducción de hasta $ 996,23 por año por cada ítem, un tope no actualizado y hoy desvinculado de la realidad. Pueden tomarse los contratos de vida voluntarios y los seguros incluidos en operaciones con pago en cuotas. Los gastos de sepelio pueden ser por un familiar a cargo.

Donaciones. Deben realizarse a través de un depósito, giro, transferencia o débito bancario, según aclara Djmal. Y deben ser a favor de instituciones religiosas o entidades que realicen acciones médicas, investigación científica o actividad educativa, siempre exentas de Ganancias.

Intereses por créditos. Son deducibles si corresponden a préstamos hipotecarios para vivienda; el límite es de $ 20.000 anuales. Para los autónomos, es válido deducir el costo de los créditos para adquisición de bienes afectados a la actividad, además de ciertos gastos que, más allá de su forma de pago, sean necesarios para realizar sus tareas.

Más presión, menos poder de compra

  • Con una inflación estimada en 40%, este año se caracteriza por una caída generalizada del salario real. Un trabajo del Ieral revela que, si se consideran ingresos de igual poder adquisitivo desde 1998, el porcentaje que representa Ganancias es hoy mucho más alto que en los años previos (ver los datos en el gráfico). Hoy están exentos quienes entre enero y agosto de 2013 ganaron no más de $ 15.000 mensuales, un parámetro inflexible que provocó muchas inequidades.
  • El reclamo que mantienen en pie algunos sindicalistas es que el medio aguinaldo de fin de año quede liberado del impuesto. Sería un alivio para el bolsillo, pero la presión seguiría siendo récord. Según el Ieral, para un asalariado sin cargas de familia y un sueldo bruto de $ 21.000 promedio en el año, Ganancias representa 9,7% de ese monto; si se tomara la medida reclamada, ese porcentaje sería de 9,1%; en cualquier caso, el fisco se habrá llevado más de un sueldo completo.

Fuente: La Nación, 30/11/14.

.

Ganancias: El Fisco hurta de los bolsillos argentinos $ 50.000 millones al año

agosto 18, 2014

El Fisco aspira de los bolsillos $ 50.000 millones al año

La cifra de recaudación fue estimada por el experto en temas tributarios Nadin Argañaraz, titular del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), dado que la AFIP no publica más de forma discriminada cuánto de la recaudación total de Ganancias corresponde a lo que pagan asalariados y jubilados, cuanto a los autónomos y cuánto a las empresas.

Del cálculo de Argañaraz surge que el millón de trabajadores alcanzados por el impuesto paga mensualmente, en promedio, unos $ 4.000. Si esto se multiplica por 13 (los sueldos mensuales más el aguinaldo) se llega a los 52.000 millones de pesos de recaudación global por la llamada “cuarta categoría”.

Esto explica por qué aun siendo “pocos” los trabajadores alcanzados por Ganancias, -como insiste el Jefe de Gabinete, Jorge Capitanich- el Gobierno se niega a instrumentar cualquier cambio en el impuesto que pueda afectar ese volumen de recaudación aportado por los trabajadores.

impuestos-10Si realmente fuera poco significativo el impacto, no habría razón para rechazar los reclamos de los gremios que piden que se reduzca o directamente se elimine esta fuerte presión fiscal sobre los asalariados. En otras palabras, no porque sean “pocos” trabajadores sino porque los descuentos dejan una suculenta recaudación es que el Gobierno se niega a modificar el tributo que daría un alivio a los que viven de sus sueldos.

Además, los sindicalistas destacan que el concepto oficial de “pocos” es por lo menos relativo: en algunas actividades como bancarios, petroleros, camioneros y portuarios llega casi al 100% la proporción de trabajadores que paga Ganancias. En el sector de Seguros es del 40% y en el sector público del 17%, según informaron los dirigentes a Clarín.

Según CIFRA, un centro de estudios que pertenece a la CTA oficialista que encabeza Hugo Yasky, el impacto de Ganancias sobre el sueldo es muy significativo: a un trabajador sin cargas de familia (por lo general es el caso de un soltero) con un sueldo neto de $ 17.558 mensuales, le descuentan por este impuesto en el año $ 28.504. Esta cifra equivale a más de un sueldo y medio.

Y además tributa la tasa máxima del 35%.

Si el minino no imponible y las escalas se hubieran ajustado por la inflación a los niveles de 2001 ese mismo trabajador debería tributar menos de $ 5.000 anuales, con la tasa del 9%. Este ejemplo permite ver que el peso de Ganancias sobre el salario se triplicó en estos años.

Actualmente pagan los que ganaban en 2013 más de $ 15.000 mensuales de sueldo bruto o más de $ 12.450 netos.

Por no actualizar el minino no imponible y las escalas del impuesto según la inflación real, los trabajadores y jubilados alcanzados por Ganancias soportan alícuotas del 31 o 35%, las mismas que paga una gran empresa o una persona rica. En cambio, la inmensa mayoría debería estar incluida en la escala más baja, del 9%.

Las escalas sobre las que se aplican las alícuotas están congeladas desde el año 2000 cuando se implementó la reforma del entonces ministro de Economía, José Machinea. Eso lleva a que la mayoría de los trabajadores tribute sobre las alícuotas más elevadas, lo que agrava la pérdida salarial.

Algunos expertos sostienen que “el salario no es Ganancia” y que los ingresos, que tienen un carácter alimentario, no deberían estar alcanzados por este impuesto.

Por otro lado, los mismos analistas señalan una contradicción oficial, dado que el Gobierno habla de políticas anticíclicas, ya que debería aflojar el peso de Ganancias sobre asalariados y jubilados para inducirlos a destinar más dinero al consumo. Esto tendría un impacto positivo sobre la actividad económica y también sobre la recaudación de la AFIP por mayores ingresos provenientes del IVA y de otros impuestos.

Fuente: Clarín, 18/08/14.

banner impuestos empobrecen 01

El Impuesto a las Ganancias es un robo

junio 14, 2014

Impuesto al salario y voracidad fiscal extrema

El perdurable y confiscatorio impuesto a las ganancias provoca enormes
inequidades como resultado de una gestión estatal ineficiente y manipuladora

La voracidad fiscal que corre detrás de un gasto público desbordado se manifiesta hoy muy crudamente en el impuesto a las ganancias. Lo perciben no sólo las empresas impedidas de hacer ajuste por inflación de sus balances, sino también los asalariados que, en número cada vez mayor, superan el mínimo no imponible. El gobierno nacional no sólo falseó la medición de la inflación durante siete años, sino que ignoró sus propios índices en la necesaria actualización de los parámetros y las escalas aplicables para la determinación del impuesto. En todo caso, lo ha hecho tardíamente y en forma muy insuficiente. Además, todavía no ha tenido en cuenta que con una inflación que supera el 35 por ciento anual, las utilidades de las sociedades medidas en sus balances pueden ser inexistentes y el gravamen que se pague sobre ellas implica la cesión al fisco de una parte del capital.

La legislación dictada en la convertibilidad, aún vigente, impide los ajustes automáticos. Por ese motivo, mediante una ley de 2011, el Congreso Nacional facultó al Poder Ejecutivo a aumentar los montos establecidos en el artículo 23 de la ley del impuesto a las ganancias. Ya a fines de 2009 se había derogado la famosa «tablita de Machinea», que imponía deducciones decrecientes del impuesto a las ganancias en función de niveles de ingreso. Las escalas habían sido superadas por la realidad y agravaban la incidencia sobre los trabajadores. La evidencia de un proceso inflacionario y el retraso del mínimo no imponible motivaron la delegación de la mencionada ley 26,731, que luego el Poder Ejecutivo no utilizó como era debido.

En las últimas semanas, fracasaron sucesivos intentos de legisladores nacionales de la oposición de avanzar con un reclamo al gobierno nacional para que modifique el confiscatorio impuesto a las ganancias. Fue el kirchnerismo el que sistemáticamente impidió que se concretara cualquier tipo de sesión para debatir una reforma tributaria y elevar el mínimo no imponible de ganancias.

Como se sabe, a fin de este mes los asalariados recibirán medio aguinaldo junto con su sueldo. Un trabajador casado, con dos hijos y un haber mensual bruto de 16.000 pesos, sufrirá una retención por el impuesto a las ganancias de 940 pesos. El fisco se llevará el 14% de su medio aguinaldo. Si el sueldo fuera de 25.000 pesos, la retención sería del 58%. Sorpresas tan injustas como éstas pueden surgir, para algunos, en un mes en que se realizan horas extras o se recibe una bonificación.

Para otros, esto ya ha pasado a ser una triste constante que se repite mes tras mes. En muchos casos se ha dado la paradoja de que no conviene lograr remuneraciones extraordinarias y tampoco un ascenso. Muchos hoy se preguntan si trabajan para alimentar a su familia o a un Estado deficiente y elefantiásico que tampoco logra satisfacer sus necesidades de seguridad, educación, salud o vivienda.

Tradicionalmente, muchos trabajadores destinaban el sueldo anual complementario a la compra de bienes durables, a refacciones en las viviendas o simplemente al ahorro, entre otros destinos. Hoy, la inflación que el Gobierno pretende ocultar, sumada a la falta de actualización de las escalas, diluirá una parte importante del ingreso que, en muchos casos, sólo les hubiera permitido ponerse al día con las deudas contraídas porque el sueldo no permite llegar mínimamente a fin de mes.

El impuesto a las ganancias deriva del impuesto a los réditos, creado en 1934 como un recurso transitorio y extraordinario para superar una estrechez presupuestaria. Su supuesta transitoriedad trocó en permanencia y la alícuota aplicada creció consistentemente. Nunca fue imaginado como un impuesto al salario, aunque posteriormente y en los hechos ese tipo de ingreso fue abarcado por la llamada cuarta categoría. La denominación posterior de impuesto «a las ganancias» intentó respetar el propósito de sólo gravar rentas del capital o utilidades empresarias. Este propósito queda absolutamente desvirtuado cuando el gravamen recae en sueldos que apenas son suficientes para una vida decorosa de un trabajador.

Fuente: La Nación, 14/06/14. Editorial.

El Impuesto a las Ganancias: y las Rebeliones Fiscales

mayo 15, 2014

Impuesto a las ganancias: es la historia de las rebeliones fiscales

Por Roberto Cachanosky

El lío en el que está metido en el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner con el tema del Impuesto a las Ganancias es casi de manual de Historia. ¿Quién no conoce la historia del Motín del Té que tuvo lugar en Boston en 1773, cuando los colonos tiraron todo un cargamento de té al mar por el nuevo impuesto que había establecido Inglaterra, dando lugar a la guerra de la independencia americana? En rigor este impuesto tiene el antecedente de la Stamp Act (1765) y las Townshend Acts (1767) que imponía nuevos impuestos a los colonos sin consultarlos.

La Revolución Francesa tuvo, entre otros motivos, la aplicación de altos impuestos que no alcanzaba a ciertos sectores de la nobleza, del clero y otros sectores. La causa de esta presión tributaria tenía que ver con los gastos bélicos que tuvo Francia al apoyar a los colonos americanos en su lucha por la independencia. Es más, cuando se produjo la revolución, varios edificios del ente recaudador fueron incendiados por los revolucionarios franceses.

La Carta Magna que los barones le impusieron al rey Juan Sin Tierra también incluye límites a la aplicación de impuestos, además de justicia en el tratamiento que el rey le daba a sus súbditos.

Charles Adams publicó un interesante libro sobre la historia de las rebeliones fiscales titulado For Good and Evil, The Impact of Taxes on the course of civilization (Madison Books). En ese libro, Adams analiza la historia de las rebeliones fiscales desde el antiguo Egipto, pasando por la Edad Media, Rusia, Suiza, España, Alemania y, obviamente, Inglaterra y EE.UU. Cualquiera que lea ese texto puede advertir cómo los pueblos se rebelan cuando son expoliados impositivamente.

Esta introducción tiene que ver con lo que estamos viviendo hoy en Argentina, siendo Hugo Moyano el que, curiosamente, se levanta contra el Gobierno por la presión impositiva del impuesto a las ganancias. ¿Por qué curiosamente? Porque Moyano fue aliado de este gobierno, al igual que muchos otros personajes que fueron quedando en el camino, y de ser aliados pasaron a ser acérrimos enemigos para el Gobierno.

Lo cierto es que, en su voracidad fiscal, el Gobierno viene liquidando a la gente con el impuesto a las ganancias, tanto a la gente que trabaja en relación de dependencia como a las empresas y a los independientes.

¿Qué mecanismos usa el Gobierno para aumentar el impuesto a las ganancias? El sistema es complejo, pero voy a tratar de simplificarlo.

Supongamos que, de acuerdo a este impuesto, un trabajador en relación de dependencia, casado y con hijos, no pagaba ganancias si ganaba $ 3.000 mensuales. Como la inflación llevó al ajuste de salarios, que por cierto, vinieron subiendo por arriba del 30% anual en estos últimos años, ese trabajador que ganaba $ 3000 pasó a ganar, digamos, $ 6000. El impuesto a las ganancias determina que hasta cierto monto no se paga impuesto y a partir de ese monto comienza a pagarse a una tasa progresiva. Supongamos que el mínimo no imponible era de 4500 pesos para ese trabajador casado y con hijos. Como el Estado prácticamente no ha modificado el mínimo no imponible (los $ 4.500), ese trabajador empezó a pagar ganancias cuando, por los aumentos de salarios, superó esa el mínimo no imponible. Así, cuanto más gana, más impuestos paga.

Decía antes que la tasa del impuesto es progresiva, esto quiere decir que si alguien gana un 10% más puede pagar, por ejemplo, un 15% más de impuesto a las ganancias. Es decir, no es que si gana un 10% paga un 10% más de impuesto, sino que puede pagar el 15%. Por eso es progresivo el impuesto.

Como los aumentos de salarios estuvieron superando ampliamente la inflación real y el mínimo imponible casi no se ajustó, muchas personas en relación de dependencia empezaron a pagar cada vez más impuesto a las ganancias, con lo cual el aumento de salarios conseguido se licúa en parte con el pago de este impuesto.

Pero ojo que no solo los que trabajan en relación de dependencia tienen este problema. Las empresas y los trabajadores independientes también sufren la mayor carga impositiva del impuesto a las ganancias.

Por ejemplo, una empresa compra una mercadería a 10 pesos y a los 6 meses la vende a 15 por efecto de la inflación. Supongamos que reponer la mercadería le cuesta 13 pesos. Para el Estado esa empresa no ganó 2 pesos, ganó 5 y, por lo tanto, le cobra el impuesto a las ganancias sobre 3 pesos que no son utilidades. Le aplica el impuesto a las ganancias sobre utilidades que no existen o si se prefiere, le cobra el impuesto a las ganancias sobre el costo de reposición de la mercadería, con lo cual le cobra ganancias sobre su capital de trabajo.

Con los profesionales independientes pasa lo mismo. Lo que pueden deducir del Impuesto a las Ganancias es nada. Es más, y esto supera al problema actual, un profesional que dedica horas de trabajo a estudiar para luego entregar su trabajo no puede deducir esas horas de trabajo del impuesto a las ganancias. Para el Estado el trabajo intelectual no es un costo y, por lo tanto, el impuesto a las ganancias se transforma casi en un impuesto a los ingresos brutos.

Doy mi caso de economista independiente. Para escribir un informe o dar una conferencia tengo que buscar datos, elaborarlos, analizarlos, leer libros y diarios, etc. Ese trabajo, para la AFIP, no es un costo. Lo único que considera como costo es el precio del libro o del diario, pero no el trabajo de estudiar y elaborar. Es como si un economista se sentara a escribir un informe y todo el tiempo que estuvo buscando datos, armando series estadísticas y analizándolas no fuera un costo de producción. Los economistas solo nos sentamos y escribimos lo primero que se nos pasa por la cabeza, y por lo tanto lo que cobramos por nuestro servicio es pura ganancia sin costo de producción.

Para quienes redactaron la ley del Impuesto a las Ganancias y para la AFIP que es quien la reglamenta, el trabajo intelectual no es un costo. Si alguien fabrica chorizos, la AFIP considera como costos de producción la carne, la tripa y el hilo, costos que se deducen del precio para determinar la ganancia que obtiene el fabricante de chorizos. No ocurre lo mismo con los profesionales. El buscar datos, elaborarlos y analizarlos —que serían el equivalente a la carne, la tripa y el hilo del chorizo— no es un costo de producción. Un disparate conceptual.

De todo lo anterior se desprende que no son solamente los empleados en relación de dependencia quienes sufren con el Impuesto a las Ganancias, sino que también las empresas y los profesionales independientes lo padecen, y yo diría que hasta con mayor intensidad.

Para ir terminado con el tema de los empleados en relación de dependencia, los independientes y las empresas, hago un solo comentario más. ¿Por qué todos los legisladores de la oposición y el periodismo sostienen que están de acuerdo con que se suba el mínimo no imponible de Ganancias para los empleados en relación de dependencia pero no dicen nada de los independientes y las empresas? ¿Acaso somos ciudadanos de segunda los independientes y las empresas al momento de pagar el impuesto a las ganancias o la posición de los políticos opositores y periodistas es pura demagogia?

Muchos de mis colegas economistas dicen que el problema del Impuesto a las Ganancias está en la inflación. Sin duda que la inflación es un problema, pero si se indexara el mínimo no imponible por la inflación verdadera y se permitiera indexar los balances y se corrigiera la ley para el caso de los profesionales independientes, el problema se atenuaría bastante. El punto es que el Gobierno sabe que está aplicando el impuesto a las ganancias sobre utilidades que no existen y sobre la indexación de los salarios. Tanto lo sabe que lo hace deliberadamente para recaudar más y así financiar su política populista. Por eso el problema no es solo la inflación en esto del impuesto a las ganancias, sino un nivel de gasto público que hoy solo es financiable expoliando a la gente. En consecuencia va a ser difícil que el Gobierno ceda fácilmente en esto de elevar el mínimo no imponible. Porque necesita desesperadamente caja. Si cede, no solo pierde políticamente, sino que pierde parte de la caja que necesita para su populismo.

Así como siglos atrás los reyes enfrentaban rebeliones fiscales por la alta carga impositiva que tenían que aplicarle a los súbditos para financiar sus guerras de conquistas y vidas opulentas, hoy sucede lo mismo. La diferencia es que en vez de financiar guerras de conquistas, hoy hay que financiar un gasto público aplastante fruto del populismo imperante. Pero el dato común es que estamos asistiendo a una rebelión fiscal. Ya pasó en el 2008 y ahora de nuevo.

Si en el Gobierno leyeran la historia de las rebeliones fiscales, empezarían a poner las barbas en remojo porque llega un punto en el que la gente se harta de trabajar para el Estado y, encima, no recibir nada a cambio por los impuestos que paga.

Fuente: Economía para todos, 24/06/12.

Más información en: www.economiaparatodos.com.ar

—————————————————————————————

La rebelión fiscal a lo largo de la historia

Por Martín Krause

Pese a los dramáticos momentos por los que pasa la Argentina en estas semanas, es posible tener una visión optimista si miramos el conflicto con una perspectiva de largo plazo. En buena medida, todas las grandes transformaciones institucionales que han ocurrido en la historia, al menos las de Occidente, son el fruto de una rebelión fiscal, o por lo menos ésta ha sido un componente importante.

Según Edward Gibbon (autor de The Decline and Fall of the Roman Empire), si bien fueron las invasiones bárbaras las que dieron fin al imperio romano, la verdadera causa de su extrema debilidad se explica por el gran aumento del gasto público, los controles impuestos a la economía y la degradación de la moneda durante el período en que gobernó el emperador Diocleciano y la consiguiente y generalizada evasión impositiva.

Algunas historias que nos resultan familiares tienen un trasfondo de rebelión fiscal. Según Charles Adams (autor de For Good and Evil: The Impact of Taxes in the Course of Civilization), lady Godiva se paseó desnuda sobre un caballo a través del pueblo de Coventry al apelar a su marido para que redujera los impuestos que había introducido en el condado. Este, cansado de su insistencia, le había dicho que sólo lo haría si ella se paseaba desnuda. Godiva obtuvo la eliminación del impuesto.

También es famosa la puntería de Guillermo Tell, quien disparara con su arco a la manzana sobre la cabeza de su hijo. En 1240, los cantones de Schwyz y Uri fueron liberados de las obligaciones fiscales con el Sacro Imperio romano, pero unos años más tarde los Habsburgos desconocieron la independencia de estos cantones y en 1273 enviaron a los recolectores de impuestos. Guillermo Tell encabezó entonces la rebelión fiscal contra los recolectores de impuestos. Las «cartas» que restringían los poderes fiscales eran muy comunes en la Edad Media.

Pero, sin duda, la más importante de todas ellas es la Carta Magna. El rey inglés Juan sin Tierra tenía serios problemas fiscales. El Papa lo había excomulgado por apropiarse de tierras de la Iglesia, había sido expulsado del norte de Francia y su hermano, Ricardo Corazón de León había sido secuestrado al regresar de las Cruzadas y se pedía un importante rescate por él. Juan incrementó el impuesto a la tierra ( tallage ) y el que permitía evitar el servicio militar a favor del rey ( scutage ), pero los barones lo enfrentaron en Runnymede, en las afueras de Londres, y lo obligaron a firmar la Carta Magna el 15 de junio de 1215.

Este documento se convirtió en un paso esencial para la evolución de la democracia moderna, fue el nacimiento de un incipiente parlamento, incluía buena parte de los que ahora llamamos «derechos humanos» y, para el caso, estableció esa ahora famosa sentencia » no taxation without representation » (no habrá impuestos sin que los voten los representantes).

Paso insuficiente

Tal vez, en otro orden de importancia histórica, ya que la Carta Magna es un documento precursor de las repúblicas modernas, que los productores agropecuarios argentinos hayan forzado el tratamiento de las retenciones móviles a las exportaciones en el Congreso, es un paso similar que muestra que las rebeliones fiscales han sido importantes como limitaciones al poder y fuente de las instituciones modernas que ponen límites a la discrecionalidad de los gobernantes.

La mejora de la calidad institucional, no obstante, no se agota con este solo paso. La mayoría puede llegar a votar afirmativamente un impuesto que alcanza niveles expropiatorios, por lo que sería interesante que el Congreso o la Corte Suprema de Justicia de la Nación fijaran un criterio, al mismo tiempo que se estableciera que los impuestos deben ser «generales», para evitar abusos de las mayorías a las minorías. Y, por supuesto, que esta decisión que adopte el Congreso no sea por esta única vez, sino que recupere éste una función que en ningún momento debería haber relegado.

En definitiva, hasta podría darse el caso de que, después de tantos días de tozudez, los argentinos terminemos mejorando nuestra calidad institucional.
Fuente: La Nación, 22/06/08.
——————————————————-

La AFIP se quedará con hasta un tercio de los aumentos salariales

marzo 10, 2014

La AFIP se quedará con hasta un tercio de los aumentos salariales

Si el Gobierno no actualiza cuanto antes “los mínimos, deducciones y tramos de escala” del impuesto a las Ganancias, provocará una distorsión en las negociaciones salariales en curso, ya que aumentará la cantidad de trabajadores alcanzados por el impuesto y los que actualmente pagan sufrirán una presión tributaria mayor. Esta advertencia fue formulada por los expertos del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).

En un trabajo que firman Nadin Argañaraz y Andrés Mir se plantea que los trabajadores afectados “resignarían a favor del Fisco hasta una tercera parte del aumento nominal que logren en paritarias”.

“Para un trabajador con un nivel salarial de $ 15.000 mensuales en 2013, que obtenga una recomposición salarial del 25% para 2014, debería resignar a favor del fisco un 16% del incremento salarial obtenido (4 puntos). Es decir que en lugar de lograr un aumento del 25% terminaría obteniendo sólo un 21%. Si el porcentaje de aumento salarial fuera del 30% resignaría un 17,9% del mismo, obteniendo en definitiva un aumento de ingresos disponible de sólo el 24,6%”.

“En consecuencia, sería altamente conveniente que el Gobierno fije lo más pronto posible los parámetros de liquidación del impuesto a las ganancias para el año 2014, a los efectos de eliminar una fuente de incertidumbre que contribuye a dificultar la negociación salarial en curso”, plantea el informe.

Respecto del aumento de la presión fiscal, el IARAF explica: “Si no se ajustan los parámetros de cálculo para el año en curso, los incrementos salariales obtenidos implicarán un nuevo salto en la tasa efectiva, es decir un nuevo salto en la presión tributaria de los trabajadores”.

Y plantea el siguiente ejemplo: “Quien en 2013 percibió un ingreso neto mensual promedio de $ 10.000 que prácticamente no se vio afectado por el impuesto, en el 2014 pasaría a tributar un 0,8% de su ingreso neto total si obtiene un aumento nominal del 25%. Y de 1,3% si dicho aumento salarial es del 30%. Un trabajador con un nivel de ingresos del $ 12.500 mensuales pasará de una tasa efectiva del 2,2% en 2013 al 4,7% ó 5,5% en 2014, según el nivel de incremento nominal obtenido” en las paritarias, lo que significaría un aumento de presión tributaria superior al ciento por ciento respecto al año anterior.

De todos modos, el trabajo de los expertos en temas fiscales advierte que “más allá de las mayores tasa efectivas a la que estos trabajadores se encuentran sometidos como consecuencia de las menores deducciones que pueden computar, también se advierte que las mismas se incrementarán si no se actualizan los parámetros de cálculo del tributo para el año 2014, en porcentajes que oscilan entre el 50% para los tramos inferiores de ingresos alcanzados y el 12% para los superiores”.

Fuente: Clarín, 10/03/14.

Ricardo Echegaray

La aplastante presión impositiva en Argentina

septiembre 15, 2012



La «carga impositiva» de los argentinos

Impuesto al valor agregado (IVA), al cheque, a los combustibles, a los sellos, a los cigarrillos, al inmueble, a la patente del auto… En total, son 96 gravámenes diferentes los que cada contribuyente le paga al Estado, quitándole así más de la mitad del sueldo anual a través de las distintas cargas.

Según un video difundido en Internet por la fundación Libertad y Progreso, un empleado que cobra 5000 pesos brutos mensuales, trabaja 196 días para pagar los distintos impuestos que el Estado le cobra. El 53 por ciento de su dinero se va en gravámenes.

Las 169 jornadas restantes son para el disfrute personal y familiar.

«Cada vez afrontamos una mayor presión impositiva y la prestación de los servicios públicos no tiene nada que ver con esa carga tributaria», aseguró el director general de Libertad y Progreso, Agustín Etchebarne.

Tomando el ejemplo de un chofer de un camión de la provincia de Buenos Aires, llamado Juan, el video fue publicado esta semana en YouTube y ya suma más de 40 mil visitas. Si el trabajador ganara 10.000 pesos mensuales, el Estado se quedaría con el 58 por ciento de su salario anual.

El informe también calcula que a lo largo de una vida de trabajo, los aportes jubilatorios del protagonista sumarían unos 3.300.000 pesos, que equivale a comprar 10 casas de 330 mil pesos. «En una palabra, al momento de retirarse, Juan podría contar con 10 alquileres de más de 1000 pesos mensuales cada uno. Cuando se jubile con la Anses, ¿cobrará más o menos lo mismo?», se preguntó Etchebarne.

El analista aseveró que también hay que tener en cuenta los llamados «impuestos ocultos», que son los que se le cobran a las empresas y que, luego, éstas transfieren al producto final. Etchebarne también incluyó a la inflación en la lista de tributos que afrontan los ciudadanos hoy. «Ese es un impuesto no avalado por ninguna ley del Congreso que, sin embargo, lo pagamos todos y afecta más aún a los más pobres», aseveró.

«Día de la Liberación Impositiva»

Según otros estudios, un trabajador se emplea durante 171 días al año para pagar al Estado. Así lo aseguró un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), que mide la presión impositiva con la que convive un empleado en relación de dependencia que cobra, de bolsillo, $ 6045 por mes.

El «Día de la Liberación Impositiva» de este año fue el pasado 19 de junio. Hasta esa fecha, un asalariado formal en la Argentina trabajó para pagar todos los impuestos que los diferentes niveles de la administración -nacionales, provinciales y municipales- le cobran.

La carga tributaria aumenta a medida que suben los ingresos. El estudio calculó que los empleados que reciban en su bolsillo alrededor de 13.000 pesos debieron dedicarse 11 días más del año al aporte al Estado; su día de liberación fue el 27 de junio.

El 6 de julio se «liberaron» los que tienen un ingreso de 19.007 pesos, y el 13 de julio los que ganen en torno a los 30.000 pesos mensuales..

Fuente: La Nación, 15/09/12.
————————————————-

Para pensar:

El robo del siglo: El Impuesto progresivo.

Pagar un porcentaje mayor de impuesto cuando el ingreso es mayor constituye una absoluta injusticia. El impuesto progresivo es un robo descarado.

 

 

Argentino Pobre y Argentino Rico

agosto 1, 2012

El Argentino Pobre y el Argentino Rico

Autor anónimo

 

UN ARGENTINO le envía un Mail con una pregunta a otro ARGENTINO, que está radicado en los EEUU:
– ¿Vos, que estás allí, por qué los ARGENTINOS somos pobres?

Respuesta del ARGENTINO que vive en EE.UU.:

– Juan, ¡cómo se ve que los árboles no te dejan ver el bosque!
– ¿Cómo puedes llamarte pobre, cuando eres capaz de pagar por un litro de nafta
más del triple de lo que pago yo?
– Cu
ándo te das el lujo de pagar tarifas de celular un 80% más caras de lo que me cuestan a mí.
– Pagar comisiones por servicios bancarios y tarjetas de crédito del triple de lo que aquí nos cuestan,
o cuando por un AUTO que a mí me cuesta $20.000 dólares, tú lo pagas $38.000 dólares, porque tú sí puedes darte el gusto de regalarle $18,000 dólares al gobierno y nosotros no.
– ¡ Juan, NO TE ENTIENDO !

– Pobres somos nosotros, los habitantes de la Florida. Por eso mismo, el Gobierno Estatal, teniendo en cuenta nuestra precaria situación financiera,
nos cobra sólo el 2% de IVA (hay otro 4% que es Federal; total = 6%). Y no 21%, como a ustedes los ricos que viven en ARGENTINA.
Además, son ustedes los que tienen ‘Impuestos de Lujo’ como son los impuestos por gasolina y gas, alcohol, cigarros, puros, cerveza, vinos, etc.) que alcanzan hasta el 320% del valor original.
– Y los otros, como: GANANCIAS (impuesto sobre las utilidades y sueldos), Impuesto sobre automóviles nuevos, IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES (impuesto a los bienes de las empresas), Impuesto por uso de automóvil. Y dichoso que todavía te das el lujo de pagar IVA (Impuesto al Valor Agregado –un impuesto sobre las Ventas) por estos impuestos, además de todos los trámites y pagos estatales y municipales.
Porque si ustedes no fueran ricos, ¿qué sentido tendría tener unos impuestos de ese calibre?
– ¿POBRES?, ¿de dónde? Un país que es capaz de cobrar el IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LOS BIENES PERSONALES (mediante anticipos)
POR ADELANTADO como ARGENTINA necesariamente tiene que nadar en la abundancia, porque considera que los negocios de la nación y de todos sus habitantes siempre tendrán ganancias a pesar de saqueos y asaltos, corrupción generalizada, terremotos, piquetes, inundaciones, sequías y por supuesto que, todos deben de ganar muchísimo.
– Los pobres somos nosotros, los que vivimos en USA, que,
NO pagamos Impuesto sobre la Renta si ganamos menos de 3.000 dólares al mes, POR PERSONA (más o menos 12.000 pesos ARGENTINOS). Y allí, Uds. además pagan policía privada, vigilancia privada y seguridad privada mientras que nosotros nos conformamos solo con la pública que nos brinda la policía.
– Allí, hasta envían a sus hijos a colegios privados y mira si seremos pobres aquí en EEUU, que las escuelas públicas te prestan los libros de estudio, previendo que no tienes con qué comprarlos.

– A veces, me asombra la riqueza de los Argentinos que son capaces de pedir un préstamo cualquiera,
pagando 35 % anual de intereses, como mínimo.
– ¡¡¡ ESO, ES SER RICO, amigo Juan, muy pero muy rico!!!

– No como aquí, que apenas llegamos al 7/8% anual (generalmente 7.8%), justamente porque NO estamos en condiciones de pagar más. Amigos de Escocia, me dicen que sus préstamos HIPOTECARIOS a 30 AÑOS, se otorgan del orden del 3% anual, o sea, que son más pobres aún.
– Supongo que, como todo rico, tienes un AUTO por el que estarás pagando un 8 o 10% anual de seguro sobre el precio del vehículo; si te sirve de información,
yo pago sólo $345 dólares por año.
– Y, como evidentemente te sobra el dinero, tú sí puedes efectuar pagos anuales de aproximadamente $ 1.000 PESOS por concepto
de eso que ustedes llaman IMPUESTO AL AUTOMOTOR, mientras que acá nosotros no podemos darnos esos lujos y, cuando mucho, pagamos $15 dólares anuales por el STICKER, sin importar qué modelo de auto manejes. Pero claro, eso es para gente apretada de recursos, que no puede erogar los enormes flujos que ustedes los ARGENTINOS manejan.
– Sacá la cuenta: ¿Quién es el rico, y quién el pobre?
– Por último,
más del 25% de la población económicamente activa en ARGENTINA NO TRABAJA. – Aquí, en cambio, sólo hay un 8% en la misma situación. ¿No te parece que EL VIVIR SIN TRABAJAR es un lujo que sólo los ricos se pueden dar?
– ¡Vamos hermano!, te quedaste en ARGENTINA porque sos RICO. Son los pobres, como yo, los que nos fuimos a probar suerte a otros lados.
– Me contaron también, que a los funcionarios federales, provinciales y municipales, les paga el pueblo un MONTÓN de sueldo. Sin contar coimas, sobreprecios, corrupción, etc. Que también hay Jueces y otros etc., etc., que no pagan impuestos.

– Qué envidia, Juan.
¡¡ESO SÍ QUE ES VIVIR EN LA RIQUEZA!!
– Bueno, Juan, te mando un abrazo y ahí luego me cuentas cómo les va con el nuevo presupuesto y las elecciones presidenciales,
lo que sí es seguro es que les aumentaran más los impuestos. Pero no te preocupes, que la inflación te los va a diluir. Pero bueno, eso es lo de menos, cuando se tiene guita para pagarlos.
Atentamente: Tu pobre amigo inmigrante.

La opresión del Impuesto a las Ganancias en Argentina

julio 23, 2012

Como no ajustan las escalas, se agudiza el peso de Ganancias

Por Ismael Bermúdez

 

Como el Gobierno no actualiza las escalas salariales que se aplican en el impuesto a las Ganancias, los importes que pagan los asalariados, los jubilados y los autónomos están creciendo aceleradamente y lo hacen de manera “espiralizada”. Así los que antes no pagaban o los que estaban alcanzados por una tasa del 9%, ahora sufren un doble impacto: tributan más sobre el excedente del mínimo no imponible y además saltan a una tasa que va del 19%, al 23% o el 27% según los valores.

Cristina Kirchner oficializó hace poco la decisión de no subir este año el mínimo no imponible de Ganancias. Tampoco lo había actualizado en 2009. Y en 2010 y 2011 lo incrementó, pero menos que la inflación real.

A eso se agrega otro elemento calve: desde el año 2000 y con una inflación acumulada de más del 450% , no se actualizan las escalas salariales sobre las que se aplican las alícuotas del impuesto.

Si se actualizaran, la mayoría de esos empleados no estarían alcanzados por el impuesto o sólo pagaría una tasa del 9%. Y si se restablecieran las alícuotas anteriores a la reforma de José Machinea, pagarían apenas el 6%.

En cambio la mayoría está en las escalas que van del 19 al 27%. Según el último informe del Estudio Bein “las alícuotas efectivas de este impuesto se han espiralizado para el conjunto de los trabajadores en relación de dependencia y autónomos.

No sólo cada vez más trabajadores quedan incluidos dentro del impuesto sino que la alícuota promedio es cada vez mayor”.

Así, por ejemplo, un asalariado sin cargas de familia con un sueldo bruto de $ 9.000 ($ 7.470 netos) que en 2001 (con un ingreso real similar al de ahora) no pagaba Ganancias . En 2011 le descontaron el 0,4% de su sueldo y en 2012 pagará 2,7%, según los cálculos del Estudio Bein. Con un sueldo bruto de $ 11.000 ($ 9.130 netos), en 2011 pagó el 2,6% y en 2012 trepará al 6,2%. Como se ve, hay un fuerte salto en el impuesto por pasar a una escala superior, con un alícuota mayor (ver infografía).

El informe concluye que “este incremento de las alícuotas permitió que el Fisco se apropiara de $ 7 de cada $ 100 de aumento nominal acumulado desde entonces en el salario de bolsillo en el primer caso y de casi $ 17 en el segundo”.

Esta apropiación no se produce porque el trabajador o el autónomo ganaron más en términos reales, sino por haber congelado las escalas en los valores que los dejó el gobierno de la Alianza en 2001.

Sobre la falta de actualización del tope salarial para cobrar las asignación familiar, en la última edición de su informe el estudio Bein confirma lo que viene informando Clarín desde hace meses: “Mientras en 2005 el 76% de los trabajadores en relación de dependencia percibía asignaciones familiares, hoy este porcentaje se reduce al 44%, de los cuales menos de la mitad percibe el haber pleno equivalente a una asignación de $ 270”. Así, en lugar de “universalizar” las asignaciones familiares, el Gobierno las fue achicando y recortando para los asalariados formales.
Fuente: Clarín, 23/07/12.

Argentina: Amparo contra el Impuesto a las Ganancias

junio 30, 2012

Primer amparo para no pagar el Impuesto a las Ganancias

 

No fue un camionero, ni un miembro de un sindicato aliado a la CGT, fue un policía retirado . La Cámara Federal de la Seguridad Social recibió el primer amparo contra el pago del Impuesto a las Ganancias por parte de un oficial retirado de la Policía Federal que percibe haberes previsionales. La medida, presentada por Carlos Hugo Reina, apunta a la “inconstitucionalidad” de la ley de Impuesto a las Ganancias en tanto afecta a sus ingresos, que percibe a través de la Caja de Retiro, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina y la Administración Federal de Ingresos públicos (AFIP). La demanda, patrocinada por los abogados Alberto Víctor Giampetruzzi y José Ferrucci, sostiene que “con este impuesto se está afectando el derecho de propiedad del personal policial retirado”.

Este amparo se da en el medio de la puja entre la CGT de Hugo Moyano y el Ejecutivo Nacional por la continuidad o no del gravamen. La Presidenta ya dio indicios de que no ejecutará ningún tipo de resolución sobre el tema. Moyano llegó a poner a disposición su continuidad en la CGT, si Cristina elimina el impuesto, uno de sus pedidos, además de las asignaciones familiares y los fondos de las Obras sociales. El amparo presentado por el ex policía incluye el pedido de una medida cautelar que establezca “la suspensión de las normas impugnadas, habida cuenta que su aplicación inmediata genera graves e irreparables daños patrimoniales” al peticionante.

“El retiro del personal policial no puede ser considerado una ganancia, sino el cumplimiento del débito que tiene la sociedad hacia el personal retirado que fue protagonista del progreso social en su ámbito y en su época. Esa prestación de naturaleza previsional no puede ser pasible de ningún tipo de imposición tributaria”, sostiene el escrito, de unas 30 páginas. “El salario no es ganancia”, suele decir Moyano, Reina se lo encomendó a sus abogados.

“Permitir que las jubilaciones tributen el impuesto desvirtúa todos los principios de imposición en que se sustenta nuestro sistema tributario y que están consagrados en nuestra Constitución Nacional”, resume el documento presentado ante la Justicia.
Fuente: Clarín, 30/06/12.

El Impuesto a las Ganancias es un Robo

junio 22, 2012

Desde 2001, el descuento por Ganancias se multiplicó por siete

Por Ismael Bermúdez

Hoy un trabajador soltero y sin hijos que gana 10.000 pesos y tiene el mismo poder adquisitivo o sueldo equivalente que en 2001, por el impuesto a las Ganancias tiene una poda en su ingreso del 7,62%. En 2001 —11 años atrás—le descontaban el 1,12%.

Las cifras, elaboradas por el IARAF (Instituto Argentina de Responsabilidad Fiscal) marcan “el notable incremento de las tasas efectivas de este impuesto que han experimentado tanto los trabajadores dependientes como independientes desde 2001 a 2012”, señala el estudio. En este ejemplo, el peso de Ganancias se multiplicó por casi 7.

Y equivale a que el trabajador pierda de cobrar casi un aguinaldo entero ($ 9.910 de impuesto). A mayor salario, la pérdida salarial es mayor y ya un sueldo de $ 12.000 pierde de cobrar casi un aguinaldo y medio.

Lo que pasó es que durante todos estos años el Gobierno aumentó el mínimo no imponible y demás deducciones menos que la inflación o la suba de los salarios . Y directamente no ajustó las escalas salariales sobre las que se aplican las alícuotas que se mantienen en los mismos niveles que en 2000, durante la gestión de Fernando De la Rua- José Luis Machinea.

Por esa razón, los trabajadores sin cargas de familia que, después de los descuentos de jubilación y salud, ganan más de $ 5.789 están alcanzados por Ganancias.

Según el nivel salarial Ganancias puede representar una pérdida salarial de 2, 5, 8, 10 por ciento del sueldo y hasta más. En esa situación se encuentran casi 2 millones de trabajadores en relación de dependencia, como operarios petroleros, de la siderurgia, docentes, camioneros, bancarios, de luz y fuerza y tantos otros gremios y hasta 200.000 jubilados. En cambio, la renta financiera sigue exenta.

Además, con cada aumento de los salarios, si no se eleva ese piso salarial a partir del cual se paga Ganancias, el impuesto aumenta y de manera creciente. Y en lugar de un 5 por ciento, el descuento salta al 8%, al 10% y así cada vez más.

A eso se agrega que siguen congeladas –hace 12 años– las escalas sobre las que se calcula el impuesto. Entonces, en lugar de que le retengan una alícuota baja, del 9 por ciento, el trabajador tributa una alícuota del impuesto más alta –del 14, 19 o 23%– y que rápidamente puede llegar al 35%.

También por eso muchos trabajadores no quieren hacer horas extras porque, en ese caso, una parte del mayor ingreso de ese mayor esfuerzo se lo lleva el impuesto.

Si el Gobierno hubiera ajustado por la inflación o la evolución de los salarios, el piso de Ganancias debería ser de $ 9.500 y las escalas serían más amplias (el primer nivel, con la alícuota del 9%, en lugar de llegar hasta $ 10.000 debería subir hasta $ 45.000). De ese modo estarían alcanzados por este impuesto, no casi dos millones de trabajadores, sino unos 300.000 empleados, quienes, además, pagarían mucho menos.

En el pasado, Ganancias alcanzaba al personal jerárquico. Ahora por este procedimiento de no ajustar por inflación, pagan hasta maestros y operarios simples.

La suba del mínimo no imponible no implica que el Gobierno tenga un “alto costo fiscal” o “subsidie” a los empleados de sueldos medios o altos. Simplemente evitaría que la AFIP siga captando una parte mayor del ingreso nominal de trabajador por el simple expediente de no ajustar los valores por la inflación de cada período.

Se calcula que por no ajustar el “mínimo”, el Gobierno se quedaría este año con unos $ 3.500 millones que debería haber ingresado en las familias de los trabajadores. Además, por no actualizar el tope salarial que da derecho a cobrar las asignaciones familiares, el Gobierno se queda con otros $ 1.800 millones que también deberían haber sido percibidos por familias trabajadoras.

Otro tema que sigue pendiente es la equiparación del mínimo no imponible y demás deducciones de los autónomos con los valores que tienen los empleados en relación de dependencia. A igual ingreso nominal que un asalariado, el autónomo paga mucho más.
Fuente: Clarín, 22/06/12.

« Página anteriorPágina siguiente »