El 13 de abril de 2015, el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3, en voto dividido, condenó al Sr. Oscar Ciriaco COLOMBO FLEITAS a un (1) año y seis (6) meses de prisión en suspenso, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de lavado de activos previsto y reprimido en el artículo 303, inciso 3°, del Código Penal de la Nación (en adelante, CPN). Asimismo, se le decomisó el producto del delito.
Hechos
El 6 de junio de 2014, el Sr. COLOMBO FLEITAS intentó extraer del territorio argentino la suma de dólares estadounidenses ciento veintidós mil (US$122.000), ocultos y no declarados, al pretender embarcar desde la terminal fluvial de Buquebús con destino a la ciudad de Montevideo, Uruguay. Las divisas fueron detectadas durante un control rutinario, en donde pudo constatarse la existencia de varios bultos dentro de la ropa de la persona mencionada.
Voto mayoritario
Los Dres. Luis Gustavo LOSADA y Karina Rosario PERILLI, al condenar al Sr. COLOMBO FLEITAS, concluyeron que el dinero secuestrado en poder del imputado resultó proveniente de un “ilícito penal”, según surge del artículo 303 del CPN, incorporado por la Ley N° 26.683. Antes del dictado de esta ley, el artículo 278 del CPN (texto según la Ley N° 25.246) requería que los bienes provinieran de un “delito”.
Partiendo de este ilícito penal, los jueces nombrados entendieron que “priva en la valoración de la prueba la sana crítica racional”, la que “se extiende tanto al ilícito o delito precedente como a la conducta típica de lavado de activos”. Continúan diciendo que “una pauta concreta de valoración del delito o ilícito penal antecedente la brinda el art. 9 de la Convención de Varsovia, cuando establece que la condena previa o simultánea del delito precedente no representa un prerrequisito para condenar el blanqueo de dinero”.
Entonces, partiendo de “la existencia de determinadas pautas relacionadas con la sana crítica racional”, los Dres. LOSADA y PERILLI fijaron el siguiente “estándar mínimo a partir del cual puede darse por probado el ilícito penal antecedente”, a saber: “a) La moneda y cantidad de dinero en tanto cuanto mayor sea la cantidad de dinero secuestrada, más fuerte será la presunción sobre su origen delictivo […]. b) Las circunstancias propias del imputado en función de su edad, instrucción, patrimonio, situación familiar, actividad económica. c) Situaciones irrazonables en orden a la recepción del dinero a partir de los dichos del imputado […]. d) La vinculación del imputado con actividades delictivas capaces de generar beneficios económicos”. Al respecto, concluyeron que, en el caso de marras, “las respuestas a cada una de tales pautas alcanzan para tener por acreditado razonablemente el origen ilícito de las sumas de dinero que fueran secuestradas”.
Agregaron los mencionados jueces que “la norma del art. 303 apartado 3° del CP no requiere el conocimiento de todos los detalles y pormenores del delito o ilícito penal del cual proceden los bienes sino, como mínimo, la sospecha de su procedencia ilícita (dolo eventual) […]. En el asunto de que se trata, no existe prueba directa del ilícito penal precedente y, en su consecuencia, la acreditación razonable del mismo debe ser probada por indicios y presunciones sujetos también a la sana crítica racional […]. No es menester para acreditar tal elemento normativo la existencia de una condena judicial firme o siquiera un proceso legal en curso sino la acreditación razonable de una actividad ilícita con categoría de delito o infracción de naturaleza penal con capacidad para poner en riesgo el bien jurídico del citado art. 303 del CP. En ese sentido, el Tribunal debe tener por acreditado, en su caso, que los bienes objetos del caso proceden de hechos susceptibles de ser calificados como ilícitos penales, cualesquiera éstos sean, en función de los datos disponibles”.
Finalmente, los Dres. LOSADA y PERILLI manifestaron que, “en orden a la acción típica del art. 303 apartado 3 del CP -recibir bienes (ajenos) con el fin de ponerlos en circulación en una operación que le dé apariencia posible de un origen lícito- resulta plenamente acreditada respecto al imputado en las circunstancias del hallazgo en su poder de las sumas aludidas (lo que naturalmente importa tener por probada su anterior recepción). Por lo ya dicho, el delito se consuma al recibir el dinero con el ingrediente subjetivo de poner posteriormente en circulación en el mercado de cualquier modo (art. 303 apartado 1 del CP). Dicha norma exige que la acción (recepción del dinero) deba ser emprendida con la voluntad expresa de poner en circulación el bien en el mercado, es decir, con una concurrencia o motivación subjetiva que va más allá de la conducta típica externa […].En suma, se califica el hecho por el cual mediara requerimiento de elevación a juicio respecto al nombrado COLOMBO FLEITAS como constitutivo del delito consumado de recepción de dinero proveniente de un ilícito penal con la finalidad posterior de su puesta en circulación en el respectivo mercado, en calidad de autor (arts. 303 apartados 3 y 1, 42 y 45 del CP)”.
Disidencia
El Dr. Luis A. INAS entendió que el Sr. COLOMBO FLEITAS debía ser absuelto, toda vez que “la orfandad probatoria torna indemostrable la acción típica, el dolo y el delito precedente donde presuntamente se originan los fondos, como así tampoco la finalidad descripta por el tipo atenuado del inc. 3, en función del inc. 1 del art. 303 del CP”.
Para así decidir, manifestó que la técnica legislativa empleada en el artículo 303, inciso 3°, del CPN “para describir la conducta típica, permite inferir que el dolo eventual es inadmisible en la figura. Conforme este enfoque […] la absolución de Colombo Fleitas se fundamenta por el andarivel de la atipicidad. El intento del imputado de egresar del territorio nacional transportando la suma de dólares estadounidenses ciento veintidós mil (U$S 122.000), ocultos y no declarados, sólo demuestra objetivamente una tenencia exteriorizada de moneda extrajera y un claro objetivo de burlar las funciones de control que ejerce el servicio aduanero […]. Esta situación fáctica, que fue la única materia de análisis en el presente debate, no configura el hecho punible de lavado de activos como hipótesis subsumible en tipo penal descrito en el art. 303 in. 3 del CP”.
Asimismo, el mencionado juez expresó que, en el Derecho Penal, “la mala fe no se presume” y que, en los delitos dolosos (como el lavado de activos), “es elemento subjetivo de la tipicidad que debe razonablemente demostrarse”. También, agrega que “el hecho objetivo de la tenencia y transporte de moneda estadounidense, en un monto significativo, aún en épocas de restricción cambiaria, no pueden ser tomados como indicios inequívocos de que su procedencia se origina en un ilícito penal como requiere la tipificación normativa”.
Por último, el Dr. INAS concluyó que, en este caso, “no se practicaron averiguaciones que condujeran a pruebas sólidas y demostrativas del hecho investigado y de la participación penalmente responsable del imputado. Los elementos de convicción son totalmente insuficientes para fundar una sentencia condenatoria. Antes bien, y a lo sumo, se puede erigir la duda sobre el origen de las divisas secuestradas en poder del imputado pues no existen ni indicios de que provengan de la comisión de un ilícito penal […]. Tampoco el método de ocultamiento utilizado al intentar egresar del país, puede ser tomado seriamente como un elemento indicador unívoco por el que podrá transitarse para una conclusión de certeza tanto sobre el origen del dinero como del dolo y la ultra intención requerida en la figura. Por el mismo camino de indicios puede conducirse a conclusiones diversas. La debilidad de tal procedimiento deductivo fortalece la duda que habrá de computarse a favor del procesado (art. 3 del CPPN). En esta etapa del contradictorio la falta de certeza sobre extremos esenciales, conduce inexorablemente a la absolución”.
En América Latina este acto de corrupción representa un 7 % del Producto Interno Bruto para la región.
Por Víktor Rodríguez.
Los controles de cambios de monedas, los sobornos y el crimen organizado son solo algunos de los factores que propician el lavado de dinero, particularmente, en la región de América Latina.
De acuerdo con un informe de la compañía LexisNexis Risk Solutions, empresa dedicada a soluciones para la gestión de riesgo, cumplimiento y prevención de lavado de dinero, este mal representa un 7 % del Producto Interno Bruto de la zona (400 mil millones de dólares al año).
En específico, la empresa detalla cinco causas principales que redundan en este mal que ataca tanto a empresas públicas como privadas.
♦ Carlos García-Pavia, director de soluciones, prevención de Lavado de Dinero de la empresa, precisó que, en primer lugar, el problema del lavado de dinero responde a la “crisis financiera a nivel mundial”.
“La recesión a partir del 2008 es parte del problema. Los fondos son más restringidos, los trabajos son más escasos y a causa de esto, algunas personas recurren a otros medios (economía informal, actividades ilegales, lavado de dinero) para poder llevar recursos a sus casas”, precisó García-Pavia.
♦ En segundo lugar, señaló los “controles de divisas y la demanda del dólar”, como otro elemento clave en el lavado de dinero. En ese apartado, García-Pavia apuntó que los “controles en el cambio de divisas impuestos por algunos gobiernos de la región, resultan en un mayor uso de efectivo en transacciones financieras, por lo tanto favoreciendo los esquemas de lavado de dinero basado en el intercambio de efectivo en la economía informal”.
♦ El crimen organizado, por su parte, fue el tercer elemento identificado por el experto, pues, según dijo,
“Latinoamérica ha sufrido un incremento en los altos índices de violencia y actividades criminales relacionadas con la delincuencia organizada”.
♦ Finalmente, García-Pavia señaló como el quinto elemento, pero no menos importante, la corrupción.
“El pago de sobornos a funcionarios públicos y personas con posiciones de poder en la iniciativa privada pasa desapercibido para las instituciones financieras debido a prácticas inadecuadas de conocimiento del cliente, lo cual impide establecer los controles de monitoreo de flujos financieros necesarios para esos individuos”, precisó.
Señaló, por ejemplo, que en México la corrupción gubernamental costó al país más de $20 mil millones en el 2014, el equivalente a 15 % de la inversión en el sector público ese año, derivando en un avance de 10 % en el índice de percepción de la corrupción en México que resultó en una pérdida del 2 % del PIB.
“Esto representó en 2014 una pérdida de $22 mil millones de dólares del PIB de México; dinero que bien pudo haber propulsado el crecimiento económico del país de haber sido integrado a la economía”, dijo.
Ante estos vectores del lavado de dinero, la Asociación de Especialistas Certificados en la Prevención de Lavado de Dinero (ACAMS, por sus siglas en Ingles) reaccionó aduciendo que con motivo de propiciar un descenso de estas prácticas, la entidad procura fomentar la educación, el intercambio de información y el conocimiento de las mejores prácticas para la prevención de este delito financiero.
“Profesionales en las áreas de Riesgo, Ética y Cumplimiento normativo en todos los segmentos de la industria encuentran en ACAMS (www.acams.org) un sólido apoyo para el adecuado manejo de sus programas de prevención de riesgo y cumplimiento”, declaró la ACAMS.
Bonadio, sobre Hotesur: «Esta investigación no está cerrada»
El juez desplazado de la causa de los hoteles de los Kirchner dijo que “es muy difícil investigar a un presidente en cualquier lugar del mundo».
«Es muy difícil investigar a un presidente en cualquier lugar del mundo», señaló Claudio Bonadio, el desplazado juez de la causa en la que está involucrada Cristina Kirchner, sus hijos Máximo y Florencia y el empresario Lázaro Báez.
CFK y bolsa de dinero
El apartado juez federal de la causa Hotesur aseguró en el programa “Código Político” que la investigación por la causa «no está cerrada». En este caso, se investiga a la presidenta Cristina Kirchner y su familia por presunto lavado de dinero en sus emprendimientos hoteleros en el sur del país.
El magistrado recordó además que «hay más involucrados» en la causa.
Bonadio, que fue desplazado por decisión de la Sala I de la Cámara Federal porteña, explicó que «los indicios (de la causa Hotesur) indican poco separados, pero sí en conjunto», y remarcó que por eso ordenó una pericia contable, para «comprobar los extremos de la denuncia».
Los negocios hoteleros de la familia presidencial con el empresario Lázaro Báez provocaron la apertura de por lo menos tres procesos penales en los últimos dos años. El más conocido es el que instruía el juez federal Claudio Bonadio hasta este jueves. Sin embargo, es en otra de esas causas en la que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó, sin levantar ruido, tramos sustanciales de la operatoria hoy bajo sospecha.
Bonadio investigaba los supuestos delitos cometidos por los Kirchner como accionistas de la sociedad Hotesur -controlante del hotel Alto Calafate-, así como las eventuales responsabilidades penales de las autoridades de la Inspección General de Justicia (IGJ), el organismo que debía controlar que esa firma cumpliera con los requisitos legales. Pero el requerimiento de instrucción del fiscal de la causa, Carlos Stornelli, consideró que la pesquisa debía abarcar también las presuntas maniobras de lavado.
Estas maniobras, por montos millonarios, podrían haberse desarrollado en el Alto Calafate y otros dos hoteles de los Kirchner: Los Sauces y Las Dunas.
¿Cómo era esa operatoria? Según reveló LA NACION entre diciembre de 2013 y principios de 2014, ocho empresas de Báez y otra más del financista Ernesto Clarens alquilaron cientos de habitaciones por mes en los hoteles de los Kirchner sin utilizar esas reservas, por millones de pesos.
Técnicos de la AFIP confirmaron el grueso de esa operatoria -aunque no todo- en tres informes que debieron presentar en otra causa que también se concentró en Hotesur, pero en el Juzgado en lo Penal Tributario de Javier López Biscayart.
En ese expediente, que se inició un año antes que la causa de Bonadio, los expertos de la AFIP presentaron tres informes -uno de avance, otro complementario y el final-, basados en la contabilidad de las empresas de Báez. Es decir, analizaron la verdad «formal» -si lo declarado estaba en regla con los tributos-, pero no «material» de la operatoria.
Pese a eso, desde la AFIP confirmaron varios puntos. El primero, que entre los Kirchner y Báez intermedió la firma gerenciadora Valle Mitre, que en los papeles se vincula al empresario. El segundo, que siete de sus empresas firmaron convenios: La Estación SA, Don Francisco SA, Kank y Costilla, Loscalzo y del Curto Construcciones, Alucom Austral, Badial y Austral Construcciones.
Sin embargo, algunas de esas empresas, según la AFIP, no alquilaron habitaciones de hotel, sino que sellaron otro tipo de acuerdos, como Alucom, para la prestación de supuestos «servicios de asesoramiento» para «promoción y marketing» o la constructora Badial, para desarrollar un presunto «emprendimiento hotelero», que no especificó. O Austral Construcciones, que firmó un contrato para «el desarrollo de un complejo turístico» sin precisar cuál.
Otros convenios sí dijo que se ciñeron a las habitaciones del hotel. Como los firmados por las constructoras Loscalzo y del Curto, y Kank y Costilla, con 16 y 20 habitaciones por mes. O las estaciones de servicio La Estación y Don Francisco, ambas de Río Gallegos -a 300 kilómetros de El Calafate-, para usar un salón del hotel durante seis días al mes durante un período de cinco meses, «espacios comunes» y cuatro habitaciones por mes.
Por último, destacó López Biscayart al derivar copias de su expediente al fuero federal, «hay un contrato suscripto con Austral Construcciones el 27 de agosto de 2009 que se relaciona con la prestación de servicios de consultoría integral en materia hotelera y gastronómica, pero que, además, prevé la posibilidad de que se solicite al consultor -Valle Mitre SA- «la utilización de un máximo de 500 noches de hotel por parte de los empleados y/o sujetos designados por el cliente, en los establecimientos hoteleros gerenciados y/o de propiedad de la consultora»».
El propio López Biscayart aclaró, no obstante, que «en ese convenio no se deja constancia de que Valle Mitre SA detenta la titularidad de la explotación del hotel Alto Calafate y si bien incluye la provisión de habitaciones en hoteles gerenciados por la firma, no se menciona expresamente la utilización del hotel Alto Calafate». Es decir, que esas reservas podrían darse en los otros establecimientos de los Kirchner que operaba la gerenciadora, ya fuera Las Dunas o Los Sauces.
Según los técnicos de la AFIP, las siete empresas de Báez «que contrataron los servicios de Valle Mitre SA estarían adeudando intereses resarcitorios y además deberán aplicarse las multas correspondientes por no practicar las retenciones» por los impuestos.
Desde la AFIP determinaron entonces ajustes en el impuesto a las ganancias por más de $ 190.000 entre 2010 y 2011, y le impugnaron créditos fiscales por $ 570.000 durante ese mismo período, que el grupo Báez protestó, pero al final optó por pagar.
Sin embargo, sin opción de avanzar por la vía tributaria porque ninguna empresa superaba el umbral legal de los $ 400.000, López Biscayart cerró ese expediente. Pero el 27 de mayo pasado derivó las copias al fuero federal, donde por sorteo se giró al juez Sergio Torres y al fiscal Carlos Rívolo, que ahora evalúan los pasos por seguir. Por ejemplo, sobre otra operatoria cuestionada: el ingreso de $ 254 millones en las cuentas de Austral Construcciones provenientes de dos sociedades que en Curazao figuran como disueltas.
Tanto en esta tercera e incipiente pesquisa como en la que instruyó Bonadio y ahora quedó en las manos de su colega Daniel Rafecas el desafío es cruzar el análisis técnico formal con lo que pasó en realidad, según indicó a LA NACION un experto con décadas de investigaciones judiciales sobre sus espaldas.
«En definitiva, si no se investiga más allá de la formalidad de los papeles es como que [desde la AFIP] sólo vieron desde que estaba facturado y declarado. De ese modo, podría avalarse una factura que diga que se vendió el Obelisco: la factura está bien [cumple con los requisitos formales, se hicieron las retenciones, etcétera] y se constata que se pagó… pero es una estupidez lo que dice [que se vendió el Obelisco]. Ahí está el tema.»
Incierto destino de los registros contables de la familia Kirchner
Por Hernán Cappiello.
La clave del futuro del caso Hotesur, en el que se investiga por lavado de dinero a las empresas hoteleras de la familia presidencial, pasa por lo que sucederá con la documentación contable y los registros informáticos de las firmas secuestrados en el expediente por el juez Claudio Bonadio.
Como la Sala I de la Cámara Federal declaró nulo parte del caso Hotesur, ahora hay que determinar si esa medida alcanza a los registros contables.
Si el decomiso de esas pruebas se declara nulo, deberían devolverse esos libros contables a los Kirchner. Si el procedimiento es válido, seguirán siendo prueba válida que debe analizar el juez que en definitiva quede a cargo del proceso.
Para que precise hasta dónde se extiende la nulidad, una cuestión delicada en esta causa, el fiscal de Cámara Germán Moldes le envió ayer un oficio a la Sala I de la Cámara Federal.
Los camaristas de ese tribunal Edurdo Freiler y Jorge Ballestero decidieron declarar nulo el decreto de Bonadio por el cual convocó a peritos oficiales para que lo asesoren para armar las preguntas del peritaje contable que estaba preparando para el caso Hotesur. Argumentaron, en la línea de la defensa de Hotesur, que al no darle oportunidad de poner peritos de parte para esa tarea de asesoramiento se vulneró su defensa.
Los camaristas Freiler y Ballestero dijeron que declaraban nulo ese decreto de Bonadio «y todos los actos que son su consecuencia». En el alcance de esta fórmula, radica el misterio sobre el futuro del caso Hotesur.
Si, por ejemplo, al convocar a estos peritos, Bonadio escribió en el expediente que era para analizar los documentos de la empresa hotelera, es posible que el efecto de la nulidad alcance a los papeles y, por lo tanto, al operativo mediante el cual fueron secuestrados.
El fiscal de Cámara Moldes y la diputada nacional Margarita Stolbizer son los únicos que pueden apelar la decisión de la Cámara Federal de apartar a Bonadio. Stolbizer, como querellante, ya apeló ayer. El fiscal Moldes, en representación de los intereses de la sociedad, es el otro facultado a hacerlo. Ayer Moldes les pidió a los camaristas que precisen el alcance de la nulidad porque de ello, dijo, dependerá si apela o no el apartamiento del juez.
Esto es así porque las nulidades sólo se pueden apelar si sus consecuencias implican situaciones equiparables a una sentencia definitiva o a una situación irrepetible. Por ejemplo, si la nulidad alcanza al procedimiento mediante el cual se secuestraron los documentos de Hotesur, no se puede repetir, pues hay un riesgo actual y concreto de que los papeles cambien de lugar y sean inaccesibles o desaparezcan. Por eso, la principal dificultad para apelar el apartamiento de Bonadio radica en que el recurso sea admisible. Moldes apelará si es que la nulidad tiene este alcance. Es decir, si el tribunal interpreta que se deben devolver los papeles a los Kirchner y con ello se afectan actos irreproducibles con los cuales se frenaría o desviaría la investigación.
El fiscal firmó ayer su escrito, en el que pidió una aclaratoria de la nulidad. Moldes se fue del país y regresará el 3 de agosto, cuando se retome la actividad en tribunales. Pero los plazos procesales le dan diez días hábiles para apelar el apartamiento de Bonadio. Vence el 14 de agosto.
Para que la apelación de Moldes prospere debe ser sostenida por el fiscal ante la Cámara de Casación Penal. La causa está radicada en la Fiscalía N° 1 ante ese tribunal, que está vacante. Por eso la procuradora Alejandra Gils Carbó, alineada con el kirchnerismo, designará a un suplente. Si el suplente no sostiene el recurso, el intento de apelación quedará desierto.
La apelación de Stolbizer depende sólo de ella. Pero Stolbizer es pretensa querellante, con lo que le alcanza para llegar con el recurso ante Casación, pero no se garantiza que sea admitido. Casación debe decidir primero si la reconoce como querellante. Un obstáculo grande para sortear. Y luego, si le da la razón.
Los jueces de Casación que intervendrán para decidir si reponen a Bonadio son los de la Sala I del tribunal, integrada por flamantes conjueces designados por el Consejo de la Magistratura, según la nueva ley de subrogancias. Son Claudio Vázquez, Roberto Boico y Norberto Frontini, de cercanía con el kirchnerismo.
Los detalles de la investigación sobre la sociedad anónima a travé de la cual la familia Kirchner controla el hotel Alto Calafate; se los acusa por supuesto lavado de dinero.
La causa Hotesur se encuentra hoy, más que nunca, en el centro de las miradas. El juez federal que estaba a cargo de la investigación, Claudio Bonadio, fue apartado por decisión de la Cámara Federal, a raíz del pedido de la sobrina de Cristina Kirchner, Romina Mercado, actual presidenta y directora titular del directorio de Hotesur. Junto a la Presidenta, la mujer se encuentra investigada en la Justicia por supuesto lavado de dinero.
El llamado «caso Hotesur» empezó a ser investigado judicialmente el año pasado a raíz de una denuncia penal que radicó en noviembre la diputada Margarita Stolbizer contra la Presidenta, por supuestas irregularidades fiscales y societarias a través de la sociedad Hotesur S.A., que maneja el Hotel Alto Calafate. El caso recayó en el juzgado de Bonadio que empezó a investigar las supuestas anomalías registrales.
La Presidenta es accionista de Hotesur. En diciembre, desplazó a tres figuras que la vinculaban con el polémico empresario Lázaro Báez y al consejero inmobiliario de su marido, al tiempo que sumó a toda su familia al negocio hotelero en El Calafate. Además, la sociedad, eje de una investigación judicial, empezó a brindar un nuevo domicilio.
En los registros internos de la Inspección General de Justicio figuraba que Hotesur adeudaba sus balances correspondientes a 2011 y 2012, en tanto que la última designación de directorio correspondía a una asamblea celebrada en noviembre de 2008.
El hotel de lujo Alto Calafate es el que utilizó el empresario allegado a los Kirchner, Lázaro Báez, también investigado, para una maniobra de alquiler de habitaciones. El empresario patagónico firmó acuerdos confidenciales y retroactivos con los que garantizó el pago de 935 plazas por mes, durante 2010 y 2011, sin importar si sus empleados usaban esas reservas o no, ni si se trataba de temporada alta o baja.
Hotesur fue adquirida en 2008 por Néstor Kirchner, cuando renunció el directorio anterior y asumió otro conformado por una sobrina -la fiscal Romina Mercado, hija de la ministra de Desarrollo Social, Alicia Kirchner- y un socio del ex presidente en la inmobiliaria, Osvaldo Sanfelice, además de Adrián Berni -el máximo ejecutivo de Lázaro Báez en Valle Mitre- y otros hombres del entorno compartido por ambos.
En junio de este año, Stolbizer se presentó como querellante ante Bonadio y amplió ante el juez el pedido de investigación sobre el patrimonio de la Presidenta. En el escrito presentado hizo referencia a las declaraciones juradas de Cristina Kirchner en las que supuestamente se registraba una serie de irregularidades que fueron enumeradas por la diputada, mediante el cotejo de las diversas presentaciones efectuadas en la Oficina Anticorrupción y en la AFIP desde el año 2010.
Días atrás, un grupo de funcionarios judiciales, enviados desde Buenos Aires por el juez Bonadio, allanó el juzgado federal de Río Gallegos para buscar documentos sensibles vinculados con los negocios familiares de los Kirchner. La jueza local, que no tenía muchas alternativas, cumplió con el encargo. Fue así como los policías se presentaron en la inmobiliaria de Máximo Kirchner, en Río Gallegos, a reclamar la documentación. El hijo de la Presidenta no estaba, pero los empleados cumplieron con los pedidos. Ellos tampoco tenían chances de negarse: si no entregaban los papeles, las autoridades estaban habilitadas para allanar y llevárselos por la fuerza.
LA CAUSA QUE MÁS INQUIETA AL PODER
El caso
Bonadio investiga supuestas irregularidades societarias y un presunto lavado de dinero entre los hoteles de los Kirchner y empresas de Lázaro Báez, que les pagó por habitaciones que no usó
Los investigados
El caso apunta contra la Presidenta, Máximo Kirchner y otros miembros de su entorno más cercano. También contra Báez.
Lanata mostró un informe que revela la trama de negocios del socio de Máximo Kirchner
Sospechas de corrupción: Se trata del empresario Osvaldo Sanfelice que tiene en Santa Cruz una inmobiliaria con el hijo de la Presidenta.
PPT. Jorge Lanata puso al aire un informe que reveló los negocios inmobiliarios entre Osvaldo Sanfelice y el hijo de la Presidenta. /Diego Waldmann
CFK y bolsa de dinero
Es una pieza fundamental en la arquitectura financiera de la familia Kirchner, supo cuidar el bajo perfil y hoy es dueño de una importante fortuna. Periodismo para Todos mostró ayer quién es Osvaldo “Bochi” Sanfelice, el socio de Máximo Kirchner, el hijo de la Presidenta que encabezará la lista de diputados nacionales por Santa Cruz.
En Puerto Deseado, donde nació, aseguran que se fue sin nada. En Río Gallegos, donde ejerció la función pública, lo recuerdan como “la cara visible en la parte empresaria de los Kirchner”. En Bariloche, donde afirman que vive desde hace un tiempo, lo conocen por haberse quedado con tierras mapuches.
Mirá el informe completo
“Sanfelice estaba en la primera línea de Ejecutivos o funcionarios que integraban su círculo íntimo. Era su presencia la que estaba diciendo acá está Néstor Kirchner”, definió Horacio Quiroga, ex director de las petroleras Epsur y Misahar, propiedad del empresario kirchnerista, Lázaro Báez. Para la dirigente de la Coalición Cívica, Mariana Zuvic, Sanfelice es hoy el nexo en los negocios de “Cristina Kirchner y Cristóbal López”, titular del Grupo Indalo.
Es que Sanfelice no sólo se dedica al negocio inmobiliario en su sociedad con Máximo y Carlo Sancho, ex gobernador de la provincia de Santa Cruz. También es empleado en tres empresas paradigmáticas: Idea SA, Alcalis de la Patagonia SA y Negocios Patagónicos SA.
Idea SA, es la firma que administra varios de los hoteles de la Presidenta y la hostería El Retorno en Bariloche, propiedad de Cristóbal López. En esta firma es en la que Sanfelice figuraba como director hasta hace muy poco y ahora lo hacen Sancho y su esposa, María José Fernández Clark. Pero el vínculo de Sanfelice con el zar del juego no termina en Idea.
Alcalis de la Patagonia, empresa de la que “el Bochi” es empleado, es propiedad de López. Sanfelice trabaja ahí desde 2006 y según contó a PPT el ex vicegobernador de Kirchner, Eduardo Arnold, para cumplir con sus tareas de síndico, el socio de Máximo se trasladaba desde Rio Gallegos hasta San Antonio oeste, en Río Negro, donde está radicada la planta de la compañía, en el avión sanitario de la provincia.
Finalmente, en 2010, Sanfelice se incorporó también a la planta de empleados de Negocios Patagónicos SA con un sueldo de $ 10 mil. Esa firma tiene a su cargo la concesión del estacionamiento del aeropuerto internacional de Río Gallegos y en noviembre de 2014 se presentó ante la Agencia Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) para inscribirse como agencia de publicidad. Y es justamente a través de esta firma que Sanfelice opera una de sus radios en la capital de Santa Cruz, la FM Sol, una emisora que retransmite la programación de radio 10 de Buenos Aires, también propiedad de Cristóbal López.
Según contaron anoche en el programa de Jorge Lanata, periodistas y ex funcionarios, Sanfelice llegó a Río Gallegos cuando Kirchner asumió la intendencia en 1987 y desde entonces comenzó a acumular confianza, poder y dinero. Fue, inclusive, a quien le pidió introducir en los negocios a su hijo mayor, Máximo. Como Kirchner, Sanfelice supo aprovechar las ofertas inmobiliarias y compró dos terrenos fiscales en El Calafate durante la gestión del intendente Méndez. Pagó por ellos lo mismo que el resto de los funcionarios nacionales, $ 7,50 el metro cuadrado.
Hoy Sanfelice es dueño, además, de dos departamentos en Buenos Aires. Uno está sobre Rodríguez Peña y Posadas, en pleno Recoleta y el otro en el tercer piso de un edificio en la calle O’Higgins al 2400, en el barrio de Belgrano. En ese mismo edificio, pero en el cuarto B, funcionan las dos firmas inversoras que Sanfelice creó en 2008 con su esposa, Marta Leiva: Invernepa e Inverlife.
Además, compró más de 30 mil hectáreas a 130 kilómetros de Bariloche a través de la firma Invernepa. Pero esas tierras eran de la comunidad Mapuche y Sanfelice fue denunciado por violar la ley 26.160 que suspendía el desalojo de los pueblos originarios.
El fiscal Marijuán pidió la indagatoria de Lázaro Báez por Lavado de dinero
Requirió al juez Casanello noventa y seis medidas de prueba sobre el empresario K y su hijo.
Lázaro Báez
El fiscal federal Guillermo Marijuan pidió hoy al juez federal Sebastián Casanello que cite a declaración indagatoria al empresario Lázaro Báez, uno de sus hijos y otras seis personas por supuesto lavado de dinero.
La requisitoria pide las convocatorias a declarar como imputados de Lázaro Báez, Martín Báez, Federico Elaska, Leonardo Fariña, Fabián Rossi, Claudio Bustos, y Marcelo Ramos y Jorge Chueco, directivos de la firma Helvetic.
Además, Marijuan planteó al Casanello que disponga la realización de 96 medidas de prueba, algunas en torno a la compra de dos campos, uno en Mendoza y otro en Uruguay, el depósito de 22 millones de dólares en Suiza, y la repatriación de 33 millones de dólares mediante la venta de bonos.
Todo esto surgió a partir de los informes del programa «Periodismo para Todos» de Jorge Lanata.
Secretos de la AFA: Las oscuras rutas del dinero que genera el fútbol
Cobró US$ 7 millones de Traffic entre 2004 y 2011; fueron ingresos ocultos por las Copas América de 2004, 2007 y 2011, al margen del canon oficial; Julio Grondona estuvo al frente de las negociaciones
Por Hugo Alconada Mon y Alejandro Casar González.
Julio Grondona, fallecido presidente de la AFA. Foto: Archivo.
En la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) lo llaman «sobrecachet». Se refieren a los US$ 7 millones que de manera subrepticia cobró entre 2001 y 2011 de la firma brasileña dueña de los derechos hemisféricos de televisación, Traffic International Inc., por llevar a Lionel Messi y al resto de sus grandes estrellas a las Copas América de Perú 2004, Venezuela 2007 y Argentina 2011. Pero eso sí: eran fondos secretos que todas las demás confederaciones de fútbol del continente jamás debían conocer porque cobraban mucho menos, según reconstruyó LA NACION sobre la base de documentos que prueban esos pagos y los testimonios de varios involucrados.
Jorge Hawilla, dueño de Traffic. Foto: LA NACION
El acuerdo hasta ahora desconocido entre la AFA de Julio Grondona y Traffic comenzó en 2001, con el pago de US$ 1,2 millón, y continuó vigente en cada nueva Copa América hasta que la canilla se cortó, recién ahora, a partir de la explosión del FIFA-gate.
La AFA se quedó así sin embolsar otros US$3 millones que el presidente actual, Luis Segura , debía negociar con Datisa, la empresa con sede en Uruguay que conforman Torneos , Full Play y Traffic, a cambio de poner en la cancha a Lionel Messi & compañía. Pero el escándalo mundial lo abortó. «Lo pedí, lo pedí», fue la respuesta de Segura, presidente de la AFA, cada vez que sus pares de comité ejecutivo o de la ya difunta «mesa chica» le reclamaban por el curso de las gestiones.
Así, de manera oficial, la AFA cobró US$ 668.940 de la Conmebol por su participación -más premios- en la Copa América de 2004. Pero de manera silenciosa recibió otro US$ 1,5 millón de Traffic. Por la de 2007, esa misma intermediaria le giró US$ 2,5 millones adicionales a los US$ 1.588.344 de la Conmebol y US$ 92.306 de la Federación Venezolana de Fútbol. Para la Copa América de 2011, organizada en la Argentina, la Conmebol distribuyó US$ 1.494.596, mientras que Traffic cedió otros US$ 601. 214 en concepto de «sponsorización y reintegros de gastos». Y a esa cifra hay que sumarles otros dos ingresos extraordinarios: US$ 3 millones de Traffic como «sobrecachet» y otros US$ 4 millones de la Conmebol para ayudar con la organización del evento.
Socios Sospechosos
Las cifras aparecen en documentos que la propia AFA entregó ante un pedido de la legisladora porteña Graciela Ocaña (Confianza Pública), autora de la denuncia que motivó la investigación de la jueza federal María Servini de Cubría sobre el destino de miles de millones de pesos del Fútbol para Todos . «Le solicité los números a Segura por una nota», cuenta Ocaña. Y agrega: «En 2011, los derechos televisivos de la Copa América (eran de Traffic) los había comprado el Estado, a través del Fútbol para Todos. ¿Por qué la empresa le devuelve entonces US$ 3 millones a la AFA? Pretendo que se los brinde a la Jefatura de Gabinete», postula la ex precandidata a jefa de Gobierno porteño por el frente ECO.
Julio Grondona, fallecido presidente de la AFA. Foto: LA NACION
En la AFA sostienen otra visión. «Argentina y Brasil siempre cobraron aparte del contrato madre entre Conmebol y las federaciones por participar en la Copa América. El dinero recibido por ese concepto varía y depende de la ubicación final en la competencia», aporta una de las fuentes consultadas por LA NACION. «El contrato con Traffic era un cachet extraordinario para jugar con las principales figuras. La AFA no percibe dinero por derechos de TV. «Al preguntar por qué no se blanqueó ante el resto de los países de Conmebol esa ventaja comparativa que tenían Argentina y Brasil, la respuesta es contundente: «Nunca se iban a poner de acuerdo todos los miembros de la confederación. Por eso se hizo a través de Traffic».
La ruta del dinero
Como en el entramado del FIFA-gate, este dinero silencioso para la AFA también pasó por el sistema financiero de los Estados Unidos , lo que puede colocarlo bajo la lupa del Departamento de Justicia de ese país.
El 4 de mayo de 2001, la AFA cobró en su cuenta abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires un giro de US$ 1,2 millones procedente del Standard Chartered Bank de Nueva York que ordenó el presidente de Traffic Sports International Inc. (la empresa con sede en las Islas Vírgenes que tenía los derechos televisivos de la Copa América), José Hawilla , uno de los arrepentidos de la investigación que lleva adelante el FBI contra el fútbol mundial. ¿Motivo de esa transferencia? La participación de Argentina en la Copa América de Colombia que se jugaría ese año.
El seleccionado argentino, sin embargo, no participó en ese torneo, por lo que tres años después, en 2004, la AFA debió devolver el dinero anticipado por Traffic, lo que derivó en un intercambio de notas. Entre otras, la que otro ejecutivo de Traffic Sports International Inc., el CEO Marcelo Milliet, le escribió a Julio Humberto Grondona, el 28 de julio de 2004, y en la que terminó exponiendo el carácter de ese pago. «Hacemos referencia al anticipo de US$ 1,2 millones de la Copa América 2001, así como el valor adicional de US$ 1,5 millones que habíamos comprometido a pagar a la AFA con referencia a la Copa América de 2004.»
Traffic acordó pagarle de «sobrecachet» a la AFA y restado lo que la entidad que lideraba Grondona le adeudaba desde 2001, quedó un saldo a favor de los argentinos por US$ 400.000
En esa misma carta, Milliet detalló también los créditos a favor de la AFA. Indicó que le correspondían US$ 1,5 millón de la Copa América 2004, US$ 100.000 del Preolímpico 2004 y US$ 300.000 del Sudamericano Sub 20 de 2003. Total: US$ 1,9 millones. Y, por su parte, la AFA le debía US$ 1,5 millones a Traffic: aquel US$ 1,2 millón por la Copa América 2001 más otros US$ 300.000 en concepto de intereses.
Así, computado lo que Traffic acordó pagarle de «sobrecachet» a la AFA y restado lo que la entidad que lideraba Grondona le adeudaba desde 2001, quedó un saldo a favor de los argentinos por US$ 400.000, que Traffic giró junto con esa carta, que Milliet concluyó con la siguiente frase: «De acuerdo con los entendimientos habidos con el señor presidente [por Grondona], cúmplenos informar que quedan cancelados los créditos y deudas entre la AFA y Traffic con relación a los eventos sudamericanos de fútbol de selecciones realizados hasta hoy».
Así fue. Apenas dos días después de la carta, la AFA cobró el equivalente en pesos de esos US$ 400.000 ($ 1.177.000 al tipo de cambio entonces vigente) mediante un cheque de Alhec Tours SA, empresa que años más tarde se haría conocida como la «financiera del fútbol», ya que allí solían acudir dirigentes y representantes para cambiar documentos, aunque su vinculación con la pelota provocaría una investigación (escuchas incluidas) del juez federal Norberto Oyarbide , que dictó diez procesamientos, luego fueron anulados por la Cámara Federal, que le quitó la causa y la remitió al juez Julián Ercolini para que la comience de manera más prolija.
Pero los fondos subrepticios de Traffic continuaron. El 24 de enero de 2007, a pocos meses del comienzo de la Copa América organizada por Venezuela, el gerente general de esa firma, José Geraldo de Góes, le escribió a la AFA. En su texto, aludió a una «Carta Acuerdo» firmada entre las partes el 12 de enero de 2001: era el convenio marco de los «sobrecachets» para el fútbol argentino.
A través de esa nota de Góes, Traffic reconfirmó que le abonaría US$ 2,5 millones a la AFA en dos cuotas: US$ 2 millones el 7 de marzo de 2007 y US$ 500.000 el 26 de julio, que se acreditaron al día siguiente provenientes de una cuenta del Delta National Bank en concepto de «asignación por participación». Pesificados, la AFA recibió $ 1.535.000.
Tres años después, y en la previa de la Copa América de 2010, se repitió la historia. El 19 de octubre llegó a la AFA la comunicación de cuánto le correspondería por participar en la Copa América de 2011, que organizaba Argentina, con los mejores jugadores. «Además de los valores referidos en el contrato entre Traffic y Conmebol referente a las Copas de 2007, 2011 y 2015, Traffic pagará específicamente a la AFA US$ 3 millones por la Copa América de Argentina 2011. El pago será hecho en tres cuotas iguales de US$ 1 millón, con fechas de vencimiento el 19 de octubre de 2010, el 28 de enero y el 30 de junio de 2011.
Datisa (la empresa conformada por Torneos, Full Play y Traffic) ya habría pagado US$ 40 millones en coimas por los derechos de las Copas América de 2015 (Chile), 2016 (Estados Unidos, del Centenario), 2019 y 2023. Estaba previsto que abonara US$ 70 millones más
Dicho y hecho. El 2 de noviembre de 2010 ingresaron $ 3.915.000 a la tesorería de la AFA (el equivalente a la primera cuota). El 17 de febrero de 2011 se acreditaron otros $ 3.970.000 (la segunda cuota), Y el 5 de julio, los últimos $ 4.070.000 correspondientes a la tercera cuota.
Estos US$ 3 millones correspondientes a la Copa América de 2011 pueden contar con un valor especial. Podrían ser el supuesto soborno de siete cifras que, según los investigadores del Departamento de Justicia, el «Co-Conspirador #10» (sería Grondona) le pidió a Hawilla. Sin embargo, la ruta del dinero refleja que se trataría de otra suma pactada entre Traffic y la AFA. ¿Por qué? Porque la cifra denunciada por los Estados Unidos la negoció, según la acusación, el entonces CEO de Torneos, Alejandro Burzaco, en representación del «Co-Conspirador #10». Y ese dinero nunca ingresó a la AFA, mientras que los US$ 3 millones que Traffic pagó como sobrecachet sí figuran en los libros contables del fútbol argentino.
En cualquier caso, los sobrepagos continuaron. El 29 de mayo de 2013, el comité ejecutivo de Conmebol sesionó en la paradisíaca isla de Mauricio, sede del congreso de la FIFA. Ese día, el fútbol sudamericano resolvió abonarle US$ 4 millones adicionales a la AFA «por su participación en la organización de la Copa América 2011». El importe debía ser abonado «antes de la Copa América 2015». Documentos internos de la Conmebol muestran que la cifra a favor de la AFA se acreditó el 2 de enero de 2014.
Foto: Archivo
La matriz continental
Pero si el «sobrecachet» ya era casi una tradición, el negocio de las transmisiones televisivas de la Copa América se reconfiguró en 2013, cuando nació «Datisa», una empresa creada y distribuida por tercios entre Traffic, Torneos y Full Play, de los argentinos Hugo y Mariano Jinkis (ayer quedaron detenidos por Interpol tras presentarse ante el juez Claudio Bonadio ,ver página 13 de la Deportiva). A partir de ese momento, los derechos para cada país pasaron a distribuirse de acuerdo con la «experiencia» de cada socio en los diferentes mercados. Así, por ejemplo, en la Argentina Torneos se encargó de negociar la venta de los derechos con la Jefatura de Gabinete (como promotora del Fútbol Para Todos) y con DirecTV. Y en Chile, un informe del Centro de Investigación Periodística (Ciper) estableció que el canal 13 de ese país le pagó US$ 2,5 millones a Full Play por los derechos de la Copa América de 2011. Cuatro años después, el importe subió a US$ 12 millones. «Ahora, en perspectiva, nos damos cuenta por qué esta Copa América fue tan cara. Tenían que pagar millones de dólares en coimas», cuenta un ejecutivo del canal fuera de micrófono citado en el informe periodístico.
Torneos se encargó de negociar la venta de los derechos con la Jefatura de Gabinete (como promotora del Fútbol Para Todos) y con DirecTV. Y en Chile, el canal 13 de ese país le pagó US$ 2,5 millones a Full Play por los derechos de la Copa América de 2011. Cuatro años después, el importe subió a US$ 12 millones.
Pero Full Play tejió fluidos contactos no sólo en Chile, sino en la mayoría de las asociaciones del continente, por lo que no les costó demasiado esfuerzo reunirse con los directivos de los canales de todo el hemisferio interesados en comprar los derechos en las oficinas de Núñez, cerca del estadio Monumental.
«Hay una matriz de negocios de este tipo en todo el continente», denuncia Graciela Ocaña. «El objetivo es tener ganancias a toda costa. El dinero que Traffic, por ejemplo, le giró a la AFA, no está alcanzado por impuestos. Y no sabemos en qué gastó la AFA el dinero. La operatoria muestra que Traffic tenía una ganancia ilegítima, no justificada. Ese dinero es el que servía para pagar sobornos o hacer este tipo de retornos».
El esquema de coimas según la justicia de EE.UU.
De acuerdo con la acusación del Departamento de Justicia de Estados Unidos, Datisa (la empresa conformada por Torneos, Full Play y Traffic) ya habría pagado US$ 40 millones en coimas por los derechos de las Copas América de 2015 (Chile), 2016 (Estados Unidos, del Centenario), 2019 y 2023. Estaba previsto que abonara US$ 70 millones más: $30 millones por la de 2016 (US$ 10 millones para Concacaf y US$ 20 millones para Conmebol); US$ 20 millones por la de 2019 (a Conmebol) y la misma cifra por la de 2023. En total, y por derechos televisivos, Datisa debía desembolsar US$ 352,5 millones. Entre supuestos sobornos y pago por derechos, la empresa debía afrontar un costo de US$ 462,5 millones
29,1 millones de dólares
Fue el superávit de Traffic por la Copa América de Venezuela 2007, con una facturación de US$ 64,2 millones, más del doble que en 2001.
«Todos podemos salir lastimados por este tema. Todos podemos ir a prisión»
La frase de Alejandro Burzaco, en la presentación de la Copa América del Centenario, que se jugará en 2016 en EE.UU., integra la acusación del Departamento de Justicia norteamericano contra el ex CEO de Torneos y 13 personas más..
Para cumplir con la UIF, bancos exigen a clientes el origen de fondos por carta documento
Por Mariano Gorodisch.
Clientes reciben carta documento cuando le acreditan una suma extraordinaria, como una indemnización, pese a que en el banco les figura que viene por pago de haberes.
El director de una compañía, luego de acordar su retiro voluntario, recibió en su cuenta sueldo el importe acordado. A los pocos días, su banco le envió una carta docuemento para que explique el origen de los fondos de esa acreditación infrecuente, pese a que en el código de ese crédito les figuraba que venía por acreditación de haberes.
En la notificación que enviaron, hacían referencia que, en cumplimiento a la normas de la UIF, en los próximos diez días se debía presentar la documentación de respaldo de las operaciones realizadas en la entidad en el transcurso de ese mes.
Este no es un caso aislado. Por normas de prevención de lavado de dinero, los bancos deben enviar estas notificaciones a los clientes que tengan acreditaciones que no sean frecuentes, como puede ser el caso de indemnizaciones, o de bonus cobrados por buena performance.
Cada cliente tiene un perfil de acuerdo a determinada información sobre los movimientos históricos en el sistema financiero: Cuando se detecta un importe por encima de ese perfil, salta un alerta que obliga a los bancos a investigar sobre qué pudo haber sucedido. Lo cierto es que si el cliente no puede justificar ese movimiento, se dará de baja la cuenta y todo los bancos estarían al tanto de la situación, dice Alejandro Banzas, de Reporte Económico.
En las cartas documento los bancos piden, en caso de corresponder, que se presente los últimos tres recibos de haberes, últimas seis declaraciones juradas de IVA, último pago de monotributo, último recibo de haber jubilatorio, última declaración jurada de bienes personales y de ganancias, certificación de ingresos emitida por contador público, especificando el período analizado y la documentación considerada para su confección, inscripción a los ingresos brutos y, en caso de ser sujeto obligado, presentar la constancia de inscripción ante la UIF. Por último, advierten que, lamentablemente, en el caso de no presentar la documentación requierida, podrá originar el cierre o baja de los productos vigentes.
Los bancos reclaman a muchos de sus clientes, sea por mail o carta documento, información adicional a la que ya tienen en los legajos, en los casos en los que se den operaciones que están fuera del perfil diseñado para cada uno de los clientes. Muchas veces los clientes tardan en cumplir con los requerimientos o se resisten a hacerlo, entonces los bancos deben reclamarles de manera documentada para demostrar que están cumpliendo con sus obligaciones, recalca José Maria Salinas, director de FAPLA.
Además, Salinas explica que si esa operación inhabitual el cliente no la llega a clarificar, el banco está obligado a hacer el Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF dentro de los 150 días corridos contados a partir de la operación. Muchos bancos han sido sancionados por no cumplir con estar normas y son inspeccionados permanentemente por el BCRA, que debe informar a la UIF.
La normativa internacional sobre Lavado de dinero requiere a las entidades tomar todos los resguardos que están a su alcance antes de convalidar o autorizar la entrada o salida de fondos de las cuentas de sus clientes, precisa Mariano Sardáns, presidente de FDI.
Banzas coincide con esta óptica: Cualquier operación sospechosa debe ser reportada, excepto que el cliente pueda demostrar con documentación respaldatoria que la operación está dentro del margen razonable. Asimismo, se debe considerar a todos los clientes, pero con mayor énfasis a los que recién ingresan al sistema financiero, ya que se debe tener el máximo conocimiento del cliente.
A su vez, las multas por irregularidades que vienen recibiendo las entidades financieras de parte de los organismos de control son cada vez más elevadas. Si no se justifican los movimientos en las cuentas, la consecuencia menos grave es su cierre. Las peores podrían ser la emisión de un ROS y hasta el congelamiento de los fondos, con posibles consecuencias penales, alerta Sardáns.