Despenalizar el aborto viola la Constitución argentina

julio 1, 2018

"El proyecto para despenalizar el aborto es inconstitucional"
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argentinaEl 8 de agosto el Senado nacional debatirá el controvertido proyecto -girado en revisión por Diputados- para legalizar la interrupción del embarazo en la República Argentina.

Más allá del debate legislativo y de las campañas de grupos de presión, a favor y en contra, existe un aspecto que pronto ganará centralidad en la discusión: el estrictamente constitucional.

abortoLuego de que el tablero electrónico del recinto muestre el resultado de la votación, y de ser afirmativo, se gire al Ejecutivo para su promulgación, los grupos contrarios a la norma comenzarán a preparar una avanzada legal sobre el proyecto que finalmente promulgue el presidente Macri.

 

¿Es constitucional?

Un grupo de profesionales del derecho, en realidad un total de 1.869 para ser más precisos, entregaron -el pasado 26 de junio- en el Senado de la Nación una extensa presentación en la que expusieron los fundamentos por los que sostienen que el proyecto de ley de legalización del aborto es inconstitucional.

Llegan a esa conclusión citando normativas vigentes y con declaraciones contundentes. Piden que la iniciativa sea revisada «con la seriedad y profundidad que caracteriza al Senado de la Nación».

Según el escrito, el proyecto en discusión viola «de forma clara y contundente» la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), que establece que «toda persona tiene derecho a que se respete su vida» y agrega que «este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción».

Los abogados explican que la mencionada convención tiene jerarquía constitucional (es decir, vale por sobre las leyes), en función de lo que dispone el inciso 22 del artículo 75 de la Constitución Nacional.

Pese a esto, observan los profesionales el artículo 7 del proyecto que se debate por estos días «pretende garantizar el derecho a acceder a la interrupción del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce inclusive, del proceso gestacional».

También se menciona que el texto aprobado en la Cámara de Diputados es violatorio de la Convención sobre los Derechos del Niño. Y se recuerda que cuando el Congreso de la Nación aprobó esta convención le ordenó al Poder Ejecutivo Nacional hacer la aclaración de que «se entiende por niño todo ser humano desde el momento de la concepción y hasta los 18 años de edad» (así quedó el texto de la ley 23.849).

Es muy probable, entonces, que la norma promulgada finalmente se judicialice y todo termine en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que deberá fallar sobre la constitucionalidad de la misma.

El Tribuno consultó la opinión del especialista en temas relacionados con los derechos humanos y las garantías constitucionales, Alfredo Vítolo, quien además es socio del estudio Nicholson y Cano de Buenos Aires. Él es uno de los firmantes del documento que el grupo de juristas y especialistas se presentaron esta semana en el Senado de la Nación.

A lo largo de su carrera profesional se ha concentrado en las áreas de derecho comercial y societario, especialmente en los temas de fusiones y adquisiciones, contratos y privatizaciones en las áreas de energía (petróleo, gas y electricidad) asesorando a clientes locales e internacionales, habiendo estado profundamente involucrado en la privatización de las empresas públicas a partir de 1989.

Fue seleccionado por la revista Apertura dentro de los 100 principales «abogados de la City» en los años 2005 y 2006.

La publicación británica «Chambers & Partners The World Leading Lawyers for business» lo seleccionó dentro de los «leading individuals» en la República Argentina en las áreas de «Energy & Natural Resources» para los años 2006 y 2007.

Es profesor adjunto por concurso de Derecho Constitucional y de Derechos Humanos y Garantías de la Universidad de Buenos Aires. Ha dictado cursos sobre Mercados Comunes y Derecho de la Integración en la Universidad de Belgrano y sobre Derecho Constitucional y Derechos Humanos en nivel de post grado en diversas universidades nacionales. Dictó conferencias en el país, en América Latina y en los Estados Unidos sobre temas de su especialidad, y publicó numerosos artículos en revistas jurídicas argentinas y del exterior. Su trabajo más reciente versa sobre la metodología de enseñanza del Derecho de los Derechos Humanos en las facultades de derecho, expuesto en el reciente Congreso de la Asociación Internacional de Escuelas de Derecho (India, 2013).

¿Cual es la principal observación sobre el proyecto que deberá aprobar el Senado?

El proyecto de ley tiene dos objeciones. Una en general y muchas en particular, desde la óptica técnica constitucional. Lamentablemente acá se trata de llevar el tema a una discusión de problemas religiosos, pero esto no tiene nada que ver con estos argumentos.

Creemos que hay argumentaciones técnico jurídico que hacen que este proyecto sea anticonstitucional.

¿Qué implica eso?

Esencialmente el centro del debate está dado en que en 1990, cuando la República Argentina aprueba la Convención de los Derechos del Niño, en ese momento el Congreso -a pedido del Ejecutivo Nacional- hace una declaración interpretativa que se integra a la ley que aprueba el tratado y dice: para la República Argentina el texto de la Convención debe interpretarse en el sentido de que se es niño desde la concepción. Esta definición que hace el legislador cuando aprueba la Convención de los Derechos del Niño, hasta entonces era un tratado y uno podía discutir si estaba por encima de las otras leyes o no.

«Lo mejor sería que el proyecto se rechace y nos pusiéramos a trabajar en proyectos provida y promujer»

¿Pero cuál es el punto central de toda esta discusión?

Lo cierto es que en 1994 la reforma constitucional incorpora los instrumentos internacionales y les otorga jerarquía constitucional. Específicamente se discute este punto: se discute la cuestión del aborto, del comienzo de la vida y se incluye la frase de que los tratados que se incorporan en su jerarquía constitucional lo hacen en las condiciones de su vigencia, eso quiere decir tal como la República Argentina se obligó internacionalmente. Esto significa que habiendo el constituyente en 1994 tomado la definición de que para Argentina hay niño desde la concepción, cualquier proyecto de ley que busque, con el pretexto de proteger cualquier otro derecho, deberá analizarse en función de que se está afectando el derecho de un niño, una persona por nacer que tiene los mismos derechos que una persona nacida. No entremos a discutir si esto es moral, religioso, biológico… Creo que el constituyente ya definió este punto.

Entonces, el proyecto no se ajusta a la legislación vigente…
Un proyecto como este que autoriza específicamente el aborto libre hasta la semana catorce y con alegaciones bastante débiles a partir de ahí hasta el mes noveno, viola la Constitución, simplemente esto. El debate podría darse pero en el ámbito de una convención constituyente no en el ámbito del Congreso.

¿Cuál sería entonces la salida institucional más probable para zanjar esta observación que ustedes realizan?
Dado los trámites parlamentarios y el modo del tratamiento -y esto es una opinión exclusivamente personal- lo ideal sería que el Senado rechazara el proyecto de Diputados y que por una vez nos pusiéramos a debatir con seriedad cuestiones vinculadas con la protección de la mujer que son los temas centrales. Cuando la mujer se plantea una cuestión de aborto, hay una situación trágica en todo esto. Lamentablemente muchas de las mujeres que plantean un aborto y uno lo puede ver en el día a día, lejos de ser una mujer convencida es una mujer angustiada, que a veces viene de un contexto de abuso, de violaciones reiteradas y hay que buscar mecanismos de protección y de contención para que no tengamos que llegar a esta definición. Y la protección de la mujer es un elemento central. También habría que analizar alternativas, pero el aborto no soluciona el problema sino que le añade una complicación más al sufrimiento que la mujer ya tiene. En mi opinión personal, lo mejor sería que el proceso se rechace y nos pusiéramos a trabajar en proyectos provida y promujer para proteger tanto a la mujer como a esa segunda vida que los constituyentes reconocieron y así superamos la discusión filosófica de la cuestión.

Sin embargo usted será consciente de que haya o no haya ley, se apruebe o no, el aborto va a seguir existiendo…
El robo, por ejemplo, hay una ley que lo prohíbe y sin embargo sigue existiendo… me parece que es un argumento efectista que no tiene ninguna solidez técnica. El hecho de que una conducta prohibida exista… también hay multas por velocidad e igual hay infracciones al tránsito, los asesinatos y la trata de personas están prohibidos y se siguen cometiendo. Nos parece un argumento que es demasiado simple y es más efectista que ajustado a una técnica jurídica.

«El debate podría darse pero en el ámbito de una convención constituyente, no en una discusión del Congreso»

¿Entonces para ustedes el aborto no es una cuestión de salud pública?
No, desde ya que no, por supuesto que en aquellos que hay salud pública en juego como hay vida en juego en un homicidio, pero no es que tengamos que resolver la cuestión como una cuestión de salud pública. Hay que resolver la cuestión desde los derechos que se ven afectados y contrapuestos. Los derechos de la mujer que ha sufrido y que sufre situaciones dramáticas, no de una potencialidad sino de una vida que tiene el mismo nivel de dignidad jurídica que la vida de la mujer.

¿Entonces para usted el tema de fondo ya fue planteado y no necesita ser revisado?
Esta definición el constituyente ya la hizo, si no lo hubieran echo podríamos estar debatiéndolo desde otros ángulos, pero lo cierto de este tema es que el constituyente de 1994 esa definición la tomó y si no nos gusta lo que tenemos que hacer es cambiar la norma constitucional y no retorcerla para hacerla decir lo que evidentemente no dice. Y en esto debo reconocer, a nivel personal, que ha habido una confusión: es absolutamente cierto que los tratados internacionales no prohíben el aborto pero tampoco lo exigen. La República Argentina interpretó que para ella hay vida desde la concepción y el punto pasa por ahí.

Entre los firmantes de la presentación que hicieron al Senado, hay hombres de derecho que fueron cuestionados por su pasado político cercano a gobiernos de facto. ¿Le causa algún resquemor esta situación?

Yo cuando sostengo una causa no pregunto los antecedentes de quienes me acompañan, les pregunto si están de acuerdo con mi exposición, pero no creo que por firmar o dejar de firmar un documento sobre este tema me convierta en amigo o cómplice de personas con las que uno pueda comulgar, o no, ideológicamente ni que signifique la defensa de un régimen diferente. No tengo nada que ver con el gobierno militar y no tiene nada que ver que haya gente que estuvo conforme con ese gobierno, no veo que tenga nada que ver, creo que son puntos totalmente diferentes.

Fuente: eltribuno.com, 01/07/18.

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Salud y Vida

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Un liberal NO debería estar a favor del aborto

mayo 31, 2018

Un liberal NO debería estar a favor del aborto

Por María Zaldívar.

niño por nacer“Noto que todos los militantes del aborto han nacido” dijo Ronald Reagan para sintetizar su opinión sobre quienes resuelven drásticamente el embarazo no querido. 

Muchos intentan descalificar la lucha por la vida con el falso argumento de que el rechazo del aborto tiene una raíz religiosa. Para un liberal clásico el aborto es inadmisible porque vulnera los derechos de otro ser humano y eso no tiene nada que ver con creencia religiosa alguna; por el contrario, en general, los liberales somos, por lo menos, anticlericales. No nos inspira, ni en éste ni en ningún caso, el temor al castigo divino sino al de nuestra propia conciencia que nos impide decidir quién vive y quién muere. 

El liberalismo es la única filosofía basada en el respeto irrestricto de los derechos individuales, los propios y los del prójimo y de su proyecto de vida. Todas las corrientes políticas dirán lo mismo pero cada vez que subordinan lo individual a lo social arrasan con los derechos individuales, pilar indiscutido de la filosofía liberal y el derecho a la vida encabeza la lista. Es absurdo, cuando no perverso, delirar por la contaminación ambiental, la preservación de los bosques o la extinción de la ballena azul y militar por la interrupción de la vida humana. Es hipócrita marchar por “los más vulnerables” y “los que menos tienen” y negar que el ser humano no nacido es la criatura más indefensa de toda la cadena de seres vivos. Es contradictorio bregar por el cuidado integral de la mujer y, en simultáneo, reclamar para ella el derecho a suprimir una vida sin más trámite.

De la extrema debilidad del niño por nacer se aprovechan las ideologías autoritarias que se arrogan el derecho de decidir por él. En cambio el liberalismo, porque pone al individuo por encima de cualquier otro interés, lo defiende; lo reconoce como objeto de derecho aún en su extrema indefensión; defiende su derecho a vivir, a nacer, a elegir y a tener un proyecto de vida, porque decidir por los demás es una actitud fascista. 

En la actualidad, un delincuente (el que roba una gaseosa o el que mata un policía) es considerado menor hasta los 18 años. También hay que cumplir 18 años para abrir una caja de ahorro en un banco y 17 para manejar un auto. Sin embargo, los mismos legisladores que se niegan a modificar la edad de imputabilidad están dispuestos a votar que una criatura de 13 años está madurativamente apta para decidir la interrupción de un embarazo sin siquiera la intervención de un mayor e ignorando el derecho a opinar del padre de ese ser humano por nacer.

argentinaEl liberalismo no se termina ahí; hace una religión de la responsabilidad sobre los actos propios y este proyecto de ley es la contracara de ese principio. El populismo se sigue colando en la vida cotidiana de la Argentina haciendo estragos. En el fondo del reclamo, lo que persiguen las abortistas es la gratuidad de la práctica. Quieren tener relaciones sexuales, no evitar embarazarse y luego exigir que la sociedad cargue con el costo del procedimiento. Y suben la apuesta. En un éxtasis de autoritarismo y como si aquello no fuera suficiente, pretenden negarle a los médicos la objeción de conciencia; están dispuestas a obligar a practicar abortos a quien estudió para salvar vidas. 

Al respecto, podrían mencionarse argumentos de la Academia Nacional de Medicina: “el niño por nacer, científica y biológicamente es un ser humano cuya existencia comienza al momento de su concepción… destruir un embrión humano significa impedir el nacimiento de un ser humano… el pensamiento médico a partir de la ética hipocrática ha defendido la vida humana como condición inalienable desde la concepción. Por lo que la Academia Nacional de Medicina hace un llamado a todos los médicos del país a mantener la fidelidad a la que un día se comprometieron bajo juramento” 

Si no bastara con el elemental principio humanitario de reconocer el derecho del más débil, también está la ley. “Esta Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires… estima oportuno recordar que el derecho a la vida desde el momento de la concepción se encuentra implícitamente protegido en el artículo 33 de la Constitución Nacional y ha sido consagrado de modo explícito en varias constituciones provinciales… Ese derecho está protegido por el artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) aprobada por la Argentina por la ley 23.054, en el que se reconoce que “persona es todo ser humano a partir del momento de la concepción con derecho a la vida”.

Sorprende que haya sido el Poder Ejecutivo y los principales referentes de del macrismo quienes pusieran sobre la mesa esta discusión. Ellos sí, producto de la formación religiosa, no pueden desconocer que la Iglesia Católica castiga con la excomunión inmediata a quien promueva la interrupción de la vida. Hay quienes dicen que se trató de una estrategia distractiva para sumergir a la sociedad en un debate acalorado y sacar el foco de los problemas crecientes y acuciantes. Queremos creer que no fue esa la intención porque, de serlo, estaríamos frente a un gobernante para quien el fin justifica los medios. Y eso sería una tragedia de una envergadura similar a la de un aborto. 

Fuente: prensarepublicana.com, 31/05/18.

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Reflexiones sobre el Aborto

marzo 25, 2018

Programa: Verdaderamente.

Conducción: Eduardo Ibáñez Padilla.

Programa: 24/03/18 – El aborto.

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niño por nacer

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El crimen del aborto: Relato versus realidad

febrero 24, 2018

El crimen del aborto: relato vs realidad

Por Nicolás Márquez.

abortoConforme el lenguaje sofístico y sentimental que muy bien saben imponer los partidarios del aborto, este hecho no constituye la desaparición forzada de un menor sino apenas “la interrupción del embarazo”, eufemismo cortés para referirse a un filicidio sin escandalizar a la audiencia desprevenida. Pero dado que la “interrupción” por definición es el cese transitorio de una actividad para su posterior reanudación, dicha descripción sería injusta por errónea, siendo que los embarazos no se “interrumpen” puesto que el aborto es un acto de naturaleza definitiva e irreversible, precisamente porque la muerte es un hecho definitivo e irreversible: “ahorcar es interrumpir la respiración” decía con sorna Julián Marías.

 ¿Y qué es el aborto entonces? Es la muerte de la persona por nacer ¿Y cuándo comienza la vida? Desde el momento mismo de la concepción. Y lo dicho no es la “anacrónica” sentencia de un teólogo preconciliar, sino la ciencia desde la embriología y la biogenética la que nos ha demostrado con absoluta certeza que la vida humana comienza en el momento en el cual se unen el gameto masculino (espermatozoide) y el gameto femenino (óvulo), y es en este proceso de fusión cuando se acoplan 23 cromosomas del espermatozoide con 23 cromosomas del óvulo materno. Esto forma el cigoto, es decir un nuevo ser conformado en su inicio por 46 cromosomas con su material genético propio y un sistema inmunológico diferente del de la madre. Basta que la unión de las células se dé, para que indefectiblemente  se constituya un nuevo ser, sin importar si tal generación de vida humana fue el fruto del amor abnegado de los esposos o de una brutal violación: “No se trata de una opinión, de un postulado moral o de una idea filosófica, sino de una verdad experimental. Si el ser humano no comienza con la fecundación, no comienza nunca. Ningún científico informado puede indicar un solo dato objetivo posterior a la constitución de un nuevo ADN como hecho del que dependa el inicio de una vida humana. Afirmar que la vida humana comienza después de la fecundación, no es científico. Es una afirmación arbitraria, fruto de ideologías o intereses ajenos a la Ciencia. El cigoto, fruto de la fusión de las dos células germinales, es un individuo distinto del padre y de la madre, con una carga genética que tiene el 50 %  de cada uno de los progenitores” confirma el padre de la genética moderna Jéromê Lejeune, afirmación que la ciencia médica Argentina ha ratificado desde la Academia Nacional de Medicina.

Ver: 25 de marzo – Día del Niño por nacer

Y como nada hay de científico en los silogismos abortistas, el grueso de su propaganda se nutre de un martirologio sentimental compuesto de la sucesiva narración de historias de vida reales o ficticias de tinte traumático que supuestamente habría padecido la madre encinta y así, se busca justificar a modo de “mal menor” la pretendida defunción del niño: “Las mujeres ricas se hacen los abortos que les está vedado a las mujeres pobres” alega el libreto abortistas en jerga clasista. Pero aunque esta afirmación jamás probada fuese cierta, vale parangonar que el hecho de que las mujeres ricas consuman cocaína y las pobres pasta base, no por ello el Estado debería distribuir cocaína en las clases menos pudientes para así fomentar la viciosa “inclusión”.

“La mujer que está embarazada es pobre y encima tiene otro hijo ya nacido que mantener” es otro de los argumentos sensibleros más habituales. O sea que en vez de ayudar a rescatar a la mujer de la pobreza, lo que proponen sus “representantes” es matar al niño por nacer a los fines ahorrativos ¿Y si mejor matamos al hijo más grande que es el que genera más gastos? Pero vale agregar que el aborto no es un problema de clase social: se practique por mujeres ricas o pobres, se haga clandestinamente o bajo la protección del Estado, se consume sin medios o con la más sofisticada tecnología, no deja de ser siempre el mismo homicidio contra la vida de un inocente indefenso. Nadie pretende obligar a la mujer embarazada a tener un hijo no querido, pero ocurre que “el hijo no querido” ella ya lo tiene consigo: el bebé en gestación no es una persona de existencia potencial sino actual.

“Aunque lo prohíba el Código Penal, los abortos se hacen igual. Hay que legalizarlos para evitar el riesgo de muerte de la madre al que es sometida por abortar en lugares inseguros” ¿Hay mujeres que corren riesgo de muerte tras abortar en ámbitos clandestinos? Sí. Y es triste y lamentable. Pero el detalle es que la mujer que muere al exponerse voluntariamente al delito filicida no es víctima sino victimaria, y en calidad de tal acaba accidentalmente muriendo: aquí la verdadera víctima es el niño. Análogamente, si un ladrón quiere robar un banco y en la intentona es abatido por la policía, su muerte fue una consecuencia no deseada como consecuencia del riesgo inherente a su actividad criminal. ¿Tenemos que despenalizar el robo para que el ladrón no corra riesgos de muerte entonces?

Pero los riesgos por delinquir en el aborto parecieran no ser tantos: en Argentina hay un promedio anual de 43 muertes maternas por abortos (entre inducidos y espontáneos) según cifras del Ministerio de Salud al 2016. Ese mismo año se produjeron 171.408 defunciones femeninas y las 43 que murieron como consecuencias del aborto representan el 0,025% del total de los decesos femeninos, guarismo ínfimo que pone de manifiesto que la despenalización del aborto no es una urgencia real sino una agenda artificial: anualmente son 3000 las mujeres que mueren en accidentes de tránsito y jamás hubo una marcha para reclamar mejoras en políticas de vialidad. También en 2016 murieron por deficiencias nutricionales 525 mujeres, pero nadie marchó contra el hambre ese año. Las contundentes cifras parecieran indicar que los abortistas están más interesados en deshacerse del hijo que en salvaguardar la integridad de la mujer.

“La mujer es perseguida por la justicia por el simple hecho de disponer de su cuerpo” rezan las consignas feministas. Y más allá de que el niño en gestación no es parte del cuerpo de la madre, lo cierto es que la mentada “persecución” no pareciera tener efecto práctico: se jactan los abortistas de que hay 500 mil abortos por año en Argentina (otra cifra inflada y sin respaldo), pero resulta que de las 76 mil personas hoy detenidas en los establecimientos penitenciarios diseminados por el país, apenas se conoce el caso de una sola mujer que lo está por haber delinquido con un aborto, dato que lamentamos porque ello nos confirma la gran impunidad que existe en materia tan delicada.

Otros de los aforismos abortistas más habituales nos dice que “en la panza el bebé es totalmente dependiente de la madre”, y que en aras de esta dependencia “la cosa” sigue siendo parte del cuerpo de la progenitora, y es potestad de ella decidir proseguir o no con el embarazo. Nadie le niega a la mujer el derecho a disponer de su cuerpo, pero una cosa es disponer de “su cuerpo” y otra distinta es disponer del cuerpo de un tercero, y que encima ese tercero sea su propio hijo y cuya “disposición” consistiría en asesinarlo. Y tan independiente es el cuerpo del niño respecto del de la madre, que ni siquiera forma parte del cuerpo de la progenitora la placenta, ni el cordón umbilical ni tampoco el líquido amniótico, sino que estos órganos los ha generado el hijo desde su etapa de cigoto porque le son necesarios para sus primeras fases de desarrollo y los abandona al nacer, de modo semejante a cómo años después del nacimiento, el propio niño abandona los dientes de leche cuando ya no le son útiles para seguir creciendo. Y en cuanto al insistente punto de la “dependencia del niño respecto de la madre”, cabe agregar que un bebé recién nacido también mantiene un altísimo grado de dependencia a expensas de la madre —más allá de que tras nacer respire por sí o se alimente sin cordón umbilical—, dado que si ésta lo desatiende apenas por unas horas, el niño no tardaría en expirar. ¿Tiene más dignidad un pequeño de cinco años de edad que uno nacido hace cinco días dado que éste último es más dependiente que aquél por no saber hablar ni caminar?

Y como a la postre los argumentos anticientíficos de los abortistas terminan cayéndose uno a uno, se suele acudir al extrañísimo caso del “embarazo generado por una violación” y entonces, por excepción, sostienen que aquí sí habría que autorizar el aborto. Pero esta excusa no suele ser tan excepcional: el grueso de las mujeres que quieren abortar dicen “haber sido violadas” sin tener que aportar mayores pruebas de la supuesta violación ni de la identidad del violador. En efecto, la inmensa mayoría de estos casos suelen ser invenciones con pretensiones filicidas dado que la legislación local habilita a la mujer a decir que fue violada y sin mayores trámites ni precisiones, consigue agilizar la autorización judicial para abortar con relativa facilidad. Con el agravante de que es justamente en el caso de las violaciones y como consecuencia del tremendo estrés generado ante tan repugnante situación, cuando los porcentajes de producción de embarazo disminuyen drásticamente: por ejemplo en Estados Unidos un estudio fundado en 1290 víctimas de violación concluyó que en  sólo el 0,6% de los casos se configuró posterior estado de preñez. Y en una sucesión de 3.500 violaciones atendidas y tratadas a lo largo de 10 años en el Hospital San Pablo de Minneapolis, no se registró ni un solo caso de embarazo. Pero aunque contemplemos el caso hipotético de una violación real de la cual surja una preñez efectiva: ¿no cabría concentrar la energía en castigar al violador antes que en matar al menor?

Que como consecuencia del aberrante delito la madre no quiera tener un hijo ello constituye una desgracia insalvable: al hijo ya lo tiene consigo en el vientre. Que no lo quiera criar y hacerse cargo de la criatura sí es algo salvable, puesto que lo puede dar en adopción. Al mismo tiempo, es el Estado el que tiene que contener afectiva y psicológicamente a la madre ante tan fatídico tránsito, cuidar la vida del niño en gestación y, por supuesto, darle un castigo categórico y ejemplar al depravado.

Sea legal o ilegal, el aborto mata igual. Y en el debate que las modas ideológicas han impuesto en la Argentina, vale destacar el penoso hecho de que el establishment derecho-humanista que clama despenalización ha omitido expresamente velar por los derechos de la verdadera víctima de esta historia: el bebé.

—Nota publicada originalmente en Infobae.

Fuente: prensarepublicana.com, 2018.


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Planned Parenthood: Tráfico de Fetos humanos abortados

agosto 13, 2016

Discurso pronunciado el 16 de julio de 2015 en el Senado norteamericano por James Lankford, desde 2014 senador por Oklahoma, cuando ya se conocía el primer vídeo que denunciaba a la multinacional abortista Planned Parenthood, de traficar con las partes de los niños abortados.

De 47 años, casado y con dos hijas, y miembro de la Cámara Representantes entre 2011 y 2014, Lankford es un devoto bautista opuesto al aborto.

Con una voz profunda y contundente, que se quebró por la emoción al proclamar que lo que se despieza porque sus piezas «tienen valor» es un niño que también «tiene valor», Lankford argumentó con aplastante lógica sobre la humanidad del feto, señalando las contradicciones de los abortistas.

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