“Como en general en la región, los directivos e intermediarios de seguros no tienen claro los riesgos que corre esta industria con el LD/FT, no le dan el mayor interés al tema de la prevención”.
Por Fernando Martínez.
A pesar de los esfuerzos de los reguladores por promover una cultura de riesgos en los diferentes sectores, todavía hay muchos directores, dueños e intermediarios de la industria de seguros que consideran que no ameritan tomar medidas preventivas y de control antilavado de dinero.
En general, existe la creencia de que como no existe manejo de efectivo, en la generalidad de las transacciones con seguros, entonces la actividad no es vulnerable a ser blanco de los criminales para legitimar capitales.
Para el criminólogo y Jefe de la Unidad Estratégica de Análisis e Inteligencia Criminal del Instituto Nacional de Seguros de Costa Rica, Edwin Granados, en Latinoamérica persiste una visión poco precisa de los riesgos que implica la ecuación de la industria de seguros, el fraude y el LD/FT.
– ¿Existe en la región una clara conciencia de los riesgos del lavado de dinero a través de la industria de seguros o sencillamente la previsión se centra en el fraude?
En Latinoamérica, no hay una clara consciencia de que éste sea un tema que les sea inherente. En términos generales, tanto las compañías de seguros como los intermediarios de seguros y supervisores, por no tener claro la forma efectiva en que esto puede darse, no le dan interés. Los primeros como sujetos obligados básicamente orientan sus esfuerzos al riesgo de incumplimiento de la norma, y pasan de lejos el asunto. Ha faltado inculcar más que se trata de una problemática de carácter social. El negocio de los seguros también tiene una alta cuota de responsabilidad. Acá el tema no es tanto si se centra en el fraude o en el Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, el tema es que ambos están entremezclados y si no se comprende su dinámica, aún la atención en el fraude no dará el resultado efectivo que cubra éste otro aspecto. Ambos están íntimamente relacionados. El fraude es un delito precedente del LA-FT, en seguros de daños no es factible un lavado de dinero directo, como si lo es en seguros de vida con inversión. Por esa razón, hay que tener una doble visión en el ámbito asegurador para poder comprender el espectro de este riesgo.
– ¿Es el sector seguros tan vulnerable al LD/FT tanto como el sector bancario o bursátil al lavado de dinero? Sí lo es, pero es más lento, más pausado y elaborado. Se han constituido mecanismos alternos a los que que en otrora se utilizaban, buscando la banca como medio directo. El crimen organizado dispone de tiempo y métodos para ir más lento, pero igual son efectivos con formas encubiertas para finalmente lograr el objetivo de insertar dinero ilícito en los sistemas bancarios, es decir, no llegan con los billetes directamente a la entidad bancaria, sino utilizan otros sectores como intermediarios en el proceso de lavado. Luego desde estas entidades, el dinero llega limpio a los bancos, lo cual por supuesto no genera ningún tipo de sospechas. Es por esta razón que se deriva la importancia de conocer en cada uno de estos negocios los mecanismos posibles para ejecutar esos ilícitos, pues pueden estar siendo utilizados para lavar y servir de puente a los bancos.
Las alarmas
-¿Cuáles son las principales alarmas que debe encender la industria aseguradora ante el crimen organizado?
Bueno, hay que tomar en cuenta que en la vida de los seguros existen dos procesos principales, el primero referido al proceso de aseguramiento, momento en el cual se produce el vínculo con el cliente, desde ese momento existen distintas señales que podrían despertar alerta para el intermediario de seguros o bien para la compañía de seguros. Para citar un comportamiento vital, que puede generar una alarma, es básicamente cuando el asegurado se niega a brindar información sensible. Es necesario aclarar que en materia de seguros no siempre se pide el respaldo de ingresos, que es sensible y esto tiene una clara explicación también. Ahora, el segundo y eventual proceso es el de reclamación, pues por la naturaleza del negocio de los seguros no se espera que necesariamente deba presentarse un reclamo, esto en virtud de que el negocio de los seguros es principalmente la compra de riesgos, cuando estos riesgos se materializan de manera constante y el asegurado evidencia un alto Índice de siniestralidad, es entonces cuando la entidad aseguradora deberá evaluar inmediatamente al cliente.
– ¿En qué consiste esta evaluación?
Se debe elaborar en primer lugar un análisis técnico del riesgo moral de ese cliente y mediante la investigación técnica proveer los elementos necesarios para evaluar si está ante un cliente con sospecha de lavado de dinero y proceder entonces con el cumplimiento de la norma respectiva. Por esta razón no se pueden ver estos temas como separados y cuando hablamos de «tipologías» en realidad estamos hablando en algunos casos de indicadores de fraude, no se puede pensar en seguro de daños en tipologías como típicamente se le denomina a estos comportamientos atípicos en el ámbito bancario. Hay muchas diferencias el negocio es muy distinto.
– ¿Hace más vulnerable a la industria de los seguros la figura del “intermediario”? La diferencia del riesgo de LD/FT entre el intermediario y el asegurador, es de vital importancia porque ambos se necesitan irremediablemente, esto por ejemplo hace una distinción con el negocio bancario. Pues bien, es necesario comprender los roles de cada uno, sus distintas participaciones y sobre todo tener la capacidad de determinar sobre cuál de estos grupos -asegurador e intermediarios- recae las responsabilidades y que tan viable es que alguno de estos diga: ese no es mi problema.
Fuente: LavadoDinero.com, 07/07/14.
El antilavado como Chivo Expiatorio para el “de-risking” bancario
Por Juan Alejandro Baptista.
Las cifras reveladas por las autoridades británicas sobre el “de-risking” bancario no solo sorprenden, sino que preocupan por el impacto que pueden tener para las empresas de pequeño tamaño y los mercados donde operan. Lo más triste es que ahora el “cumplimento ALD” se ha convertido en la excusa perfecta para descartar a miles de clientes bajo el argumento de que son de “alto riesgo”, aunque la verdadera razón esté más asociada a la rentabilidad potencial de la relación comercial.
“Los bancos no deben utilizar el ALD [antilavado de dinero] como una excusa para el cierre de las cuentas cuando las están cerrando por otras razones”, dijo este 25 de mayo la Autoridad de Conducta Financiera (FCA por sus iniciales en inglés) británica en una clara alusión a que la banca inglesa está utilizando al cumplimiento como “chivo expiatorio” cuando no quieren asumir el riesgo y los costos asociados a algunos clientes.
Si bien las autoridades británicas reconocen el derecho de los bancos a seleccionar con quien hacen negocios, la FCA emitió un fuerte informe que demuestra la actitud poco ética y discriminatoria aplicada contra ciertos tipos de negocios, principalmente pequeños, como los transmisores de dinero, casas de empeño, compañías de tecnología financiera y organizaciones caritativas de ciertas áreas geográficas.
En el reporte se indica que en 2014 un banco cerró 2.500 cuentas de organizaciones caritativas; sin embargo, sólo 59 habían sido catalogadas de “alto riesgo” por motivos de cumplimiento. En otro banco se detectó que únicamente el 0.013% de las cuentas de pequeños negocios que fueron cerradas tenían una justificación asociada al cumplimiento antilavado.
A pesar de los llamados que han hechos algunas autoridades al sector bancario, aún el cierre de cuentas sigue afectando a bancos y negocios de todo del mundo, generándoles estrés e incomodidad al tener que asegurar arreglos alternativos o realizar cambios en la forma de hacer negocios.
NdE: Los obstáculos a las cuentas de corresponsalía complican en grado extremo las transacciones bancarias desde muchos países latinoamericanos. Esto constituye una barrera no-arancelaria ilegal, que viola los derechos de los ciudadanos de los países afectados. Existen herramientas y mecanismos que permiten sortear estas barreras y llevar a cabo fluidas transacciones bancarias en el mercado internacional. Para saber más haga click aquí.
Danske Bank: el elevado costo de juntar un mal cumplimiento, una gerencia desidiosa y unos auditores complacientes
Por Juan Alejandro Baptista.
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Miles de millones de dólares en multa, un gran daño reputacional, 8 empleados procesados penalmente y una enorme cantidad de dinero ilícito siendo aprovechado por criminales son algunas de las consecuencias del escándalo de Lavado de dinero que protagoniza el banco danés Danske Bank A/S, acusado de permitir el lavado de más de US$ 234.000 millones a través de su sucursal en Estonia.
El dinero ilícito procedente de Rusia y de otras naciones de la ex Unión Soviética fue procesado entre 2007 y 2015 por la sucursal del banco. Durante ese período, diversos indicadores mostraban el movimiento irregular de fondos, sin embargo la directiva de la entidad, con sede en Dinamarca, decidió ignorarlos.
El banco especificó que unos 15.000 clientes no residentes de Estonia realizaron 9,5 millones de transacciones de pago con un valor total de US$ 234.000 millones, una cantidad que es 10 veces superior a la economía total del pequeño país balcánico. Unos 6.200 fueron considerados por los investigadores como clientes que reúnen los “indicadores más altos de riesgo”.
Los reguladores de Dinamarca, Reino Unido, Estados Unidos y de algunas naciones europeas están adelantando las investigaciones y, según algunas estimaciones preliminares emitidas por The Wall Street Journal, las multas combinadas que enfrenta el banco pudieran estar sobre los US$ 4.600 millones.
Limitado presupuesto para ALD
En el año 2008, el banco ejecutó un proceso de modernización tecnológica a nivel global, pero la directiva decidió no realizar la adaptación en la sucursal de Estonia, alegando que “era muy costosa y requería de muchos recursos”, según indicaron voceros de la entidad.
Las investigaciones realizadas por el mismo banco develaron que gran parte de las fallas en el programa de cumplimiento fueron ocasionadas porque la sucursal de Estonia no contaba con sistemas tecnológicos adecuados, que permitieran implementar un adecuado manejo de información, un registro efectivo de clientes, una gestión de riesgos eficiente y un monitoreo transaccional con los mismos estándares que la matriz de la entidad.
Ignorar al corresponsal
Otra enorme falla de la directiva del banco fue ignorar la preocupación del JP Morgan Chase, su banco corresponsal hasta el año 2013. El gigante estadounidense decidió cortar la relación comercial por las deficiencias mostradas por la entidad danesa en su portafolio de clientes no residentes de Estonia. Lejos de ordenar una auditoría de cumplimiento que le permitiera identificar las fallas e iniciar los correctivos necesarios, los líderes de la entidad prefirieron ignorar la situación.
Auditorías complacientes
Los reguladores también están analizando el papel desempeñado por las firmas responsables de hacer auditorías (de cumplimiento y financiera) a la entidad durante el período cuestionado. En 2013, cuando el flujo de dinero sospechoso alcanzó su punto máximo, la sucursal de Estonia obtuvo un rendimiento del 402% sobre el capital asignado, mientras que todo el grupo obtuvo un 6,9%.
En mayo, la Autoridad de Supervisión Financiera (FSA por sus iniciales en inglés) emitió una fuerte crítica contra los directivos del banco por no haber reaccionado adecuadamente y a tiempo ante las distintas señales de alerta. Sin embargo, el mismo argumento está siendo utilizado ahora por las autoridades europeas para investigar el desempeño de la agencia danesa FSA en materia de supervisión.
Según una investigación del diario The Irish Times, entre 2010 y 2014 el Danske Bank alternó entre diversas firmas: Grant Thornton, PwC, KPMG, Deloitte y EY. (Durante este tiempo, las unidades danesas de KPMG y EY se fusionaron, al igual que Grant Thornton y PwC). En los informes anuales del banco, todos los auditores aprobaron sistemáticamente sus números, sin plantear ninguna preocupación por las operaciones de la entidad.
Danske Bank y el techo de vidrio muy grande del continente europeo
Por Álvaro Tomas.
Resulta raro que los grupos periodísticos, como el Consorcio de Periodistas Investigativos Internacionales (ICIJ), no hayan hecho sus navidades con el escándalo de Danske Bank de Dinamarca. Hubiera sido un banco en Panamá o en el Caribe y estuvieran celebrando con champaña. Resulta aún más raro que los franceses no se hayan montado en su pedestal y hayan criticado la falta de controles en Dinamarca y Estonia (miembros de la Unión Europea y de la OCDE), en lo que la “Comisión Europea ha descrito el caso de lavado de dinero del banco más grande en Dinamarca como el mayor escándalo en Europa” (The Guardian, 20/09/2018). The Financial Times, del 3 de octubre pasado, lo llama como “el escándalo de lavado de dinero más grande en la historia del mundo”. A pesar de la magnitud del escándalo, Verá Jeurová, comisionada europea de justicia, expresó: “Este es el mayor escándalo que tenemos en Europa y que también sirve como una lección no agradable de que debemos ser más vigilantes y mucho más prudentes revisando las actividades bancarias”. Esa declaración es tan, pero tan cínica, que es brillante. Aplausos de pie.
Las personas que les encanta achicopalarse ante las exigencias de organismos y países que –sin tener ni jurisdicción ni autoridad moral discriminan a Panamá– no se han dado cuenta de las dimensiones de esta operación de lavado. El entramado de blanqueo de Odebrecht, comparado con esto, es un juego de Lego. Y así tienen el tupé los europeos de llamarnos delincuentes y lavadores. Será que no han leído la nota de Bloomberg, con fecha 3 de octubre escrita por Ott Ummelas, que dice “Danske Bank se ha convertido en un sinónimo en Dinamarca de lavado. Pero hay señales crecientes de que este solo representa una parte pequeña de la máquina europea de plata sucia”. “Solo representa una pequeña parte…”, me parece que viene material para escribir por un par de años más. Y esperemos que se metan los gringos a investigar si usaron su sistema bancario para lavar plata rusa. ¡Uff! Pobres europeos.
Recapitulemos. La única sucursal de Danske Bank en Estonia (1.3 millones de habitantes) fue utilizada por delincuentes desde el año 2007 para blanquear la suma de 234 mil millones de dólares o el equivalente a 10 veces el tamaño de la economía de ese país. Esa pequeña sucursal de Danske Bank en Estonia representaba, únicamente, el 0.5% de los activos del banco danés, pero 8% de las utilidades antes de impuestos del banco. Nadie vio, ni pensó, nada raro. Para entender estas dimensiones, digamos que es el equivalente a que un banco panameño en su sucursal de Chitré haya hecho operaciones bancarias a la vista de reguladores, corresponsales bancarios, comerciantes, autoridades policiales y judiciales y periodistas por 550 mil millones de dólares. Los daneses tampoco discriminaron de a dónde provenían los fondos: Estonia, Rusia, Reino Unido, Chipre y más de 130 países. Ya en el año 2013 -no por decisión de GAFI, de la Unión Europa o porque estaban en una lista de esas que les encantan a los gabachos- perdieron sus dos bancos corresponsales de sus cuentas en dólares. Aun así, los reguladores no se imaginaron nada. Debió ser el frío que producen los hielos marinos del mar Báltico que les congeló el cerebro.
A finales de ese mismo año, un empleado denunciante ( whistleblower) llamado Howard Wilkinson informó en un correo electrónico a sus superiores en Danske Bank, Estonia, sobre el “fallo casi completo de los procesos” al referirse a una sociedad constituida en el Reino Unido (otro miembro de la OCDE) que estaba “inactiva” con un balance de 965 mil dólares y de la cual el banco, cito a The Financial Times, “no sabía quién era su beneficiario final” (las palabras más temidas en los bancos y bufetes de abogados panameños). Ante la insistencia del señor Wilkinson en que se corrigieran las fallas de cumplimiento, un ejecutivo del banco le dijo, según The Financial Times, que “Danske Bank no tiene la obligación de reportar cuentas de clientes falsos a las autoridades”. ¿Me estás vacilando Álvaro? No, no lo estoy vacilando. A nuestra Superintendencia de Bancos le da un derrame cerebral colectivo si se entera de que un ejecutivo de un banco local piensa así.
Danièle Nouy, el regulador principal de la Unión Europea, ha dicho que Europa debe ir más allá y crear un organismo centralizado para manejar el tema de lavado de dinero. Por ahora no existe la voluntad política por lo que cada país miembro se encarga de vigilar su sistema financiero. Mientras tanto, los billones en plata ilícita seguirán su fácil camino a través del sistema financiero europeo. Los del Viejo Continente tienen un techo de vidrio muy grande para andar tirando tantas piedras.
Lista negra de la Unión Europea exige reajuste del cumplimiento internacional
Por Sergio Antequera.
Un nuevo proceso de ajuste en los procedimientos de control asociados al cumplimiento y a la gestión de los riesgos deberán implementar las instituciones financieras de todo el mundo, como respuesta a la nueva lista de países catalogados como paraísos fiscales, emitida por la Unión Europea el pasado 05 de diciembre.
El listado incluye a 17 jurisdicciones calificadas por el bloque europeo como no cooperantes en relación a impuestos y transparencia en el intercambio de información. El grupo de trabajo europeo consideró que los sistemas fiscales de estas jurisdicciones no cumplen las expectativas y criterios manejados por a UE con respecto a la transparencia en la información, competencia fiscal justa y la actividad económica real, la cual puede promover estructuras fiscales artificiales.
Los 17 países considerados paraísos fiscales son: Samoa Americana, Bahréin, Barbados, Corea del Sur, Granada, Guam, Macao, Islas Marshall, Mongolia, Namibia, Palau, Panamá, Santa Lucia, Samoa, Trinidad & Tobago, Túnez y Emiratos Árabes Unidos.
El riesgo geográfico
Se espera que este nuevo listado impacte los procesos de cumplimiento y administración de riesgos que efectúan las instituciones financieras y otras entidades reguladas. “Ya iniciamos un proceso de revisión y ajuste del riesgo geográfico que representan estas jurisdicciones. Tenemos que incorporar este listado a las fuentes que manejamos para asignar un indicador de riesgo adecuado a las transacciones, entidades o individuos relacionados a estas jurisdicciones”, explicó un oficial de cumplimiento de España consultado por Lavadodinero.com.
El experto argentino Zenón Biagosch, presidente de la firma FIDESnet, considera que “todos los departamentos de gestión de riesgos y cumplimiento deberían reajustar el riesgo geográfico de las jurisdicciones incluidas en la lista emitida por la Unión Europea”. Además, señala que “pese a que la iniciativa europea solo busca incluir terceros países sin meditar sobre las inobservancias internas en materia de transparencia fiscal, la adopción de esta primera lista viene acompaña de la propuesta de medidas punitivas. Las mismas contemplan para los países incluidos la prohibición de acceso a fondos europeos y la obligación de los Estados a intensificar la vigilancia y las auditorías a quienes operen allí”.
Por su parte, el experto Arnaldo Sánchez Brugal, director de análisis del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos de la Unidad de Análisis Financiero en República Dominicana, señaló que “las distintas normativas dictadas por los reguladores locales instruyen a sus sujetos obligados a tomar como elemento de riesgo el riesgo geográfico, para lo cual deben identificar jurisdicciones de alto riego de acuerdo a las distintas publicaciones oficiales de entidades como la OCDE. Partiendo de esto, sí deben tener en cuanta esta lista y reajustar este factor”.
También destacó que el riesgo geográfico “es solo uno dentro de los factores a tomar en cuenta, ya que si el cliente tiene un nivel de riesgo apropiado en los demás factores y si se cuenta con buena mitigación, no debería haber mayores consecuencias”.
Otras presiones
La lista también genera presiones fiscales para los gobiernos. A partir de su evaluación y creación, aproximadamente 47 naciones alrededor del globo se han comprometido en mejorar sus sistemas fiscales y relaciones económicas con la UE en el marco de estructuras transparentes. “Esta iniciativa ya está demostrando su valor, ya que numerosos países han trabajado para cumplir con el plazo y contraer compromisos sobre la base de nuestros criterios”, dijo Toomas Tõniste, ministro de finanzas de Estonia, quien actualmente ocupa la presidencia del Consejo Europeo.
Por su parte, los gobiernos de los países que se encuentran en la lista negra podrían tener presión para cooperar con la UE y cambiar sus estándares fiscales, debido a prohibiciones impuestas. Dichos dictámenes no permiten el flujo de miles de millones de euros de ayuda y financiamiento de proyectos emitido por entes europeos (Fondo Europeo Para el Desarrollo Sustentable, Fondo Europeo Para la Inversión Estratégica y el Mandato de Préstamo Externo) a través de entidades financieras de las naciones listadas, lo que ocasiona que los gobiernos involucrados no puedan obtener beneficios de las actividades económicas relacionadas a esas movilizaciones de dinero, de los impuestos que generan y, por lo tanto, se vean obligados a mejorar sus esfuerzos fiscales.
En el caso de que decidan cooperar, las naciones de la lista negra deberán entregar información clave sobre las cuentas bancarias dentro de sus jurisdicciones y tendrían que mejorar su intercambio de datos financieros con la UE. Por otro lado, las compañías e individuos con cuentas y sociedades en los países involucrados tendrán que aceptar las acciones de las autoridades.
Descontento en Panamá
El único país latinoamericano incluido en la lista fue Panamá. En su documento oficial, la UE indicó que “Panamá tiene un régimen tributario preferencial nocivo y no se comprometió claramente a enmendarlo o abolirlo según lo solicitado hasta el 31 de diciembre de 2018”.
La Asociación Bancaria de Panamá (ABP) rechazó esta afirmación y señaló que el sector financiero ha desarrollado su marco regulatorio incrementando controles y registros contables, para así prevenir delitos como el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo.
Carlos Troetsch, presidente de la ABP, indicó que “sorprende de sobremanera la decisión de la Unión Europea. Si hay algo en lo que Panamá viene trabajando es en la adecuación a los estándares mundiales y la cooperación internacional, para así continuar en una ruta hacia la transparencia”.
“Tanto nuestro gremio como colegas de los diferentes sectores financieros mantenemos un compromiso con el país, no sólo por las adecuaciones realizadas y las que aún están en discusión, si no desde la colaboración que mantenemos, tanto con el sector gubernamental como con el multilateral e internacional”, manifestó Troetsch en defensa de la estructura y moral panameña con respecto al sistema fiscal.
Por último, expresó: “consideramos que la vara para medir el compromiso de los países tiene que ser la misma. Panamá ha sido expuesto negativamente en el ámbito internacional, cuando en realidad el Gobierno Nacional y los actores del sistema financiero hemos sido y continuamos siendo firmes en avanzar en una agenda rigurosa en materia de transparencia”.
En el mismo sentido, Panamá pertenece a la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y asegura estar trabajando en vistas de las recomendaciones estipuladas por el ente.
Western Union: radiografía de un largo y muy costoso caso de incumplimiento
US$ 586 millones acordó pagar la remesadora Western Unión (WU) a las autoridades estadounidenses, debido a numerosas fallas de cumplimiento antilavado mantenidas durante varios años, que permitieron el movimiento de dinero relacionado a narcotráfico, fraudes y tráfico humano en diversos países.
En un Acuerdo de Diferimiento de Juicio (DPA por sus iniciales en inglés) y una acción civil monetaria firmados el 19 de enero de 2017, Western Unión reconoció haber fallado en el monitoreo adecuado de las operaciones de más de 550.000 agentes independientes ubicados en 200 jurisdicciones alrededor del mundo, violando de esta forma las leyes y regulaciones antilavado de Estados Unidos.
Las autoridades estadounidenses -el Departamento del Tesoro, el Departamento de Justicia y la Comisión Federal de Comercio- encontraron falencias en el cumplimiento asociado a transacciones ocurridas entre 2004 y 2012. En muchos casos, los agentes de la remesadora facilitaron diversos tipos de fraude mediante los cuales se estafó a miles de personas.
Los fraudes permitidos
A pesar de que el departamento de cumplimiento muchas veces presentó reportes de operaciones sospechosas, la empresa no impidió las transacciones fraudulentas y no suspendió las relaciones comerciales con los agentes involucrados.
Según indica el DPA, “ciertos dueños, operadores o empleados de los negocios que funcionaban como agentes de Western Union eran cómplices en esquemas de fraudes” masivos, que eran ejecutados por individuos que contactaban a las víctimas y les hacían falsas promesas, induciéndolas a transferir dinero a través de la remesadora. Los estafadores engañaban a las víctimas -muchas veces personas de la tercera edad- utilizando diversos argumentos:
a. Los convencían de haber ganado grandes premios de lotería u obtenido préstamos; luego les decían que, para recibir el dinero, debían hacer un depósito de seguridad o pagar una cuota.
b. Les ofrecían productos altamente costosos a precios muy bajos.
c. Les prometían trabajos muy bien remunerados como “compradores misteriosos” para, supuestamente, evaluar a negocios locales.
d. Les exigían dinero bajo el argumento de que un familiar de la víctima estaba en serios problemas, había tenido un accidente o estaba en la cárcel.
En todos los casos revisados, los estafadores exigían que el dinero fuese enviado a través de Western Unión. A pesar de miles de quejas y reportes presentados por las víctimas, la empresa siempre ignoró la situación.
Las fallas de cumplimiento
A pesar de los múltiples esfuerzos adelantados durante años por empleados de distintos niveles de cumplimiento, la alta gerencia y los ejecutivos de negocios ignoraron las advertencias y recomendaciones emitidas para combatir la complicidad de las agentes en los esquemas de fraude.
A continuación, presentamos algunas de las falencias encontradas por los investigadores:
– La empresa no tomó acciones contra los agentes involucrados en los fraudes, a pesar de los reportes que los incriminaban. Por ejemplo, un agente de Londres fue mencionado en 2.342 reportes de fraude que totalizaban US$ 3,6 millones en pérdidas para clientes. Otro agente fue mencionado en 2.856 reportes y la empresa no aplicó correctivos, ni suspendió la relación comercial con dichos agentes.
– La empresa no aprobó la implementación de medidas sugeridas por su Departamento de Seguridad, como por ejemplo:
a. Suspender automáticamente a los agentes que estuvieran involucrados en 5 o más reportes de fraude de clientes (CFR por sus iniciales en inglés) en un período de 60 días.
b. Aplicar acciones contra los agentes mencionados de forma repetitiva en los reportes de fraude.
c. Ignorar la influencia del departamento de ventas en el proceso de aplicación de sanciones para los agentes cómplices de fraude.
Si la empresa hubiese aplicado estos y otros procedimientos, más de 2.000 agentes cómplices hubiesen sido suspendidos y se hubiesen evitado operaciones de fraude por más de US$ 174 millones.
– La Junta de Directores de WU aprobó en junio de 2008 y febrero de 2009 la adquisición de la operadora inglesa FEXCO, a pesar de que altos ejecutivos de la empresa sabían que agentes de FEXCO estaban involucrados en 25.643 reportes de fraudes y de que no tenían programas antilavado adecuados.
– Las advertencias hechas por el jefe de cumplimiento y diversos analistas sobre las operaciones de fraude realizadas por agentes británicos de “alto riesgo” fueron ignoradas, debido a la presión del equipo de ventas. La empresa acordó suspender temporalmente la capacidad de esos agentes para pagar dinero transmitido desde Estados Unidos, aunque siguieron pagando otras operaciones fraudulentas enviadas desde otras jurisdicciones.
– En agosto de 2011 fueron ignoradas las recomendaciones hechas por el director de cumplimiento de incrementar los niveles de riesgo de fraude de España en la matriz de riesgos de la empresa. Al cierre de ese año, los agentes de Western Union procesaron en España pagos fraudulentos de las cuentas de las víctimas por US$ 7.593.352.
– En 2011 y 2012, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), catalogó de “inefectivo” el sistema de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo de Western Union. La unidad de inteligencia financiera española determinó que la debida diligencia aplicada era deficiente. Además, los inspectores encontraron que algunos agentes inventaron supuestos beneficiarios de los pagos, es decir, que el dinero “no fue colectado por clientes, sino que los agentes usaron identidades inventadas” para obtener los fondos.
– Entre 2003 y 2012, un agente de China fue mencionado en más de 11.000 reportes de actividades sospechosas presentados por el departamento de cumplimiento a la Red de Control de Crímenes Financieros (FinCEN, por sus iniciales en inglés). Sin embargo, la relación no fue suspendida y, por el contrario, algunos empleados del área comercial solicitaron al agente chino que abriera más locaciones y presionaron al área de cumplimiento para que no fuesen suspendidas las cuentas del agente chino.
– “Western Union tampoco llevó a cabo una debida diligencia y monitoreo de agentes en Latinoamérica, y a menudo ofreció contratos de Agente Nuevo a individuos cuyos contratos anteriores habían terminado por preocupaciones de lavado de dinero”, informó FinCEN.
– Los empleados de Western Union sabían que individuos ubicados en el Distrito Sur de Florida y en otros lugares seguían usando su Sistema de Transferencia de Dinero para enviar transacciones ilegales relacionadas con juegos de azar desde Estados Unidos a otros países.
– El equipo de cumplimiento implementó en 2009 un sistema de monitoreo ampliado de clientes asociados a las trasferencias de dinero originadas en Estados Unidos con destino Costa Rica, para eliminar o reducir las operaciones asociadas a juegos y casinos en línea. A pesar de los controles, las operaciones se mantuvieron, incluso en 2010 un analista de cumplimiento reportó complicidad de un agente costarricense en el pago de estas operaciones ilícitas.
Operaciones fraudulentas
A continuación, presentamos algunas de las decenas de operaciones fraudulentas que fueron detectadas por las autoridades:
– En junio de 2011, un residente de Pensilvania (EE.UU.) de 90 años fue contactado por un individuo que le indicó que un familiar estaba en problemas y necesitaba asistencia financiera. El anciano envió US$ 9.600 para ayudar a su familiar. El dinero fue transferido mediante 4 operaciones en una sede de Western Unión. Dos de las transacciones fueron pagadas por otro agente de WU en México y otras dos por dos agentes en España. Ningún familiar del anciano estaba en dificultades.
– En febrero de 2012, luego de ser contactado por un desconocido, un residente del sur de Florida realizó 5 transferencias de dinero a través de WU. En total, la víctima envió US$ 10.000 para ayudar a un familiar que, supuestamente, estaba en problemas. Tres de las transferencias fueron pagadas por un agente ubicado en Perú.
– Cuando en abril de 2011 una corte federal de Estados Unidos inició un proceso contra los responsables del sitio de apuestas www.pokerstars.com por cargos de lavado de dinero, fraude bancario y actividades de apuestas en línea ilegales, las transferencias de Western Union desde Estados Unidos hacia Costa Rica cayeron en un 50%. El personal de cumplimiento había advertido repetidamente sobre estas transacciones.
Los correctivos aplicados por WU
Luego de todos los inconvenientes, en 2012 Western Union inició un proceso de remediación de las deficiencias en su área de cumplimiento antilavado y control antifraude:
– Se creó el Comité de Cumplimiento independiente de la Junta Directiva, con la finalidad de supervisar el cumplimiento de los términos establecidos en el acuerdo logrado con las autoridades estadounidenses.
– En 2012, fue creado el Departamento de Gestión del Riesgo de Fraude para identificas e investigar a cualquier agente que genere alertas por nexos con operaciones sospechosas de fraude.
– Entre 2012 y 2015 la empresa aumentó el personal de cumplimiento en un 100% y aumentó el presupuesto del departamento de cumplimiento en un 60%.
– En 2013 se creó una línea de reporte directo entre el Jefe de Cumplimiento y el presidente del nuevo Comité de Cumplimiento.
– La empresa creó un comité de supervisión de agentes que tiene autoridad para aplicar controles y correctivos. Además, autorizó al personal de 8 departamentos diferentes a poder suspender a los agentes como resultado de análisis, inspecciones in situ o investigaciones que realicen.
– Suspendió las relaciones comerciales con los agentes chicos involucrados en operaciones de estructuración.
Además de los correctivos ya aplicados, el DPA incluye una serie de compromisos asumidos el 19 de enero de 2017 por la remesadora para fortalecer su programa de cumplimiento antifraude y antilavado. Algunas de las medidas son:
– Aplicar un programa de Conozca a Su Agente basado en el riesgo que cada uno represente.
– Condicionar las bonificaciones de los ejecutivos de negocios a una evaluación de su nivel de cumplimiento de los programas antilavado y antifraude.
– Establecer un sistema de monitoreo antifraude para todas las transacciones desde, hacia o a través de Estados Unidos.
– Asignar un Oficial de Cumplimiento para monitorear las operaciones en cada jurisdicción considerada de “alto riesgo”.
Las lecciones del caso
– Es necesario aplicar estrictos procedimientos de control sobre agentes y subagentes independientes, especialmente aquellos ubicados en jurisdicciones de alto riesgo.
– Los negocios de servicios monetarios deben ser más rigurosos en la Debida Diligencia de los Clientes y deben exigir a sus agentes que realicen inspecciones in situ y otros mecanismos de control sobre los clientes de alto riesgo.
– Las autoridades estadounidenses están siendo más exigentes en materia de prevención del fraude, llegando a aplicar elevadas sanciones por falencias en este ámbito del cumplimiento.
– Las empresas que operan en múltiples jurisdicciones deben contar con un programa de cumplimiento global, que sea implementado y monitoreado de forma constante por los principales líderes de la organización, sin importar donde se encuentren las filiales.
– La implementación de una adecuada “cultura de cumplimiento” en toda la organización debe ser parte de una estrategia real de los líderes de la organización, no debe ser una retórica sin convicción ni compromiso.
– Detectar deficiencias y no corregirlas es inapropiado para cualquier empresa. Se deben aplicar los correctivos de las fallas detectadas, aunque eso implique terminar con relaciones comerciales rentables para la empresa.
– Es momento de entender que más caro pueden ser las sanciones y el daño reputacional, que la inversión en un cumplimiento adecuado.
Alertan que pueden circular fondos del terrorismo en el país
El Gobierno admitió una «severa vulnerabilidad» del sistema legal y financiero.
Por Martín Dinatale.
Fronteras porosas, una Aduana colapsada, transferencias bancarias opacas, cooperativas con escaso control de sus cuentas, canales clandestinos de lavado de activos y denuncias judiciales inconclusas. Todo este cuadro representa hoy en la Argentina el esquema perfecto para presenciar «severas vulnerabilidades frente a la amenaza que implica actualmente el sistema global de recolección y provisión de fondos orientados a cometer atentados terroristas».
Así lo revela un crudo informe interno del Ministerio de Justicia, al que tuvo acceso LA NACION, que destaca, entre otras cosas, que en el país «existen indicios de diverso alcance e importancia que permiten afirmar que hay una cierta posibilidad de circulación de activos asociados a la violencia terrorista».
El informe, de 25 páginas, fue elaborado por el equipo liderado por Juan Félix Marteau, el coordinador nacional de la oficina de Combate de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Esta dependencia, que tiene línea directa con el ministro de Justicia, Germán Garavano, elaboró una dura radiografía de los peligros que presenta la Argentina por el «desmantelamiento legislativo en materia de lucha contra el terrorismo» y los «canales abiertos que pueden ser usados por grupos terroristas por su alto nivel de vulnerablidad».
Además, se busca crear por decreto una unidad de coordinación de combate de estos delitos con el apoyo de todos los ministerios, del Poder Judicial y del sector privado.
El trabajo que realizaron Garavano y Marteau fue elevado hace 10 días a Mauricio Macri y se presenta no sólo como un informe más de la herencia recibida: apunta a crear por decreto una «estrategia nacional antilavado de activos y contra la financiación del terrorismo», con la coordinación de una unidad concentrada en el Ministerio de Justicia pero con el aporte de los ministerios, dependencias autónomas y el sector privado.
«Frente a la vulnerabilidad severa de los sistemas de financiamiento del terrorismo en la Argentina debemos actuar cuanto antes. No podemos esperar a que grupos terroristas sustenten económicamente en el país la capacitación de redes, la comunicación o el traslado de equipos y personal», señaló Marteau a LA NACION.
¿Se han detectado en la Argentina fondos provenientes del terrorismo?, preguntó este diario a Marteau: «No hay esa constancia -respondió-, pero existe un sistema legal y financiero que lo permite perfectamente.» Este funcionario se reunió la semana pasada con su par de Estados Unidos, Daniel Glasser, con quien compartió la radiografía de la dura realidad argentina; el funcionario norteamericano se mostró dispuesto a colaborar con las medidas que impulsa el Gobierno.
El estudio sostiene que «la particularidad que presenta la financiación del terrorismo -a diferencia del lavado de activos- es que los fondos implicados no necesariamente provienen de un origen ilícito, sino que es su destino criminal el que termina generando su ilegitimidad». Por ello, la tarea que plantearon Garavano y Marteau al Presidente apunta a identificar el movimiento de fondos cuyo objetivo sea dar sustento económico a actividades u organizaciones orientadas a producir graves consecuencias para la integridad física de las personas y, a la vez, generar un alto impacto social, económico y político. Entre los puntos centrales de la advertencia sobre la vulnerabilidad del sistema financiero argentino se pueden detallar:
Reformas para el GAFI. Se señala que «no se han promovido las reformas institucionales adecuadas para conocer, evaluar y controlar los circuitos clandestinos de fondos que pueden ser utilizados para la financiación de actos terroristas que puedan desarrollarse no sólo en el país, sino también en la región u otro lugar distante». Ésta es una exigencia contemplada en la recomendación 1 del Grupo de Acción Financiera (GAFI) que no se cumple actualmente.
Carencia de normas. Tanto el gobierno actual como el GAFI advierten que «la Argentina carece de una norma para criminalizar al terrorista individual y la financiación de actos y grupos terroristas con independencia del fin perseguido».
Información sensible. Quedó en evidencia como deficiencia que «no se conocen canales efectivos para facilitar el intercambio de información sobre actos y organizaciones terroristas y tampoco se ha demostrado la eficacia del sistema para resolver solicitudes de extradición».
Transferencias por cable. Si bien el informe señaló que las entidades financieras y cambiarias están alcanzadas por regulaciones del Banco Central para transferencias telegráficas, hasta hoy no se previeron disposiciones para transferencias locales. Así, «no existe un enfoque basado en el riesgo sobre transferencias telegráficas y no hay obligación de finalizar la relación comercial con entidades financieras que no las controlen».
Correos de efectivo. El documento destaca que «no se encuentran coordinadas las medidas contra financiación del terrorismo entre la Aduana, la UIF y las fuerzas de seguridad para el control del transporte transfronterizo de divisas».
Congelamiento y decomiso de activos terroristas. Se advirtió que en la Argentina existe una ineficacia en las medidas para congelar fondos de las personas y organizaciones listadas como terroristas por la ONU, en tanto no existen procedimientos para descongelar y deslistar.
Sistemas alternativos. Este punto muestra que no existe en el país regulación ni supervisión de las compañías de remesas de fondos, así como tampoco hay una supervisión adecuada de las casas de cambio.
ONG sin fines de lucro. Alerta que no existen normas de supervisión para el combate de la financiación del terrorismo sobre organizaciones sin fines de lucro. Allí se puso la lupa en las mutuales y cooperativas que se montaron durante el kirchnerismo con un escaso control de sus movimientos de fondos.
Manipulación política. El informe sostuvo que Cristina Kirchner distorsionó los datos para la estadística del GAFI y se permitió que aparezca como cooperador internacional en la designación de terroristas (100 personas) y congelamiento de fondos (euros 98.000), cuando el kirchnerismo aplicó esta severa medida a personas que no eran terroristas.
Las conexiones con la denuncia de Nisman
La denuncia por encubrimiento a Irán de parte del gobierno de Cristina Kirchner que elevó en su momento el fallecido fiscal Alberto Nisman fue tomada en cuenta por actual el Ministerio de Justicia para investigar las posibles conexiones entre esa causa y eventuales delitos de financiamiento de grupos terroristas.
Así, un informe elaborado desde la cartera de Justicia destaca que «habrían existido durante estos últimos años importantes movimientos de fondos, de contactos y de relaciones de orden económico entre los actores públicos y privados» que propiciaron el memorándum de Irán y la Argentina por la causa AMIA.
El documento reveló que «en estos últimos años se ha realizado un esfuerzo significativo -incluido el soporte económico- para encubrir a los responsables del ataque terrorista perpetrado contra la AMIA en el marco de un Estado gravemente debilitado para impedir tales acciones».
Advierten que la matriz de corrupción pudo ocultar movimientos de fondos de otros ilícitos.
Las causas judiciales por corrupción del kirchnerismo podrían comprobar «la posible existencia de una matriz financiera ilegítima que ha permitido el movimiento y la protección del dinero proveniente de diversos ilícitos». Así lo señala el informe del Ministerio de Justicia elaborado por la Unidad de Combate al Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, que dirige Juan Marteau, con la supervisión del ministro Germán Garavano .
De esta manera, ese informe sostiene que «la venta de medicamentos adulterados (caso Zanola), de la comercialización de precursores químicos de uso múltiple (casos triple crimen y efedrina), de la adjudicación irregular de obra pública (caso Báez), así como también de la ejecución políticamente condicionada de programas sociales y de vivienda (casos Sueños Compartidos y Milagro Sala) permiten verificar los vacíos legales e institucionales que presenta el Estado frente a la significativa economía subterránea existente en la Argentina».
Además, el informe, de 25 páginas, destaca que en estas causas judiciales en trámite se «pone en evidencia la debilidad de los controles regulatorios y de supervisión sobre los vehículos financieros espurios, los compartimientos estancos, que impiden el intercambio de información sobre las personas físicas y jurídicas que operan en el mercado ilegal; la precaria y lenta respuesta de los organismos especializados de las administraciones nacional y provinciales ante los requerimientos judiciales referidos a la situación patrimonial y financiera de los sospechados de cometer delitos con repercusión económica».
También se advirtió en ese documento, al que tuvo acceso LA NACION, sobre la «connivencia de algunos funcionarios públicos en la conformación de estructuras societarias ficticias creadas para mover fondos ilegítimos». De esta manera, el equipo dirigido por Marteau aseveró: «Es evidente que en este cuadro de situación se ha gestado una plataforma apta para la circulación de fondos que pueden ser utilizados para la comisión de actos de terrorismo o el sostenimiento de organizaciones e individuos terroristas«.
Por otra parte, la porosa y peligrosa Triple Frontera (Brasil, Paraguay y la Argentina) vuelve a ser materia de análisis de los expertos en materia de seguridad y lucha contra el terrorismo. Así, el informe elaborado por el Ministerio de Justicia destacó que la Triple Frontera «continúa siendo un lugar apto para el transporte transfronterizo de dinero ilegal, mostrando la porosidad de las fronteras» y un espacio apto para las transacciones financieras para eventuales grupos terroristas.
El año pasado, un informe del Departamento de Estado de Estados Unidos alertó sobre «un nexo» en el tráfico de armas, estupefacientes y personas en la Triple Frontera como «fuentes de financiación para organizaciones terroristas».
Un tesoro de documentos filtrado de un despacho de abogados de Panamá trajo el mundo offshore justo a nuestra puerta. Los documentos publicados — unos 11.5 millones — expusieron las operaciones secretas de algunas figuras prominentes y revelaron redes de corrupción, el lavado de dinero y fraude.
Según The Economist, los documentos dan a conocer las participaciones financieras de “140 políticos y funcionarios, entre ellos 12 antiguos y actuales presidentes, monarcas y primeros ministros.” Además, se alega que toda la riqueza ilícita adquirida por negociar con “estados rebeldes, terroristas o narcotraficantes” fue escondida detrás de sociedades anónimas. Los asociados colaboradores de Vladimir Putin supuestamente transfirieron miles de millones al mundo offshore y el primer ministro de Islandia ya renunció a su cargo.
Todo esto dio un impacto a la comunidad internacional y consecuentemente los ojos se giraron hacia Panamá; de ahí vienen los Papeles de Panamá. Los periodistas y eruditos tomaron la ofensa contra Panamá y lo criticaron por fomentar la evasión fiscal y lavado de dinero mediante su benigna política fiscal y sus leyes permisivas de secreto bancario. De hecho, el Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), Angel Gurría, recientemente declaró que “las revelaciones sobre los Papeles de Panamá han revelado la cultura y la práctica del secreto financiero en Panamá.”
Y en esto se centran las noticias. ¿Pero es culpable Panamá?
El Compromiso de Panamá con la Transparencia Internacional
Los Papeles de Panamá dejaron a un Panamá esforzándose por salvar su reputación. El ministerio panameño de Economías y Finanzas, Dulcidio De La Guardia, declaró que Panamá “está colaborando estrechamente con la OCDE” y se ha comprometido a acelerar conversaciones sobre su transparencia y cumplimiento financiero. De La Guardia observó también que justo el año pasado en las Naciones Unidas, Panamá se comprometió a cumplir con los requisitos internacionales al respecto. De hecho, continuó, “la comunidad internacional debería reconocer lo que Panamá ha hecho en estos últimos 18 meses.” Sin embargo, se debería reconocer lo lejos que ha llegado Panamá desde los días oscuros de los años ochentas.
Panamá ha hecho grandes avances desde los días de Noriega y su “narco-cleptocracia” — en las palabras de John Kerry — mediante la cual convirtió esta pequeña nación centroamericana en un hervidero del lavado de dinero y narcotráfico. Hace muy poco, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), una institución intergubernamental encargada de desarrollar políticas que ayuden a combatir el lavado de dinero, removió Panama de la lista gris:
El GAFI reconoce los pasos significativos que dio Panamá para mejorar la prevención del lavado de dinero y confirma que Panamá cuenta con el marco legal y regulatorio para cumplir con su compromiso según su plan de acción de abordar las deficiencias estratégicas que el GAFI identificó en junio del 2014.
De hecho, un Informe del año 2015 del Departamento de Estado de EEUU sobre el lavado de dinero y delitos financieros elogió a Panamá por sus esfuerzos. El informe concluyó que el plan actual de acción de Panama mejorará su marco legal y regulatorio en la lucha contra el lavado de dinero y creará un sistema financiero más transparente. Hace algunos años, la OCDE removió Panama de su propia lista gris entrando así en la lista blanca por sustancialmente implementar las normas internacionales en el intercambio de información tributaria. Además, Panamá ha firmado numerosos Acuerdos de Intercambio de Información Fiscal (TIEA, por sus siglas en inglés), incluso con los Estados Unidos, y en gran medida se ha alejado de la imagen de los años 1980s.
Como parte de su compromiso, Panama inmovilizó las acciones al portador, o las acciones que esconden el beneficiario final (el verdadero dueño), y exigió que tales acciones emitidas previa a la ley fueran entregadas a un custodio autorizado. El propósito fue para asistir las autoridades en procesar la evasión fiscal y el lavado de dinero contra los beneficiarios finales de las sociedades anónimas de Panamá.
Evidentemente, Panamá ha complacido a la comunidad internacional y está cumplimiento con su compromiso de luchar contra el lavado de dinero y la evasión fiscal. Lamentablemente, los Papeles de Panamá han tergiversado sus esfuerzos mientras provocan dudas sobre la eficacia de sus leyes vigentes al respecto — las mismas leyes consideradas pasos en la buena dirección. Por lo tanto, la llegada de los Papeles de Panamá plantea una pregunta muy importante: ¿Se debe culpar a Panamá? Veamos dos personas importantes involucradas en el mundo offshore: los bancos y los abogados.
Los Bancos
La apertura de una cuenta bancaria en Panamá es bastante difícil para los extranjeros. El proceso de solicitud puede demorar desde dos semanas hasta un mes y los bancos no asumen obligación alguna de aceptar al cliente. La solicitud misma puede llegar hasta treinta páginas y el uso de los abogados para facilitar la navegación del proceso es práctica común. Se requiere con frecuencia una entrevista personal y los bancos mismos deberían guardar un registro actualizado de los beneficiarios finales de la empresa, si es cuenta jurídica.
De hecho, Panamá estableció la Superintendencia de Bancos de Panamá para “velar por la solidez y eficiencia del sistema bancario…para mantener y profundizar la integración financiera internacional.” Ley 2 de 2008 aclara enérgicamente lo anterior. Por ejemplo, dicha ley establece que todos los bancos se someterán a la supervisión e inspección por la Superintendencia y deberán confirmar que cumplen con el marco legal y regulatorio establecido para combatir el lavado de dinero. Además, los bancos deberán establecer normas y políticas que les permitirán conocer al cliente (leyes de KYC, por sus siglas en inglés).
Las leyes de “Conocer su Cliente,” o KYC, son bastante onerosas. Por esa razón, les hago saber algunas de las muchas disposiciones pertinentes, tipificadas en la Ley 23 del 27 de abril del 2015, adecuadamente llamada “Que adopta medidas para prevenir el blanqueo de capitales…” La Ley 23 es parecida a la ley bancaria de Panamá — Ley 2 de 2008 — y establece las medidas básicas de debida diligencia del cliente natural y jurídica.
Los bancos deberán establecer un perfil financiero del cliente (o del beneficiario final) al abrir la cuenta bancaria y tomarán medidas para verificar e identificar la fuente de fondos. En el caso de personas jurídicas, los bancos deberán identificar y solicitar las certificaciones correspondientes que evidencien la incorporación y vigencia de las personas jurídicas, lo mismo que la identificación de dignatarios, directores, apoderados, firmantes y representantes legales de dichas personas jurídicas. En otras palabras, si el cliente es una persona natural o persona jurídica, el beneficiario final deberá ser identificado. Si no es posible, pues, el banco se comprometerá a abstenerse de operaciones y relaciones en caso de que persista la duda sobre la identidad del cliente o beneficiario final. Las personas que cumplen funciones públicas de alto nivel, incluyendo sus asociados, se someten a un escrutinio más fuerte.
Además de determinar y verificar la identidad del cliente, los bancos deberán para todas las personas conocer la naturaleza del negocio del cliente y, de manera estilo Patriot Act, examinar constantemente la relación comercial con especial atención en transacciones equivalente o más de $10,000.00. Sin embargo, los bancos jamás conocerán al cliente tan profundo como los abogados. De hecho, contratar a un abogado es por lo general el primer paso en abrir la cuenta bancaria ya que el abogado estámejor preparado que el cliente para navegar en el laberinto de documentos involucrados en el proceso. Por lo tanto, la verificación de la identidad del cliente comienza con los abogados — a ellos les corresponde esa obligación.
Los Abogados
Como ya se mencionó, la primera línea de defensa en la lucha mundial contra el lavado de dinero y la evasión fiscal empieza con los abogados. Por un lado, los clientes tendrán muchas más probabilidades de ser mas transparente con su abogado que con su banquero. Por otro lado, el privilegio entre abogado y cliente fomenta dicha transparencia entre las partes y, según la ley, protege la confianza del cliente.
Los abogados, entonces, se encuentran en una situación única de tener tanto acceso a información muy personal como información inculpatoria. En consecuencia, son muchos más versados en verificar la verdadera identidad del cliente. Ésta es la razón por la que el abogado es un actor clave en la lucha contra el lavado de dinero y la evasión fiscal.
Las infracciones al Código de Ética serán objeto de investigación rigurosa del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Panamá y la disciplina es administrada por la Corte Suprema. Los abogados también se someten a las metidas básicas de debida diligencia y normas de KYC que aplican a los bancos detallado en Ley 23 de abril 27 de 2015 (vea arriba). Sin embargo, a diferencia de lo que aplica a los bancos, los abogados y sus firmas se someten a obligaciones más rigurosas de KYC.
Por lo general, la Ley 2 del 1 de febrero del 2011, la cual “regula las medidas para conocer al cliente para los agentes residentes de entidades jurídicas,” obliga a que los abogados hagan efectivamente eso: conocer a su cliente. Los agentes registrados (o residentes), los cuales son los abogados o sus firmas mismas, deberán tomar las medidas necesarias para identificar y verificar la identidad del cliente o beneficiario final para “contribuir a la prevención de delitos de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y cualquiera otra actividad ilícita.” Además, los agentes residentes se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en los tratados o convenios internacionales ratificados por la República de Panamá.
Específicamente, la ley profundiza con gran detalle las medidas aceptables de cumplimento y a raíz de esto lo que sigue son unas disposiciones pertinentes: Los abogados, como agentes registrados, deberán identificar al cliente y verificar su identidad con base en documentos, datos o información obtenida de fuentes confiables e independientes. Además, cuando el cliente actúe en nombre de un tercero, o sea una corporación misma, el abogado tendrá que proporcionar evidencia satisfactoria de la identidad de tanto el tercero como el cliente, incluyendo, pero no limitativo: (1) referencias bancarias y comerciales; (2) copias de un documento de identidad personal nacional y/o pasaporte; (3) y copias de la misma de todos accionistas — en el caso de corporación — que sean propietarias directas o indirectas de, por lo menos, un 25% de su capital. Por encima, cuando los certificados de acciones que representan el título de propiedad estén emitidos al portador, el abogado tendrá que verificar la identidad de los que posean dichas acciones, y presentar evidencia satisfactoria de su identidad. Los abogados deberán mantener actualizados toda la información y documentos obtenidos y cualquier cambio al título de propiedad de la corporación requerirá un nuevo conocimiento a su cliente.
Hasta que se identifique al cliente y el período de debida diligencia se finalice, los agentes residentes deberán abstenerse de la presentación del servicio al cliente. Además, los agentes residentes deberán establecer y mantener políticas y procedimientos al respecto, y ciertos empleados deberán capacitarse en cómo implementar dichas políticas de conozca a su cliente, así como el mantenimiento de registros. Como sea necesario, las autoridades competentes, como el Ministerio Público y el Órgano Judicial, podrán solicitar la entrega de información sobre el cliente y exigir cualquier documento o registro que les facilite la lucha contra el lavado de dinero.
La lista continúa.
Conclusión
No cabe ninguna duda de que las instituciones financieras y los abogados son actores claves en lucha contra el lavado de dinero y la evasión fiscal. Como ya se mencionó, Panamá ya cuenta con el marco legal y regulatorio para cumplir con su compromiso de adherirse a los estándares internacionales de transparencia bancaria. A este respecto, las leyes y normas de Panamá son mucho más fuertes que las de otras partes del mundo. Veamos brevemente el caso de los Estados Unidos:
Durante los años setenta y ochenta, Delaware se aprovechó del apogeo de la globalización para anunciar sus servicios de incorporaciones offshore con elementos de confidencialidad. A pesar de poner un poco de order en su casa, los Estados Unidos aún sigue siendo conocido como el paraíso fiscal más grande del mundo. La Red por la Justicia Fiscal (Tax Justice Network, en inglés), una coalición independiente de investigadores quienes analizan y explican los efectos dañinos de la evasión fiscal, la competencia fiscal y los paraísos fiscales, no ve con buenos ojos a los Estados Unidos en este campo. En su índice de secreto financiero de 2015, lo cual clasifica a los países según su nivel de secreto financiero y escala de operaciones offshore, los Estados Unidos ocupa el tercer lugar, después de Suiza y Hong Kong. Panama, en cambio, ocupa cómodamente el décimo tercero lugar, mucho después de los Estados Unidos, y países como Alemania y Japón — sorprendentemente — se les considera mucho más “secreto” que Panamá.
Aún, los Papeles de Panamá muestran una imagen sombría del mundo offshore en Panamá. No obstante, el sistema panameño no es el coche de huida para las finanzas de los ladrones y quienes los rodean. Panamá ha realizado un esfuerzo concertado para combatir los delitos financieros de nivel local, nacional e internacional, y sobre todo tiene en su lugar los mecanismos de prevenir lo mismo. Al final, serán los bancos y abogados quienes se encargan de cumplir con las normas y leyes al respecto — a ellos les corresponde la obligación. No obstante, los abogados son humanos y algunos tal vez consideren que la ética y el imperio de la ley impiden sus propios intereses.
Y en esto deberían de haberse centrado los Papeles de Panamá. En su lugar, obviamente influido por el sensacionalismo, los Papeles de Panamá plantean dudas sobre la integridad de todo el país nada más por las acciones de un solo despacho de abogados. En realidad, la cultura y práctica del secreto financiero de Panamá no tienen nada que ver con la situación. Al contrario, fue la cultura y práctica de un despacho de abogados que vulneró la ley los responsables por dicha situación.
La recuperación de activos del lavado de dinero: Una oficina nacional de administración de bienes secuestrados y decomisados
Por Rodrigo Luchinsky.
Algunas fuentes no oficiales indican que desde el año 1989 se recuperaron solamente $25 millones del lavado de activos. Teniendo en cuenta que transcurrieron 27 años, la cifra es verdaderamente exigua. Algunos analistas expresan que la principal razón es la ausencia de voluntad política por parte del sector público, incluyendo las fuerzas policiales y la justicia. En general, los jueces alegan las dificultades técnicas de la figura del decomiso tal como está legislada en la normativa penal. Mientras tanto, el congreso nacional dio media sanción a una ley de extinción de dominio, que espera su tratamiento por parte de la Cámara de Senadores.
Efectivamente, las razones de la escasa cantidad de decomisos tienen que ver con cuestiones de técnica legislativa, pero también con un problema de voluntad política. En este sentido, la Corte Suprema Nacional, que es la cabeza del poder judicial y el beneficiario de los bienes incautados, no mantiene estadísticas oficiales de los decomisos. En la práctica, cada juzgado es como una isla, y por lo tanto el nivel de efectividad depende de la voluntad que cada juez le imprime al asunto.
En una apretada síntesis, la dificultad técnica tiene que ver con que el decomiso de activos está considerado como una suerte de sanción (la pérdida de los objetos del delito) y no como una medida de política criminal tendiente a golpear a las organizaciones criminales en su economía, con independencia de la persecución penal de sus miembros. Y también, a decir verdad, existen cuestiones de índole constitucional que impiden aplicar sanciones a quienes no hayan sido declarados culpables por un tribunal de justicia actuando en el estricto marco de la ley. La delincuencia organizada es una problemática compleja y pluricausal que debe ser abordada de un modo multidisciplinario. En términos del diseño de políticas públicas de prevención resulta fundamental la elaboración de diagnósticos actualizados, la superación de precon¬ceptos que oscurecen la comprensión de la problemática, y un abordaje despojado de barnices ideológicos y culturales.
El decomiso es un instituto jurídico dirigido contra los bienes de origen o destinación ilícita. Como tal, es un instrumento de política criminal que busca complementar el conjunto de medidas institucionales y legales adoptadas por los países. Por su naturaleza y alcance, constituye una respuesta eficaz contra el crimen organizado, ya que se enfoca exclusivamente en la persecución de toda clase de activos que integran la riqueza derivada de la actividad criminal.
Un camino posible que implique la corrección de las dificultades técnicas de la figura y el alineamiento de la voluntad política es la creación de un ente especializado en la recuperación de activos. Esta suerte de oficina nacional de administración de bienes se¬cuestrados y decomisados, debiera tener la misión de administrar, custodiar, mantener, conservar y disponer de los bienes secuestrados y/o decomisados en los procesos penales por delitos de acción pública.
Aunque su marco de intervención debiera alcanzar a todos los bienes secuestrados o decomisados por disposición judicial, es una herramienta de especial interés para la lucha contra el narcotráfico por sus particularidades como fenómeno criminal.
La oficina nacional deberá administrar, conservar, custodiar, invertir y/o disponer, según correspondan los bienes, productos e instrumentos secuestrados y/o decomisados, tanto aquellos decomisos definitivos como los decididos sin condena por disposición del Código Penal. En tal misión, deberá coordinar con autoridades judiciales nacionales y provinciales, autoridades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, autoridades extranjeras y organismos internacionales, aquellas políticas, normas y procedimientos relacionados con los bienes secuestrados y/o decomisados, pudiendo celebrar acuerdos de administración conjunta, intercambio de información y cesión de bienes a título gratuito en condición de reciprocidad.
La oficina nacional debiera actuar inmediatamente luego de ser notificada judicialmente acerca del secuestro y/o decomiso de algún bien, debiendo manifestar su intención de administrar y/o disponer de dicho bien. Para resguardar los derechos de los eventuales terceros o cuando deba restituirse el bien a quien resultara imputado, todos los ingresos patrimoniales estarán precedidos de una valuación del precio de mercado producida, cuando sea pertinente, por el Tribunal de Tasaciones de la Nación.
De tal modo, si dadas las particularidades de los bienes, ha sido autorizada judicialmente la disposición de los bienes, nace un derecho crediticio que la oficina nacional deberá restituir con más los intereses que correspondan. En ese caso, también se resguardan con mayor fortaleza los derechos de los sujetos de la restitución: en lugar de una cosa que ha permanecido mucho tiempo sin uso, derruida, se restituye una suma líquida. En ese sentido, económicamente la oficina actuará como una suerte de compañía de seguros. Se debería constituir un fondo de reserva destinado a solventar las restituciones que deban efectuarse en forma líquida, invertido en instrumentos financieros.
Para facilitar la cooperación internacional, la oficina podría acordar intercambios de información sobre bienes sujetos a decomisos con autoridades locales e internacionales.
Los recursos que se obtengan de la administración y disposición de los bienes secuestrados y/o decomisados serán asignados, además del sostenimiento de la propia oficina, al presupuesto general de la justicia y a la administración pública para ser aplicado a la seguridad pública.
El país, ante un rol clave contra el crimen organizado
Por Santiago Otamendi.
El 24 de junio pasado, en la ciudad de Busan, República de Corea, el plenario del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) designó por unanimidad a la Argentina para ocupar la vicepresidencia del organismo y para ejercer su presidencia a partir de julio del año próximo.
La importancia y la trascendencia de este hito son inmensas a la luz de la relevancia de esa organización, pero también por la prioridad que hoy la comunidad de países le asigna al combate contra el crimen organizado, la corrupción y el terrorismo.
El GAFI está integrado por las 35 economías más importantes del mundo, además de la participación de la ONU, el FMI, el Banco Mundial y la OCDE en carácter de «observadores». Tiene por misión fijar los estándares para la prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, y evaluar su aplicación en nada menos que 198 países, a los que paralelamente asiste técnicamente.
Si bien realiza recomendaciones, su incumplimiento acarrea consecuencias económicas tan significativas que las tornan mandatorias. Es que las operaciones financieras y comerciales con aquellas jurisdicciones que presentan serias deficiencias en sus marcos regulatorios son objeto de medidas de «vigilancia reforzada» o «contra medidas» por el resto de los países, lo que dificulta, encarece y hasta restringe sus negocios internacionales. Por eso, el compromiso internacional es casi absoluto; sólo Irán y, en mayor medida, Corea del Norte se encuentran hoy en esta situación.
También debe ponderarse que la lucha contra el lavado de activos se ha instalado definitivamente en la agenda internacional por su probada efectividad y eficacia en el combate contra el crimen organizado.
El crimen organizado funciona con lógica empresarial y, por eso, la obstrucción de sus negocios y el decomiso de su provecho impactan negativamente sobre su ganancia, en la que radica su finalidad última, pero también su capacidad de reinversión en la empresa criminal y su poder logístico y corruptor. Este abordaje ha definido la política de nuestro gobierno y las acciones trazadas en consecuencia.
Asimismo, el rol del GAFI debe medirse en la influencia para lograr transparencia de los mercados internacionales y combatir la corrupción en un mundo que aún lucha contra la pobreza y la exclusión.
Por último, la expansión indiscriminada del flagelo del terrorismo colocó al GAFI en un lugar central frente a la necesidad de rediseñar una estrategia inteligente y global con eje en la obstrucción de su financiamiento operacional y el congelamiento de sus activos.
Enorme entonces es el rol del GAFI, un organismo que en 2010 incluyó a la Argentina en la lista gris de países que «constituyen un riesgo para el sistema financiero internacional» y que ahora le confiere nada menos que su conducción.
Nada es casual. Hoy en nuestro país existe, por parte del Gobierno, un compromiso político absoluto que parte de reconocer estas amenazas como ciertas y graves. Además, la decisión de contribuir al fortalecimiento institucional de los organismos competentes: la Unidad de Información Financiera (UIF), la Oficina Anticorrupción, la representación nacional ante el GAFI, el Gafilat y el Lavex-OEA y la Coordinación Nacional para el Combate al Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
Tenemos la responsabilidad de retribuir el crédito que la comunidad internacional nos confía, pero esto también supone la oportunidad única de colocarnos en una posición de liderazgo regional que derive en la posibilidad de sostener los intereses estratégicos de la región.
—Secretario de Justicia y vicepresidencia del GAFI.
Los temores al lavado de dinero ahuyentan a RBC de América Latina
Por Alistair MacDonald y Rita Trichur en Toronto y Will Connors en Río de Janeiro.
Una sucursal de Royal Bank of Canada. Reuters
Royal Bank of Canada, el mayor banco de Canadá, se está retirando de otrora prometedores negocios en América Latina y el Caribe después de ser arrastrado por la red de las investigaciones globales sobre lavado de dinero.
En los últimos 18 meses, RBC ha cerrado muchas, si no todas, sus oficinas de gestión de activos o banca privada en América Latina, impulsado por el escrutinio de las supuestas actividades de lavado de dinero en algunas de sus cuentas en al menos tres países, según personas familiarizadas con el asunto. El banco también ha cerrado las oficinas de gestión de activos en el Caribe.
La retirada de Argentina, Brasil y Uruguay, que no ha sido detallada en anuncio alguno por parte del banco, se produce después de que un regulador de Estados Unidos consideró que los controles anti-lavado de dinero de RBC no eran satisfactorios, dijeron esas personas.
En noviembre, el banco dijo que estaba en proceso de cerrar sus oficinas de gestión de activos en el Caribe para centrarse en América del Norte, el Reino Unido y Asia. El mes pasado, RBC anunció planes para comprar National City Corp., con sede en Los Ángeles, en una transacción por valor de US$5400 millones, mientras busca reforzar en EE.UU. su negocio de atención a clientes ricos.
RBC dijo en un correo electrónico que actúa dentro de los marcos legales y regulatorios de cada país donde opera. “RBC tiene un sólido historial de cumplimiento de las normativa”, incluyendo anti-lavado de dinero, dijo el comunicado. Los funcionarios del banco se abstuvieron de responder preguntas más detalladas para este artículo.
RBC, el mayor banco de Canadá por capitalización de mercado, tiene en proceso de cierre las tres oficinas en América Latina que figuran en la sección de gestión de activos de su página web, en Santiago de Chile, São Paulo y Montevideo, además de todas sus oficinas en el Caribe.
Aunque RBC no desglosa los ingresos de gestión de activos por regiones, las operaciones internacionales de la división, fuera de Canadá, registraron ingresos de US$2.220 millones en 2014, frente a US$2.170 millones en 2013. Los activos bajo administración de esa división ascendieron a 41.100 millones de dólares canadienses (US$32.300 millones) en el año fiscal 2014.
En 2013, la Oficina del Contralor de la Moneda de EE.UU. (OCC, por sus siglas en inglés), que supervisa a los bancos estadounidenses y a las sucursales de bancos extranjeros en el país, consideró insatisfactorios los controles anti-lavado de dinero de RBC y ordenó al banco con sede en Toronto que rectificara esas falencias, según personas familiarizadas con el asunto.
No está claro por qué la OCC encontró inadecuados los controles de lavado de dinero de RBC. El banco dijo en su comunicado que todas las entidades financieras están sujetas a exámenes “normales” de los reguladores y que, en muchas jurisdicciones, se prohíbe por ley divulgar los hallazgos de la supervisión.
El escrutinio de los reguladores de EE.UU. sobre las medidas contra el lavado de dinero ya ha llevado a varios otros grandes bancos extranjeros, entre ellos los británicos HSBC Holdings PLC y Standard Chartered PLC, a replegarse de algunos mercados en desarrollo. HSBC —que acordó pagar US$1.900 millones en 2012 para resolver denuncias que incluían cargos que no pudo detectar el lavado de ganancias del narcotráfico a través de su filial estadounidense— dijo que se ha retirado de varios países en desarrollo para reducir el riesgo de futuros problemas de cumplimiento de las regulaciones sobre lavado de dinero.
La salida de RBC de América Latina se produce tan sólo dos años después de que el banco resaltara el alto potencial de crecimiento de ese mercado. El banco dijo en su comunicado enviado por correo electrónico que su negocio internacional de gestión de activos “es un pequeño componente del segmento mundial de RBC Wealth Management y no ha cumplido con los criterios de rendimiento durante varios años”.
El riesgo asociado con el potencial lavado de dinero no justifica las ganancias que el banco estaba obteniendo en América Latina y el Caribe, según una persona familiarizada con el asunto.
Muchos bancos globales están dando fuerte impulso al segmento de banca privada porque este ofrece un flujo constante de ingresos por comisiones que es más previsible que los ingresos de banca de inversión. Sin embargo, los riesgos asociados con el lavado de dinero están exponiendo un costado negativo de la gestión de patrimonios.
RBC ha sido involucrado recientemente en un escándalo en Brasil en el que las autoridades alegan que empresas constructoras cobraron en exceso por los contratos con la estatal Petróleo Brasileiro SA y pagaron sobornos a algunos funcionarios de la compañía. Según documentos judiciales vistos por The Wall Street Journal, US$2,4 millones de los supuestos sobornos fueron supuestamente lavados en nombre del ex director de la compañía, Paulo Roberto Costa, a través de una cuenta de RBC en las Islas Caimán.
Petrobras ha dicho que es víctima de la supuesta trama de corrupción y dice que está cooperando plenamente con los investigadores brasileños. Costa llegó a un acuerdo de culpabilidad con los investigadores a cambio de una sentencia menor y actualmente se encuentra bajo arresto domiciliario. Los fiscales brasileños creen que tienen suficiente evidencia preliminar para justificar una investigación de los bancos que proveyeron servicios financieros a los acusados de lavar el dinero procedente de sobornos y comisiones ilegales, dijo una persona familiarizada con el asunto.
Varias otras instituciones financieras extranjeras han sido relacionadas con los acusados en documentos judiciales.
Las autoridades de Argentina han estado investigando el cumplimiento de las regulaciones anti-lavado de dinero por RBC, según una persona familiarizada con el asunto. La presión regulatoria de Argentina fue una de las principales razones para la retirada del banco del negocio de banca privada en la región, dijo esta persona.
En 2008, el Banco Central del Uruguay multó a RBC con US$50.140 por “omisiones” en los controles anti-lavado de dinero, según el sitio web del banco central. La multa fue impuesta después de que un traficante de drogas colombiano transfirió cerca de US$2 millones a través de una cuenta de RBC, según Ricardo Gil Iribarne, quien estaba entonces a cargo de la unidad anti-lavado de dinero del gobierno uruguayo y se fue en 2010. Aunque RBC no fue considerado penalmente responsable, fue multado por no hacer el escrutinio que normalmente deben dedicar a este tipo de transferencias de dinero, dijo Iribarne. “En realidad, había cero controles”, dijo.
RBC cerró su oficina en Montevideo en 2014, según una carta de la entidad envió el banco central. La carta no explicó las razones de la decisión.
Las preocupaciones de RBC sobre los riesgos de lavado de dinero también se han extendido a África y Europa del Este, de acuerdo con personas familiarizadas con el asunto. En una reunión de octubre en la sede de RBC en Toronto, Stuart Rutledge, jefe internacional de gestión de patrimonio, dijo al personal de banca privada que, junto con América Latina, debían evitar atraer a clientes de partes de Europa del Este como Rusia, según una persona presente.
Rutledge no respondió a los mensajes en busca de comentarios.
—Taos Turner, Ben Dummett, Luciana Magalhaes y Ryan Tracy contribuyeron a este artículo.